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53 NORMAS LEGALES Sábado 15 de junio de 2024 El Peruano / Ley Nº 28976 y la actualización de los formatos de Declaración Jurada para la obtención de la Licencia de Funcionamiento, con lo que queda establecido el marco jurídico aplicable al otorgamiento de Licencias de Funcionamiento; Que, la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa, mediante Memorándum Nº 500-2023-SGFCA-GSEGC-MSS de fecha 17.05.2024, indica que ha venido realizando acciones preventivas referidas al funcionamiento de establecimientos comerciales, señalando las zonas de consolidación comercial de distintos giros a menor escala y comercio local; Que la Subgerencia de Comercialización y Anuncios e Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edi fi caciones, a través del Informe N° 372-2024-SGCAITSE-GDE-MSS de fecha 24.05.2024, que contiene el Informe Legal N° 126-MVD-2024-SGCAITSE-GDE-MSS de fecha 24.05.2024, considera necesario proponer la emisión de una Ordenanza de carácter temporal que otorgue mayor fl exibilidad en los requisitos, procedimientos y criterios técnicos que otorgue mayor fl exibilidad en los requisitos, procedimiento y criterios técnicos a seguir por los propietarios, inquilinos para el otorgamiento de licencias de funcionamiento en las zonas comerciales consolidadas del distrito. Asimismo, considera oportuno y necesario, que se habilite la regularización de las actividades económicas de los vecinos de los sectores del distrito, basado en pedidos vecinales, así como facilitar a los nuevos emprendedores de establecimientos comerciales, integrarse al mercado laboral formal, estimulando de esta manera la creación de fuentes de trabajo y la regularización de las actividades económicas. Tomando como referencia para las vías propuestas el Memorándum N°500-2024-SGFCA-GSEGC-MSS de fecha 17.05.2024 emitido por la Subgerencia de Fiscalización y Coactiva Administrativa; Que, la Subgerencia de Planeamiento Urbano y Catastro mediante del Memorándum N° 307-2024-SGPUC-GDU-MSS de fecha 27.05.2023, que contiene el Informe N° 026-2024-ESC de fecha 27.05.2024, considera viable la propuesta de Ordenanza submateria, ya que establece un marco normativo que propicia el ingreso al mercado laboral formal de los equipamientos comerciales de escala barrial, mejorando sus estándares de calidad y optimizando la actividad comercial de baja intensidad en el distrito; Que, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a través el Memorándum N° 2268-2024-GPP-MSS de fecha 28.05.2024, emite opinión favorable al proyecto de Ordenanza de regularización para el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento Temporales en zonas comerciales consolidadas en el Distrito de Santiago de Surco, al haberse tenido en cuenta la Directiva Nº 007-2016-MSS “Directiva para la elaboración y tramitación de proyectos de ordenanza Municipales” aprobada con Resolución Nº 897-2016-RASS y encontrándose alineado a la misión y visión del distrito y a los planes municipales como son: Plan de Desarrollo Local Concertado (PDLC) 2017-2025 (horizonte ampliado), Plan Estratégico Institucional (PEI) 2019-2027 (horizonte ampliado) y Plan Operativo Institucional (POI) Multianual 2024-2026; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Nº 412-2024-GAJ-MSS de fecha 28.05.2024, teniendo en cuenta la documentación generada, así como la normativa vigente sobre la materia, concluye opinando que resulta viable aprobar la propuesta de Ordenanza de regularización para el otorgamiento de Licencias de Funcionamiento Temporales en zonas comerciales consolidadas en el Distrito de Santiago de Surco; Que, la Gerencia Municipal a través Memorándum N° 955-2024-GM-MSS de fecha 28.05.2024, teniendo en cuenta el precitado informe de la Gerencia de Asesoría Jurídica, solicita se dispongan las acciones del caso, para elevar los antecedentes al Concejo Municipal, para su aprobación de conformidad con sus facultades. Que, en sesión conjunta de las Comisiones de Desarrollo Urbano y Asuntos Jurídicos de la fecha, se consideró que, en las Disposiciones Finales y Transitorias, según corresponda, se precise la ampliación de la vigencia de la ordenanza propuesta de 60 a 90 días. Asimismo, la facultad al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda modi fi car y/o ampliar el ámbito de aplicación, giros y la vigencia de la presente Ordenanza. Estando al Dictamen Nº 04-2024-CDU-CAJ-MSS de las Comisiones de Gerencia de Desarrollo Urbano y Asuntos Jurídicos, y de conformidad con los Artículos 9º incisos 8) y 9), 39º y 40º de la Ley Nº 27972, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Concejo Municipal aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA DE REGULARIZACIÓN PARA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO TEMPORALES EN ZONAS COMERCIALES CONSOLIDADAS DEL DISTRITO DE SANTIAGO DE SURCO TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I OBJETIVOS Y ALCANCES Artículo 1.- OBJETO Y FINALIDAD DE LA ORDENANZA La presente ordenanza tiene objeto la aplicación de las normas técnicas y legales, para regularizar el procedimiento administrativo de Licencias de Funcionamiento a las actividades económicas que se desarrollan en zonas comerciales consolidadas del distrito de Santiago de Surco, a fi n de mejorar la calidad de vida de los vecinos y/o emprendedores; siempre que se traten de personas naturales, con la fi nalidad de alcanzar el desarrollo económico y el crecimiento comercial del distrito, a efectos que puedan integrarse al mercado laboral formal, estimulando de esta manera la creación de fuentes de trabajo; así como la regularización de las actividades económicas en sectores ya consolidados. Artículo 2.- ÁMBITO DE APLICACIÓN Será de aplicación en las zonas comerciales consolidadas que se indica en el presente artículo, precisándose que esta norma no es aplicable en las Zonas Monumentales y de Reglamentación Especial del distrito, quedando las mismas sujetas a lo establecido en las normas que les correspondan: Se considerarán los predios inmersos en las siguientes zonas comerciales consolidadas: 1. SECTOR 1• Calle Alberto Samamé; de cuadra 01 a cuadra 05 • Jr.. Catalino Miranda de cuadra 01 a cuadra 05• Calle Camino Real de cuadra 01 a cuadra 08• Calle Alfonso Ugarte de cuadra 01 a cuadra 07• Calle Santo Cristo de cuadra 01 a cuadra 06• Av. Prolongación Pasos de cuadra 04 a cuadra 08 2. SECTOR 2 • Av. Guarda Civil Norte de cuadra 01 a cuadra 07 • Av. Guardia Civil Sur de cuadra 01 a cuadra 08• Jr. San Gabino de cuadra 01 a cuadra 05• Av. El Carmen cuadras 09 y 10• Jr. Los Herrerillos de cuadra 01 a cuadra 08• Jr. Caballero de la Ley cuadras 01 y 02• Jr. Alcides Vigo cuadras 01 y 02• Jr. El Sol de cuadra 01 a cuadra 04• Av. Los Próceres de cuadra 01 a cuadra 13 3. SECTOR 7• Av. Agustín Rosa Lozano de cuadra 01 a cuadra 074. SECTOR 8• Jr. Cineraria de cuadra 01 a cuadra 05