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36 NORMAS LEGALES Viernes 19 de julio de 2024 El Peruano / delega en el /la Secretario/a General del Ministerio de la Producción, en materia de Contrataciones del Estado, la facultad de aprobar el Plan Anual de Contrataciones, así como sus modi fi caciones; y, por los literales a) al q) del numeral 4.1 del artículo 4 de la citada Resolución Ministerial se delega en el/la Director/a General de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de la Producción, respecto de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, ciertas facultades en materia de Contrataciones del Estado; Que, con el Informe N° 00000208-2024-PRODUCE/ OA, la O fi cina de Abastecimiento de la O fi cina General de Administración propone y sustenta, entre otras, la modi fi cación de las facultades establecidas en el numeral 2.2 del artículo 2 y la incorporación del literal r) en el numeral 4.1 del artículo 4 de la Resolución Ministerial N° 00002-2024-PRODUCE, a fi n que las modi fi caciones del PAC del Ministerio de la Producción sean aprobadas por el/la Director/a General de la Ofi cina General de Administración, a efectos de optimizar y agilizar la gestión de las contrataciones públicas de la Entidad para el cumplimiento de las metas y objetivos institucionales, así como para coadyuvar al cumplimiento de la función establecida en el literal a) del artículo 46 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE; precisando que las facultades a modi fi car e incorporar pueden ser delegables y no contravienen la normativa de Contrataciones del Estado; Que, atendiendo a los fundamentos señalados en los considerandos precedentes, resulta pertinente modi fi car el numeral 2.2 del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 00002-2024-PRODUCE, e incorporar el literal r) en el numeral 4.1 del artículo 4 de la citada Resolución Ministerial; Con las visaciones de la Secretaría General, de la Ofi cina General de Administración y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; y el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE:Artículo 1.- Modi fi cación del numeral 2.2 del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 00002-2024-PRODUCE, modi fi cada por las Resoluciones Ministeriales N° 00006-2024-PRODUCE y N° 000062-2024-PRODUCE Modi fi car el numeral 2.2 del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 00002-2024-PRODUCE, modi fi cada por las Resoluciones Ministeriales N° 00006-2024-PRODUCE y N° 000062-2024-PRODUCE, el cual queda redactado en los términos siguientes: “Artículo 2.- Delegación de facultades en el/la Secretario/a General Delegar en el/la Secretario/a General del Ministerio de la Producción, las siguientes facultades: (…) 2.2 En materia de Contrataciones del Estado Aprobar el Plan Anual de Contrataciones.” Artículo 2.- Incorporación del literal r) en el numeral 4.1 del artículo 4 de la Resolución Ministerial N° 00002-2024-PRODUCE, modi fi cada por las Resoluciones Ministeriales N° 00006-2024-PRODUCE y N° 000062-2024-PRODUCE Incorporar el literal r) en el numeral 4.1 del artículo 4 de la Resolución Ministerial N° 00002-2024-PRODUCE, modi fi cada por las Resoluciones Ministeriales N° 00006-2024-PRODUCE y N° 000062-2024-PRODUCE, en los términos siguientes:“Artículo 4.- Delegación de facultades en el/ la Director/a General de la O fi cina General de Administración Delegar en el/la Director/a General de la O fi cina General de Administración del Ministerio de la Producción, respecto de la Unidad Ejecutora 001: Ministerio de la Producción, las facultades siguientes: 4.1 En materia de Contrataciones del Estado (…) r) Aprobar las modi fi caciones del Plan Anual de Contrataciones. ” Artículo 3.- Noti fi cación Notifi car la presente Resolución Ministerial a todos los órganos y programas del Ministerio de la Producción, así como a sus organismos públicos adscritos, para conocimiento y fi nes correspondientes. Artículo 4.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.SERGIO GONZALEZ GUERRERO Ministro de la Producción 2308003-1 Aprueban la Directiva General N° 0001-2024-PRODUCE-DM, denominada “Disposiciones para declarar un proyecto de inversión de interés nacional por el Ministerio de la Producción en el marco de la Ley N° 29151, Ley General del Sistema Nacional de Bienes Estatales, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2021-VIVIENDA” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000293-2024- PRODUCE Lima, 18 de julio de 2024VISTOS: El Memorando N° 00000766-2024- PRODUCE/DGPAR de la Dirección General de Políticas y Análisis Regulatorio; el Memorando N° 00000483-2024-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; el Memorando N° 00000709-2024-PRODUCE/OGPPM de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° 00000757-2024-PRODUCE/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por el Decreto Legislativo N° 1047, establece que dicha entidad es competente en pesquería, acuicultura, industria, micro y pequeña empresa, comercio interno, promoción y desarrollo de cooperativas; es competente de manera exclusiva en materia de ordenamiento pesquero y acuícola, pesquería industrial, acuicultura de mediana y gran empresa (AMYGE), normalización industrial y ordenamiento de productos fi scalizados; asimismo, el numeral 5.2 del artículo 5 de la precitada Ley dispone que una de sus funciones rectoras es dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas, la gestión de los recursos del sector, así como para el otorgamiento, reconocimiento de derechos, la sanción y fi scalización, sobre las materias de su competencia; Que, los literales d) y g) del artículo 98 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, señalan que la Dirección de