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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE JUNIO DEL AÑO 2024 (23/06/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Domingo 23 de junio de 2024 El Peruano / Seguridad Democrática y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de carácter general; el Decreto Supremo N° 007-2022-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de la Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Disponer la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que modi fi ca el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1428, Decreto Legislativo que desarrolla medidas para la atención de casos de desaparición de personas en situación de vulnerabilidad, aprobado por Decreto Supremo N° 003-2019-IN”, y la Exposición de Motivos que lo sustenta, en la sede digital del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter). Artículo 2.- Establecer un plazo de cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano, para recibir las sugerencias, comentarios y/o recomendaciones de las entidades públicas, instituciones privadas, organizaciones de la sociedad civil, así como de la ciudadanía en general. Artículo 3.- Las sugerencias y recomendaciones podrán ser presentadas a través de la dirección de correo electrónico reglamento1428@mininter.gob.pe. Artículo 4.- Encargar a la Dirección General de Seguridad Democrática, la recepción, procesamiento y sistematización de las sugerencias, comentarios y/o recomendaciones que se presenten al citado proyecto normativo. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN JOSÉ SANTIVÁÑEZ ANTÚNEZ Ministro del Interior 2300371-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje del Viceministro de Relaciones Exteriores a Chile, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0498-2024-RE Lima, 20 de junio de 2024 VISTOS: El Memorándum N° DAE007712024 de la Dirección General para Asuntos Económicos, de 28 de mayo de 2024; la Hoja de Trámite (GAC) N° 2296 del Despacho Viceministerial, de 4 de junio de 2024; el Memorándum N° OPP018632024 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de 12 de junio de 2024, que otorga certi fi cación de crédito presupuestario; y el Memorándum N° OAP018262024 de la O fi cina de Administración de Personal, de 13 de junio de 2024; CONSIDERANDO: Que, la Alianza del Pací fi co es un mecanismo de integración regional para conformar un área de integración profunda en la que se busca avanzar progresivamente hacia la liberación del comercio de bienes y la libre circulación de servicios, capitales y personas como parte de una estrategia para consolidar una plataforma económica común para proyectarse al Asia-Pací fi co y al mundo; Que, desde el 22 de marzo de 2024, la República de Chile viene ejerciendo la Presidencia Pro Tempore de la Alianza del Pací fi co, en cuyo marco se llevará a cabo la Reunión de Coordinadores Nacionales de la Alianza del Pací fi co, y la Reunión del Grupo de Alto Nivel de la Alianza del Pací fi co; en la ciudad de Valparaíso, República de Chile, el 4 y 5 de julio de 2024, respectivamente; Que, mediante comunicación de 28 de mayo de 2024, la Subsecretaria de Relaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Chile, cursó invitación al Embajador en el Servicio Diplomático de la República John Peter Camino Cannock, Viceministro de Relaciones Exteriores, para asistir a la Reunión del Grupo de Alto Nivel de la Alianza del Pací fi co, a llevarse a cabo en la ciudad de Valparaíso, República de Chile, el 5 de julio de 2024; Que, se estima necesaria la participación del Embajador en el Servicio Diplomático de la República John Peter Camino Cannock, Viceministro de Relaciones Exteriores, en su calidad de titular del Grupo de Alto Nivel de la Alianza del Pací fi co, a fi n de dar debido seguimiento político y diplomático a las prioridades temáticas que viene impulsando la actual Presidencia Pro Tempore; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica, pudiendo exceptuarse a los funcionarios señalados en el artículo 52 de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, siempre que el tiempo de viaje sea mayor a ocho (8) horas o cuando la estancia sea menor a cuarenta y ocho (48) horas; y, De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-2010-RE; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y, la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del Embajador en el Servicio Diplomático de la República John Peter Camino Cannock, Viceministro de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Valparaíso, República de Chile, del 4 al 5 de julio de 2024, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente comisión de servicios serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta (308) 0083906 Conducción y Asesoramiento de Líneas de Política Exterior e Institucional, y, Código POI AOI00004500014 Garantizar Permanentemente la Gestión del Despacho Viceministerial, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasajes Aéreos (USD)Viáticos por día (USD)Número de díasTotal viáticos (USD) John Peter Camino Cannock585.48 370.00 2 740.00 Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, el citado funcionario diplomático deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado.