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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE MARZO DEL AÑO 2024 (14/03/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 63

63 NORMAS LEGALES Jueves 14 de marzo de 2024 El Peruano / d) Acuerdo de Concejo Nº 147-2023-MPCH, del 27 de noviembre de 2023, con el cual se declaró consentido el Acuerdo de Concejo Nº 131-2023-MPCH. 2.6. Ahora bien, se observa que en la noti fi cación de la citación a la sesión extraordinaria de concejo no se consignó la dirección de la señora regidora; sin embargo, considerando los documentos señalados en el literal b del considerando 2.5., la autoridad cuestionada asistió a la sesión extraordinaria, evidenciando actuaciones procedimentales, con los cuales se concluye que tuvo conocimiento anticipado de la sesión extraordinaria. De esta manera, se produce el saneamiento de la noti fi cación conforme al artículo 27 del TUO de la LPAG. 2.7. Por otra parte, con relación a la noti fi cación a la señora regidora del Acuerdo de Concejo Nº 131-2023-MPCH, se observa que tampoco se consignó su dirección, conforme lo exige el artículo 21 del TUO de la LPAG; asimismo, no existe acto alguno que haya saneado el defecto incurrido. 2.8. En esa medida, ante la inobservancia de las formalidades de noti fi cación establecidas en la precitada norma, no existe la certeza de que la señora regidora hubiera sido debidamente noti fi cada con el acta de sesión extraordinaria de concejo o con el acuerdo de concejo en mención. 2.9. De ahí que corresponde declarar la nulidad de lo actuado hasta el acto de noti fi cación a la señora regidora del Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 07-2023, del 13 de octubre de 2023, o del Acuerdo de Concejo Nº 131-2023-MPCH, de la misma fecha . 2.10. En consecuencia, corresponde disponer que don Percy Zuta Castillo, alcalde de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas, departamento de Amazonas, cumpla con realizar la noti fi cación indicada en el considerando anterior, respetando las formalidades previstas en el artículo 21 del TUO de la LPAG. 2.11. Asimismo, se requiere al secretario general de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas, o a quien haga sus veces, para que informe si en contra del Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 07-2023, del 13 de octubre de 2023, o del Acuerdo de Concejo Nº 131-2023-MPCH, de la misma fecha, se interpuso recurso impugnatorio alguno o, en su defecto, remita los actuados conjuntamente con la constancia que declara consentido aquel acuerdo de concejo. 2.12. Cabe precisar que, en caso de incumplimiento de lo dispuesto en los considerandos 2.10. y 2.11. de la presente resolución, se declarará la improcedencia del pedido de convocatoria de candidato no proclamado y el archivo del presente expediente, así como se remitirán copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a efectos de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial de turno, para que evalúe la conducta de los mencionados funcionarios ediles, de acuerdo con sus competencias. 2.13. La noti fi cación de la presente resolución debe diligenciarse según lo dispuesto en el Reglamento (ver SN 1.8.). Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE 1. Declarar NULO lo actuado hasta el acto de notifi cación del Acuerdo de Concejo Nº 131-2023-MPCH, del 13 de octubre de 2023, dirigido a doña Saby Pilar Escobedo León, regidora del Concejo Provincial de Chachapoyas, departamento de Amazonas. 2. REQUERIR a don Percy Zuta Castillo, alcalde de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas, departamento de Amazonas, para que, en el plazo perentorio de cinco (5) días hábiles, luego de recibido el presente pronunciamiento, cumpla con noti fi car a doña Saby Pilar Escobedo León con el Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 07-2023, del 13 de octubre de 2023, o con el Acuerdo de Concejo Nº 131-2023-MPCH, de la misma fecha, respetando estrictamente las formalidades de noti fi cación previstas en el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se declare improcedente el pedido de convocatoria de candidato no proclamado y se archive el presente expediente, así como se remitan copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a efectos de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial de turno, para que evalúe su conducta, de acuerdo con sus competencias. 3. REQUERIR al secretario general de la Municipalidad Provincial de Chachapoyas, departamento de Amazonas, o quien haga sus veces, para que informe si en contra del Acta de Sesión Extraordinaria de Concejo Municipal Nº 07-2023, del 13 de octubre de 2023, o del Acuerdo de Concejo Nº 131-2023-MPCH, de la misma fecha, se interpuso recurso impugnatorio alguno o, en su defecto, remita los actuados conjuntamente con la constancia que declara consentido aquel acuerdo de concejo; bajo apercibimiento de que, en caso de incumplimiento, se declare improcedente el pedido de convocatoria de candidato no proclamado y se archive el presente expediente, así como se remitan copias de los actuados al presidente de la Junta de Fiscales Superiores del distrito fi scal correspondiente, a efectos de que se ponga en conocimiento del fi scal provincial de turno, para que evalúe su conducta, de acuerdo con sus competencias. 4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán noti fi cados conforme a lo dispuesto en el Reglamento sobre la Casilla Electrónica, aprobado mediante la Resolución Nº 0929-2021-JNE; para la presentación de escritos u otros documentos se encuentra disponible la Mesa de Partes Virtual (MPV), en el portal electrónico institucional, <www.jne.gob.pe>. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SALAS ARENASMAISCH MOLINA RAMÍREZ CHÁVARRY SANJINEZ SALAZAR OYARCE YUZZELLI Marallano Muro Secretaria General 1 Aprobado por Decreto Supremo N.º 004-2019-JUS. 2 Aprobado por la Resolución Nº 0929-2021-JNE, publicada el 5 de diciembre de 2021 en el diario o fi cial El Peruano. 2270140-1 Declaran la nulidad de lo actuado hasta la citación dirigida a regidor del Concejo Distrital de Querco, provincia de Huaytará, departamento de Huancavelica, para que asista a la Sesión Ordinaria Nº 19, en la que se evaluó la vacancia seguida en su contra; y dictan otras disposiciones RESOLUCIÓN Nº 0065-2024-JNE Expediente Nº JNE.2024000461 QUERCO - HUAYTARÁ - HUANCAVELICAVACANCIA CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO Lima, ocho de marzo de dos mil veinticuatro