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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE JUNIO DEL AÑO 2024 (11/06/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 48

48 NORMAS LEGALES Martes 11 de junio de 2024 El Peruano / Regístrese, comuníquese y publíquese. SS.SALAS ARENASMAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRYSANJINEZ SALAZAROYARCE YUZZELLISánchez Corrales Secretario General (e) 1 Votación rati fi cada en sesión privada del 29 de mayo de 2024. 2 Aprobado por Resolución N° 0922-2021-JNE, publicada el 26 de noviembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano , vigente para las EMC 2024, en virtud del principio de intangibilidad normativa, previsto en el artículo XIII del Título Preliminar de la Ley N° 26859, Ley Orgánica de Elecciones. 3 Aprobado por Resolución N° 0131-2023-JNE, publicada el 21 de agosto de 2023, en el diario o fi cial El Peruano. 4 El inciso a) del numeral 17.3. del artículo 17 del Reglamento de Audiencias Públicas, prescribe que, tratándose de audiencias públicas referidas a expedientes sobre procesos electorales, el uso de la palabra debe ser solicitado por escrito dentro de un (1) día calendario de noti fi cada la citación a audiencia. 5 Aprobado por la Resolución N° 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano . 2296388-1 MINISTERIO PÚBLICO Autorizan viaje de fiscales de la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos a Argentina, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN N° 1367-2024-MP-FN Lima, 6 de junio de 2024 VISTO: El o fi cio n° 2872-2024-FSCN-FISLAA-MP-FN, de fecha 31 de mayo de 2024, cursado por la Fiscalía Superior Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos; y, CONSIDERANDO: Mediante el o fi cio de visto, la Fiscalía Superior Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos solicita autorización de viaje en comisión de servicios para la señora Luz Ernestina Taquire Reynoso y la señora Mabel Elena Tucto Albornoz, fi scal provincial y fi scal adjunta provincial de la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, respectivamente, a la ciudad de Buenos Aires, República de Argentina, del 11 al 15 de junio de 2024. La citada comisión de servicios tiene por fi nalidad desarrollar diligencias presenciales de carácter reservado, las cuales se señalan en el o fi cio citado en el párrafo precedente, en el marco de una investigación a cargo de la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos. Los gastos que irrogue la presente comisión serán con cargo al presupuesto institucional del Ministerio Público, por lo que la autorización de viaje se efectúa conforme a la Ley n. o 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, que en el inciso 1 de su artículo 10 establece que “Durante el Año Fiscal 2024, los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica (…). La autorización para viajes al exterior de las personas señaladas en el párrafo precedente se aprueba conforme a lo establecido en la Ley n° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias. (…)”. Mediante Decreto Supremo n° 047-2002-PCM, se aprueban las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, el cual en su artículo 2, referido al contenido del acto de autorización, establece que “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés especí fi co de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac. (…)”, asimismo, el artículo 4 señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Ofi cial El Peruano (…)”. En ese sentido, de conformidad con las normas mencionadas en los párrafos precedentes y de acuerdo al numeral 5.2.1.3 de la Directiva “Normas para la Entrega de Fondos por Viáticos y Asignaciones para la Realización de Comisiones de Servicios” en su versión 08, aprobada por la Resolución de la O fi cina General de Finanzas del Ministerio Público n° 011-2024-MP-FN-GG-OGFIN; corresponde expedir el acto resolutivo que autorice el viaje, en tarifa económica, de las mencionadas fi scales a la ciudad de Buenos Aires, República de Argentina, del 11 al 15 de junio de 2024, de acuerdo con las funciones del Ministerio Público y, a efectos de garantizar un óptimo resultado en las investigaciones, en el marco del debido proceso y por ser de interés institucional. Contando con los vistos de la Gerencia General, Ofi cina General de Logística, O fi cina General de Finanzas y Ofi cina General de Asesoría Jurídica. En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobado por el Decreto Legislativo n° 052 y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios de la señora Luz Ernestina Taquire Reynoso y la señora Mabel Elena Tucto Albornoz, fi scal provincial y fi scal adjunta provincial de la Segunda Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada en Delitos de Lavado de Activos, respectivamente, a la ciudad de Buenos Aires, República de Argentina, del 11 al 15 de junio de 2024, en mérito a lo expuesto en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General, a través de las O fi cinas Generales de Logística y Finanzas, proceda con la adquisición de los pasajes aéreos internacionales en tarifa económica, la asignación de viáticos y seguro de viaje, conforme al detalle siguiente: Nombres y ApellidosPasajes Aéreos (tarifa económica)Viáticos Seguro de viaje Luz Ernestina Taquire ReynosoUS$ 1 200,00US$ 1 665,00 (por 5 días)US$ 60,00 Mabel Elena Tucto AlbornozUS$ 1 200,00US$ 1 665,00 (por 5 días)US$ 60,00 Artículo Tercero.- Encargar a la Fiscalía Superior Coordinadora Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Lavado de Activos adoptar las medidas pertinentes a fi n de garantizar el normal funcionamiento del despacho fi scal de los comisionados, en cumplimiento de lo autorizado en la presente resolución. Artículo Cuarto.- Disponer que dentro de los diez (10) días calendario siguientes de efectuada la comisión de servicios, las fi scales mencionadas en el artículo primero de la presente resolución, deberán presentar al Despacho de la Fiscalía de la Nación un informe detallado en el