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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2024 (14/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Jueves 14 de marzo de 2024 El Peruano / un procedimiento de declaratoria de vacancia en virtud […] del fallecimiento de la autoridad municipal, tenga que esperarse […] el transcurso del plazo para la interposición de un recurso impugnatorio, esto es, para que el acuerdo de concejo que declara una vacancia por muerte, quede consentido y, recién en ese escenario, pueda el Jurado Nacional de Elecciones convocar a las nuevas autoridades municipales para que asuman los cargos respectivos 1. En el Reglamento sobre la Casilla Electrónica del Jurado Nacional de Elecciones2 (en adelante, Reglamento) 1.4. El artículo 16 contempla: Artículo 16.- Sujetos obligados al uso de la Casilla Electrónica Todas las partes de los procesos electorales y no electorales, jurisdiccionales o de índole administrativa, serán noti fi cadas con los pronunciamientos o actos administrativos emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas habilitadas. En caso de que los sujetos antes mencionados no soliciten sus credenciales y habiliten su Casilla Electrónica, se entenderán por noti fi cados con el pronunciamiento o el acto administrativo, según corresponda, a través de su publicación en el portal electrónico institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe), surtiendo efectos legales a partir del día siguiente de su publicación. […] SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO2.1. Acreditada la causa de vacancia prevista en el numeral 1 del artículo 22 de la LOM (ver SN 1.1.), conforme al acta de defunción del señor regidor remitida por el señor alcalde 3, corresponde dejar sin efecto la credencial que le fuera otorgada y convocar a la nueva autoridad, acorde con el artículo 24 de la LOM (ver SN 1.2.) y la jurisprudencia del Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (ver SN 1.3.). 2.2. En ese sentido, se debe convocar a doña Adriana María Nieves Dedios, identi fi cada con DNI Nº 75939479, candidata no proclamada de la organización política Región para Todos, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Bellavista, a fi n de completar el número de integrantes del referido concejo por el periodo de gobierno municipal 2023-2026. 2.3. Dicha convocatoria se realiza de acuerdo con el Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 25 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Sullana, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022. 2.4. La noti fi cación del presente pronunciamiento debe diligenciarse según lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.4.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Elber Agurto Juárez en el cargo de regidor del Concejo Distrital de Bellavista, provincia de Sullana, departamento de Piura, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022, por la causa de muerte, prevista en el numeral 1 del artículo 22 de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades. 2. CONVOCAR a doña Adriana María Nieves Dedios, identi fi cada con DNI Nº 75939479, para que asuma el cargo de regidora del Concejo Distrital de Bellavista, provincia de Sullana, departamento de Piura, a fi n de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal. 3. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SALAS ARENAS MAISCH MOLINARAMÍREZ CHÁVARRY SANJINEZ SALAZAR OYARCE YUZZELLIMarallano Muro Secretaria General 1 Segundo párrafo del numeral 4, parte considerativa de la Resolución Nº 539-2013-JNE. 2 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 3 Información corroborada con la consulta virtual del DNI Nº 03646605, correspondiente al señor regidor, realizada en el portal web del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, https://cel.reniec.gob.pe/celweb/index.html. 2270037-1 MINISTERIO PÚBLICO Cesan por límite de edad a Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de la Selva Central RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 698-2024-MP-FN Lima, 12 de marzo de 2024VISTO Y CONSIDERANDO: El ofi cio Nº 1804-2024-MP-FN-OREF, cursado por la abogada Silvia Karina Avila Lam, Gerenta de la O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, mediante el cual informa que la abogada María Luisa Aguilar Blas, Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de la Selva Central, designada en el Despacho de la Fiscalía Provincial de Familia de Oxapampa, cumplirá 70 años de edad, el 14 de marzo del año en curso, adjuntando copia de la consulta en línea efectuada al Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil – RENIEC. Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido en el artículo 64 del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Cesar por límite de edad, a partir del 14 de marzo de 2024, a la abogada María Luisa Aguilar Blas, Fiscal Provincial Provisional del Distrito Fiscal de la Selva Central, designada en el Despacho de la Fiscalía Provincial de Familia de Oxapampa, y su adecuación, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación N ros 483-2018-MP- FN y 135-2021-MP-FN, de fechas 05 de febrero de 2018 y 29 de enero de 2021, respectivamente; dándosele las gracias por los servicios prestados a la Institución. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de la Selva Central, Gerencia General, O fi cina de Registro y Evaluación de Fiscales, O fi cina General de Potencial Humano, O fi cina de Control de la Productividad Fiscal y a la abogada mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese.PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación (e) 2269778-1