TEXTO PAGINA: 68
68 NORMAS LEGALES Jueves 6 de junio de 2024 El Peruano / Ordenanza que modi fi ca los artículos 28°, 60°, 67°, 68°, 70°, 75°, 78°, 80° y 91° del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de La Molina, aprobado mediante Ordenanza N° 441/MDLM; y, CONSIDERANDO:Que, el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 30305 - Ley de Reforma Constitucional, establece que, las municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con lo dispuesto en el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, y, que dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; sin embargo, no existe libertad absoluta para el ejercicio de dicha autonomía, porque tal y conforme se precisa en la Constitución Política del Perú y en la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, la misma debe ser ejercida en asuntos de competencia municipal y dentro de los límites que señala la Ley; Que, mediante Ordenanza N° 441/MDLM, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de La Molina; Que, el artículo 40 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM el mismo que aprueba los “Lineamientos de organización del Estado”, en el literal c), numeral 45.3 del artículo 45, establece que las municipalidades aprueban su Reglamento de Organización y Funciones por Ordenanza Municipal; Que, mediante Informe N° 070-2024-MDLM-OGPPDI- OPIMI, la O fi cina de Planeamiento, Inversiones y Modernización Institucional, presenta la propuesta de modi fi cación parcial del Reglamento de Organización y Funciones de la entidad, sustentado en el cumplimiento de lo establecido en los Lineamientos de Organización del Estado conforme al Decreto Supremo Nº 054-2018-PCM y su modi fi catoria, Decreto Supremo Nº 0064-2021- PCM; así como la Norma Técnica Nº 01-2020-PCM/SGP/SSAP, que establece modelos de organización para municipalidades, aprobado mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 007-2020-PCM-SGP. Indicando que la propuesta plantea cambios de denominación de una unidad de organización del tercer nivel organizacional, y modi fi cación e incorporación de funciones de unidades de organización del segundo nivel organizacional y tercer nivel organizacional; Que, mediante Informe N° 132-2024-MDLM-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable a la propuesta de modi fi cación del Reglamento de Organización de Funciones (ROF) al considerar que se encuentra dentro de los supuestos establecidos en el numeral 46.1 literal c) del artículo 46 del Decreto Supremo N°054-2018-PCM; así como que, el expediente sustentatorio cuenta con la documentación exigida por la Norma Técnica N° 01-2020-PCM/SGP/SSAP, aprobada por Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 007-2020-PCM-SGP. Estando al informe favorable de las unidades de organización competentes, la conformidad de la Gerencia Municipal y el pronunciamiento de la Comisión de Asuntos Jurídicos y de la Comisión de Administración Financiera, Tributaria, Presupuesto, Cumplimiento y Tecnologías de la Información, conforme a lo dispuesto en la Constitución Política del Perú, y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9 y lo estipulado en el artículo 40 de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con dispensa de trámite de Lectura y Aprobación del Acta, el Concejo por mayoría de sus miembros asistentes, aprobó la siguiente:ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA Artículo Primero.- APROBAR la modi fi cación de los artículos 28°, 60°, 67°, 68°, 70°, 75°, 78°, 80° y 91° del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de La Molina, aprobado mediante Ordenanza N° 441/MDLM; en los términos indicados en el Anexo 01, que visado forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- APROBAR, la versión actualizada del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de La Molina, considerando las modi fi caciones efectuadas mediante el artículo primero de esta Ordenanza, acorde al Anexo 02, que visado forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Institucional y a la O fi cina de Planeamiento, Inversiones y Modernización Institucional, conforme al ámbito de sus competencias. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina General de Secretaría de Concejo, la publicación de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial “El Peruano” y a la O fi cina de Tecnologías de la Información y Estadística, la publicación del íntegro de la presente Ordenanza y su Anexo 01 y 02 en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de la Molina: www.munimolina.gob.pe y en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano: www.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.ESTEBAN UCEDA GUERRA GARCÍA Alcalde 2294643-1 Ordenanza que aprueba el Plan de Desarrollo Turístico Local del Distrito de La Molina 2024-2028 (PDTL 2024-2028) ORDENANZA Nº 449-MDLM La Molina, 29 de mayo del 2024EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MOLINA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE LA MOLINA VISTO; en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Nº 025-2024-MDLM-CAJ y el Dictamen N° 005-2024-MDLM-CPVDHEC, de la Comisión de Asuntos Jurídicos y de Participación Vecinal, Desarrollo Humano, Educación y Comunicaciones, respectivamente; el Memorando N° 912-2024-MDLM/GM, de la Gerencia Municipal; el Informe N° 0089-2024-MDLM-GDHE-SECT, de la Subgerencia de Educación, Cultura y Turismo; el Informe N° 0034-2024-MDLM-GDHE, de la Gerencia de Desarrollo Humano y Educación; el Informe N° 0084-2024-MDLM-OGPPDI-OPIMI, de la O fi cina de Planeamiento, Inversiones y Modernización Institucional; el Informe N° 136-2024-MDLM-OGAJ y Memorando N° 063-2024-MDLM-OGAJ, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; sobre Proyecto de Ordenanza que aprueba el Plan de Desarrollo Turístico Local del Distrito de La Molina 2024-2028 (PDTL 2024-2028); y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo al artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por el artículo único de la Ley N° 30305 - Ley de Reforma Constitucional, las Municipalidades son órganos de gobierno local, con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, lo cual es concordante con