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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MARZO DEL AÑO 2024 (09/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 40

40 NORMAS LEGALES Sábado 9 de marzo de 2024 El Peruano / Agua Potable y Saneamiento, recoge como uno de sus principios el de acceso a los servicios de agua potable y saneamiento, el cual debe brindarse en condiciones de calidad, siendo obligación del Estado asegurar su provisión por medio de los prestadores de servicios de agua potable y saneamiento; Que, a través del Decreto Supremo N° 007-2017-VIVIENDA, se aprueba la Política Nacional de Saneamiento, norma en la que se identi fi can las principales causas de las brechas de cobertura en el acceso y calidad de los servicios de saneamiento y se propone como objetivo principal alcanzar el acceso universal, sostenible y de calidad a los servicios de saneamiento; Que, el Plan Nacional de Saneamiento 2022- 2026, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 399-2021-VIVIENDA, señala que la calidad del agua para consumo humano constituye uno de los principales retos del sector; Que, conforme a los párrafos 28.1 y 28.2 del artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM y modi fi catorias, los grupos de trabajo sectoriales y multisectoriales son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos especí fi cos; sus conclusiones carecen de efectos jurídicos sobre terceros y se aprueban mediante resolución ministerial del ministerio del cual dependen y, las de naturaleza temporal, se extinguen de forma automática cumplidos sus objetivos y su período de vigencia; Que, mediante Resolución Ministerial N° 377-2023-VIVIENDA se crea el Grupo de Trabajo Multisectorial para la mejora de la Calidad del Agua (Grupo de Trabajo Multisectorial); con el objeto de evaluar estrategias y propuestas de instrumentos técnico-normativos para la mejora de la calidad de agua en la prestación de los servicios de saneamiento; Que, conforme consta en el Acta de Reunión de fecha 17 de enero de 2024, por mayoría de los integrantes del Grupo de Trabajo Multisectorial, se acordó la ampliación a noventa días calendario el plazo de entrega para la presentación del informe fi nal del Grupo de Trabajo Multisectorial; lo cual conlleva a que se amplíe por dicho plazo el periodo de vigencia del citado grupo, establecido en el artículo 8 de la Resolución Ministerial N° 377- 2023-VIVIENDA; Que, mediante la Nota N° 116-2024-VIVIENDA/ VMCS-DGPRCS, que contiene el Informe N° 184-2024-VIVIENDA/VMCS-DGPRCS-DS de la Dirección de Saneamiento, la Dirección General de Políticas y Regulación en Construcción y Saneamiento, propone modi fi car el artículo 8 de la Resolución Ministerial N° 377-2023-VIVIENDA referido a la vigencia del Grupo de Trabajo Multisectorial, con la fi nalidad que este pueda cumplir con sus objetivos y funciones; Que, con el Memorando N° 426-2024-VIVIENDA/ OGPP, la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, en atención al Informe N° 095-2024-VIVIENDA/OGPP-OPM de su O fi cina de Planeamiento y Modernización, emite opinión favorable a la propuesta que modi fi ca el artículo 8 de la Resolución Ministerial N° 377-2023-VIVIENDA; Que, a través del Informe N° 203-2024-VIVIENDA/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión favorable para continuar con el trámite de aprobación por Resolución Ministerial de la modi fi cación del artículo 8 de la Resolución Ministerial N° 377-2023-VIVIENDA; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, Decreto Supremo que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, modi fi cado por Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Modi fi cación del artículo 8 de la Resolución Ministerial N° 377-2023-VIVIENDA Modi fi car el artículo 8 de la Resolución Ministerial N° 377-2023-VIVIENDA, que crea el Grupo de Trabajo Multisectorial para la mejora de la Calidad del Agua, el mismo que queda redactado en los siguientes términos: “Artículo 8.- Periodo de vigencia El Grupo de Trabajo Multisectorial tiene una vigencia de doscientos setenta días calendario, contada a partir del día hábil siguiente a su instalación, plazo en el que se debe presentar el Informe Final correspondiente.” Artículo 2.- Noti fi cación Disponer la noti fi cación de la presente Resolución Ministerial a los integrantes del Grupo de Trabajo Multisectorial, para conocimiento y fi nes pertinentes. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano, el mismo día de su publicación en la sede digital del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (www.gob.pe/vivienda). Regístrese, comuníquese y publíquese.HANIA PÉREZ DE CUÉLLAR LUBIENSKA Ministra de Vivienda, Construcción y Saneamiento 2268859-1 Designan Asesor de Dirección Ejecutiva del Programa Nacional de Saneamiento Urbano RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 037-2024/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0 Lima, 4 de marzo de 2024VISTOS: El Memorándum Nº 00000608-2024/VMCS/PNSU/UA de la Unidad de Administración, el Informe Nº 146-2024/VMCS/PNSU/3.3.5 del Área de Recursos Humanos de la Unidad de Administración, el Memorándum Nº 00000594-2024/VMCS/PNSU/1.0 de la Dirección Ejecutiva y el Informe Nº 101-2024/VIVIENDA/VMCS/ PNSU/3.2- de la Unidad de Asesoría Legal; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 006-2007-VIVIENDA se creó el Programa Agua para Todos, en el Viceministerio de Construcción y Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, cuya denominación fue modi fi cada por la Única Disposición Complementaria Modi fi catoria del Decreto Supremo Nº 002-2012-VIVIENDA a Programa Nacional de Saneamiento Urbano – PNSU; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 106-2017-VIVIENDA, modi fi cada por la Resolución Ministerial Nº 234-2017-VIVIENDA, se aprueba el Manual de Operaciones del PNSU, documento técnico normativo de gestión institucional, que contiene la descripción de los principales procesos, organización y los niveles de responsabilidad de todas las unidades orgánicas del PNSU; Que, la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción, y otras disposiciones, tiene por objeto establecer los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fi n de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función;