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41 NORMAS LEGALES Viernes 19 de julio de 2024 El Peruano / Asimismo, de acuerdo con el numeral 11.1 del artículo 11 de la norma antes mencionada, la Dirección General de Aeronáutica Civil tiene amplias facultades para supervisar e inspeccionar todas las actividades aeronáuticas civiles, sean éstas realizadas por personas naturales o personas jurídicas, así como tomar todas las medidas adecuadas para garantizar la seguridad de las operaciones aéreas; Que, mediante la Resolución Directoral Nº 235-2013- MTC/12, la Dirección General de Aeronáutica Civil delega a Corpac S.A., las actividades de administrar y operar los servicios de navegación aérea en los aeródromos públicos, así como en los espacios aéreos designados para tal propósito, de conformidad con lo indicado en las Regulaciones Aeronáuticas del Perú, RAP303 “Servicio Meteorológico para la Navegación Aérea”, RAP304 “Cartas Aeronáuticas”, RAP311 “Servicios de Tránsito Aéreo”, RAP310 “Telecomunicaciones Aeronáuticas y RAP315 “Servicio de Información Aeronáutica”; Que, el numeral 17.1 del artículo 17 de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, establece que los Ministerios están facultados para uniformizar los requerimientos en el ámbito de sus competencias a través de un proceso de homologación; debiendo elaborar y actualizar su Plan de Homologación de Requerimientos conforme a las disposiciones establecidas por la Central de Compras Públicas – Perú Compras (en adelante, Perú Compras). Una vez aprobadas las Fichas de Homologación deben ser utilizadas por las Entidades comprendidas en el ámbito de aplicación de dicha Ley, inclusive para aquellas contrataciones que no se encuentran bajo su ámbito o que se sujeten a otro régimen legal de contratación; Que, el numeral 30.1 del artículo 30 del Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 344-2018-EF (en adelante, Reglamento de la Ley N° 30225), establece que mediante la homologación los Ministerios establecen las características técnicas y/o requisitos de cali fi cación y/o condiciones de ejecución, conforme a las disposiciones establecidas por Perú Compras; Que, asimismo, el numeral 31.1 del artículo 31 del Reglamento de la Ley N° 30225. dispone que la aprobación, la modi fi cación y la exclusión de la Ficha de Homologación se efectúa mediante resolución del Titular de la Entidad que realiza la homologación, conforme al procedimiento y plazos que establezca Perú Compras; para lo cual se debe contar con la opinión favorable de Perú Compras y se publican en el diario o fi cial “El Peruano”; Que, los numerales 7.5 y 8.13 de la Directiva N° 008- 2023-PERÚ COMPRAS denominada “Disposiciones sobre el Proceso de Homologación de Requerimientos”, aprobada por la Resolución Jefatural N° 000164- 2023-PERÚ COMPRAS JEFATURA, establecen que, los ministerios elaboran la Ficha de Homologación describiendo las características técnicas especi fi cadas y/o condiciones de ejecución y/o requisitos de cali fi cación, del requerimiento uniformizado por el ministerio en el ámbito de su competencia; y, con la opinión favorable de la Dirección de Estandarización y Sistematización, respecto de la viabilidad del proyecto de Ficha de Homologación, el ministerio inicia el procedimiento que corresponda para su aprobación, mediante resolución ministerial, la cual es publicada en el diario o fi cial “El Peruano”; asimismo, señala que la resolución y la Ficha de Homologación aprobada, se remite a la Dirección antes citada, el mismo día de publicada en el diario o fi cial “El Peruano”, a efectos de gestionar su incorporación en el “Listado de Requerimientos Homologados”, publicado en la sede digital de Perú Compras; Que, a través de la Carta GCNA.2.016.2024/2, Corpac S.A. remite a Perú Compras el expediente de solicitud de opinión de la Ficha de Homologación denominada “Servicio de abastecimiento de los componentes de Ensayos en Vuelo”, para lo cual adjunta el Informe GCNA.2.011.2024 de la Gerencia Central de Navegación Aérea, con el cual sustenta el pedido efectuado, de conformidad a lo dispuesto por el subnumeral 8.10.2 del numeral 10 de la Directiva N° 008-2023-PERÚ COMPRAS denominada “Disposiciones sobre el Proceso de Homologación de Requerimientos”; Que, mediante el O fi cio N° 000036-2024-PERÚ COMPRAS-JEFATURA, Perú Compras comunica a la Secretaría General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, entre otros, que “La Dirección de Estandarización y Sistematización (DES), mediante Informe N° 000043-2024-PERÚ COMPRAS-DES, señala que lo solicitado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones – MTC se ajusta a lo previsto en la Directiva N° 008-2023-PERÚ COMPRAS, denominada “Disposiciones que regulan el proceso de Homologación de Requerimientos”; por lo tanto, emite opinión favorable respecto de la viabilidad del proyecto de Ficha de Homologación denominada “Servicio de abastecimiento de los componentes de Ensayos en Vuelo”, con Código CUBSO N° 7818181600391801; Que, en ese sentido, con las Cartas N° GG-284- 2024/02, N° GCNA.113.2024/02 y N° GG.499.2024/02, Corpac S.A. comunica al Ministerio de Transportes y Comunicaciones que, la Dirección de Estandarización y Sistematización de Perú Compras ha emitido opinión favorable respecto a la viabilidad de la Ficha de Homologación denominada “Servicio de Abastecimiento de los componentes de Ensayos de Vuelo”; por lo que remite la precitada Ficha de Homologación, a fi n que sea aprobada mediante Resolución Ministerial; Que, en consecuencia, contando con la opinión favorable de la Dirección de Estandarización y Sistematización de Perú Compras, corresponde emitir la Resolución Ministerial que apruebe la Ficha de Homologación denominada “Servicio de abastecimiento de los componentes de Ensayos en Vuelo”, la misma que debe ser publicada en el diario o fi cial “El Peruano” y remitida a Perú Compras el mismo día de su publicación; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; la Ley N° 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú; la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado; el Reglamento de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 344-2018-EF y modi fi catorias; el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01 y; la Resolución Jefatural N° 000164-2023-PERÚ COMPRAS- JEFATURA, que aprueba la Directiva N° 008-2023-PERÚ COMPRAS, denominada “Disposiciones sobre el Proceso de Homologación de Requerimientos”; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación de Ficha de Homologación Aprobar la Ficha de Homologación denominada “Servicio de abastecimiento de los componentes de Ensayos en Vuelo”, con Código CUBSO N° 7818181600391801, la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Remisión de Resolución aprobatoria y Ficha de Homologación Disponer que la Secretaría General del Ministerio de Transportes y Comunicaciones remita a la Dirección de Estandarización y Sistematización de la Central de Compras Públicas - Perú Compras, la presente Resolución Ministerial y la Ficha de Homologación aprobada en el artículo precedente, el mismo día de publicada la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial “El Peruano”, a efectos de gestionar su incorporación en el “Listado de Requerimientos Homologados”, publicado en la sede digital de la Central de Compras Públicas - Perú Compras. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (www.gob.pe/mtc), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese y publíquese.RAÚL PÉREZ REYES ESPEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones 2308346-2