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29 NORMAS LEGALES Domingo 23 de junio de 2024 El Peruano / Que, mediante Informe Legal N° 000352-2024-SIS/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica concluye que, en mérito a lo opinado por la Unidad Funcional de Gestión de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración de Recursos y al amparo del numeral 11.9 del artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, resulta viable que el Jefe del Seguro Integral de Salud, en su condición de titular del pliego y máxima autoridad ejecutiva institucional, emita la resolución jefatural que designe, bajo el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, a la señora Susana Natali Napa Ramos, en el cargo de con fi anza de Asesor de la Secretaría General del Seguro Integral de Salud; Que, el Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales de Carácter General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, establece en el numeral 5 de su artículo 10 que la publicación de resoluciones es obligatoria cuando se trate de la designación de funcionarios públicos; Con los vistos del Director General de la O fi cina General de Administración de Recursos, del Director General de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General; y, De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en la Ley N° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 053-2022-PCM; y, en el Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2011-SA, modi fi cado por Decreto Supremo Nº 002-2016- SA. SE RESUELVE: Artículo 1.- Designar a la señora Susana Natali Napa Ramos en el cargo de con fi anza de Asesor de la Secretaría General del Seguro Integral de Salud. Artículo 2.- Encargar a la Unidad Funcional de Gestión de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración de Recursos del Seguro Integral de Salud la noti fi cación de la presente resolución a la parte interesada y a los órganos del Seguro lntegral de Salud, para conocimiento y fi nes. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial El Peruano y en el portal institucional del Seguro Integral de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS NAPOLEON QUIROZ AVILES Jefe del Seguro Integral de Salud 2300356-1 ORGANISMOS REGULADORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Aprueban el nuevo porcentaje que EMAPA - HVCA S.A. deberá destinar al Fondo de Inversiones y Reservas RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO N° 00033-2024-SUNASS-CD EXP.: 002-2024-SUNASS-DRT-FI Lima, 18 de junio de 2024VISTOS: El Memorándum N° 00332-2024-SUNASS-DRT y el Informe de Especialista N° 00024-2024-SUNASS-DRT de la Dirección de Regulación Tarifaria, mediante el cual se presenta la propuesta del nuevo porcentaje que EMAPA-HVCA. S.A. 1 (en adelante, EMAPA HVCA) deberá destinar al Fondo de Inversiones y Reservas a partir de la entrada en vigor de la presente resolución hasta el inicio del siguiente periodo regulatorio, en el marco del Reglamento General de Tarifas de los Servicios de Saneamiento brindados por Empresas Prestadoras, aprobado mediante Resolución de Consejo Directivo N° 028-2021-SUNASS-CD. CONSIDERANDO: Que, de acuerdo con lo dispuesto en el párrafo 98.2 del artículo 98 del Reglamento General de Tarifas de los Servicios de Saneamiento brindados por Empresas Prestadoras (en adelante, RGT), excepcionalmente, y siempre que sea necesario para la viabilidad fi nanciera de la empresa prestadora, iniciado el procedimiento de revisión periódica, la Sunass de o fi cio aprueba una tarifa provisional y disposiciones sobre las metas de gestión y el Fondo de Inversiones y Reservas, aplicables hasta el inicio del nuevo periodo regulatorio. Que, mediante Resolución de Dirección de Regulación Tarifaria N° 00001-2024-SUNASS-DRT 2 se inició el procedimiento de revisión tarifaria periódica de EMAPA HVCA a efecto de aprobar la fórmula tarifaria, estructura tarifaria, metas de gestión y costos máximos de las unidades de medida de las actividades requeridas para determinar los precios de los servicios colaterales en los servicios de saneamiento para su siguiente periodo regulatorio. Que, la DRT con el memorándum de visto presenta el Informe de Especialista N° 00024-2024-SUNASS-DRT, el cual sustenta la necesidad de ajustar el porcentaje que EMAPA HVCA debe destinar al Fondo de Inversiones y Reservas hasta el inicio del siguiente periodo regulatorio, a efecto de garantizar la viabilidad fi nanciera de la empresa, en el marco del párrafo 98.2 del artículo 98 del RGT. Que, la Dirección de Regulación Tarifaria no ha recibido comentarios dirigidos a la sede de la Sunass ni al correo audienciahuancavelica@sunass.gob.pe, sobre el proyecto de resolución que aprobaría el nuevo porcentaje que EMAPA HVCA destinaría al Fondo de Inversiones y Reservas hasta el inicio de su siguiente periodo regulatorio, cuya publicación se dispuso mediante Resolución de Consejo Directivo N° 012-2024-SUNASS-CD 3. Que, la presente resolución no genera variación tarifaria ni reordenamiento tarifario para la estructura tarifaria vigente. Según lo dispuesto por el artículo 25 del Reglamento General de la Sunass, aprobado por Decreto Supremo N° 017-2001-PCM, y con la conformidad de la O fi cina de Asesoría Jurídica, la Dirección de Regulación Tarifaria y la Gerencia General; el Consejo Directivo en su sesión del 17 de junio de 2024; HA RESUELTO: Artículo 1°.- APROBAR el nuevo porcentaje que EMAPA-HVCA. S.A. deberá destinar al Fondo de Inversiones y Reservas a partir de la entrada en vigor de la presente resolución hasta el inicio del siguiente periodo regulatorio, conforme a lo siguiente: Porcentaje de los ingresos hasta el inicio del siguiente periodo regulatorio 1/ Fondo de inversionesReserva para la Implementación de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos (MRSE)Reserva para la elaboración e implementación del Plan de Gestión de Riesgo de Desastres (GRD) y Adaptación al Cambio Climático (ACC)Reserva para la renovación del Plan de Control de Calidad (PCC) y la elaboración del Programa de adecuación sanitaria (PAS) 3,7% 0,5% 0,5% 0,3% 1/ Los ingresos están referidos al importe facturado por los servicios de agua potable y saneamiento, incluido el cargo fi jo, sin considerar el impuesto general a las ventas (IGV) ni el impuesto de promoción municipal.