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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2024 (21/06/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 42

42 NORMAS LEGALES Viernes 21 de junio de 2024 El Peruano / fi scalizadas, elaboren y presenten el PMR, en respuesta a las acciones de fi scalización realizadas por la ISIPRESS con el objeto que la citada Intendencia evalúe el referido Plan en el marco de la gestión de riesgos en salud; Que, conforme a la opinión de la Comisión Multisectorial de Calidad Regulatoria de la Presidencia del Consejo de Ministros, remitida a SUSALUD mediante correo electrónico de fecha 31 de agosto de 2023, la presente norma se encuentra excluida del alcance del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, por temporalidad; asimismo, dado que el proyecto de norma no contiene un procedimiento administrativo, no requiere realizar un Análisis de Calidad Regulatoria (ACR) Ex Ante; Que, tratándose de una norma de carácter general y a efectos de recoger las opiniones del público respecto de la propuesta de norma, la misma fue publicada el 19 de octubre del 2023 en el portal electrónico de la Superintendencia Nacional de Salud y en el Diario O fi cial El Peruano, mediante Resolución de Superintendencia N° 070-2023-SUSALUD/S, del 16 de octubre del 2023, conforme a lo establecido en el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; Con los vistos del Gerente General, de la Superintendente Adjunta de la Superintendencia Adjunta de Regulación y Fiscalización, del Superintendente Adjunto de la Superintendencia Adjunta de Supervisión, de la Intendente de la Intendencia de Normas y Autorizaciones, del Intendente de la Intendencia de Supervisión de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud y de la Directora General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica de la Superintendencia Nacional de Salud; Estando a lo señalado en el Decreto Legislativo N° 1158, Decreto Legislativo que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud y modi fi catoria; y, el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2014-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- APROBAR la “Guía de elaboración del Plan de Mitigación de Riesgos por parte de los administrados fi scalizados por la Intendencia de Supervisión de IPRESS (ISIPRESS)”. Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en la misma fecha, la publicación de ésta y de la “Guía de elaboración del Plan de Mitigación de Riesgos por parte de los administrados fi scalizados por la Intendencia de Supervisión de IPRESS (ISIPRESS)”, en la página web institucional (www.gob.pe/susalud). Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN CARLOS VELASCO GUERRERO Superintendente 2299208-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS FUERO MILITAR POLICIAL Autorizan viaje de Presidente del Fuero Militar Policial a la República de Corea, en comisión de servicios RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 079-2024-FMP/CE/SG Lima, 31 de mayo de 2024VISTO: El Ofi cio N° KORDEF 24-030 del Agregado de Defensa de la República de Corea de fecha 16 de abril de 2024; CONSIDERANDO: Que, la Ley N° 29182, estableció la naturaleza, estructura, organización, competencia, jurisdicción, funciones y atribuciones del Fuero Militar Policial, como órgano autónomo e independiente, en armonía con las normas y principios establecidos en la Constitución Política del Perú; Que, el artículo 5° de la citada Ley, establece que el Consejo Ejecutivo es el máximo órgano de gobierno y administración del Fuero Militar Policial; Que, con documento del Visto, el Agregado de Defensa de la República de Corea, extiende cordial invitación para participar en el Simposio Internacional sobre Seguridad y Legislación Militar 2024, organizado por la O fi cina de Auditoria General del Ejército de Corea, entre los días 17 al 19 de julio de 2024, en la ciudad de Seúl, República de Corea; cuyos gastos de alojamiento, alimentación y traslados internos, serán asumidos por los organizadores; Que, considerando la importancia del indicado evento y la posibilidad de participar en dicho espacio de dialogo y análisis en temas de relacionados a la legislación militar mundial; en Sesión de fecha 03 de mayo de 2024, el Consejo Ejecutivo del Fuero Militar Policial, acordó autorizar el viaje del Mayor General FAP (R) Arturo Antonio GILES FERRER, Presidente del Fuero Militar Policial; De conformidad con los fundamentos expuestos y a lo establecido en la Ley Nº 29182, Ley de Organización y Funciones del Fuero Militar Policial, modi fi cada por Decreto Legislativo N° 1096 y Ley N° 29955; y, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modi fi cada por la Ley N° 28807; y, la Ley Nº 31953, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje al exterior, en Comisión de Servicios, del señor Mayor General FAP (R) Arturo Antonio GILES FERRER, identi fi cado con DNI N° 08379575, Presidente del Fuero Militar Policial; a la Ciudad de Seúl, República de Corea, del 14 al 20 de julio de 2024; para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2°.- Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Resolución, serán cubiertos por el Pliego Presupuestal 027 - Fuero Militar Policial, con cargo al presupuesto del ejercicio fi scal 2024, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos: Lima (Perú) – Seúl (Corea) - Lima (Perú) US $ 5,115.97 X 01 persona (incluido TUUA) = US$ 5,115.97 Viáticos: US $ 2,500.00 X 07 días X 01 persona = US$ 2,500.00 ------------- Total a pagar = US$ 7,615.97 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado O fi cial General presentará informe describiendo las acciones realizadas, resultados obtenidos y rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 4°.- Autorizar a la Dirección de Administración y Finanzas a ejecutar el gasto que demande la presente Resolución, con cargo al presupuesto del ejercicio fi scal 2024, Pliego Presupuestal 027 - Fuero Militar Policial. Artículo 5°.- La presente Resolución Administrativa no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6°.- Publicar la presente Resolución, en el diario o fi cial “El Peruano”, en la Plataforma Digital del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Fuero Militar Policial (www.fmp.gob.pe).