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90 NORMAS LEGALES Martes 26 de marzo de 2024 El Peruano / de tratamiento especial cuya naturaleza será de fi nida en el Reglamento de la Ley, se encuentra sujeta a los sistemas administrativos del Estado, las mancomunidades municipales no son un nivel de gobierno. Que, el numeral 5.1 del artículo 5° de la Ley N° 29029, modi fi cada por la Ley N° 29341, y por el Decreto Legislativo N° 1445, establece que la voluntad de constituir una mancomunidad y su estatuto, se aprueban por Ordenanza Municipal de las municipalidades intervinientes, sustentadas en los informes técnicos que dan viabilidad a su creación. Que, el artículo 2° del Reglamento de la Ley de la Mancomunidad Municipal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 021-2020-PCM, establece que la mancomunidad municipal tiene personería jurídica de derecho público, reconocida con la inscripción en el Registro de Mancomunidades Municipales, su objeto es la prestación de servicios públicos y la ejecución de inversiones en un ámbito territorial intermunicipal. Que, el artículo 11°del Reglamento de la Ley de Mancomunidad Municipal, establece el procedimiento para la constitución de las Mancomunidades Municipales señala que la Ordenanza Municipal aprueba la Constitución de la Mancomunidad Municipal, con la ratifi cación del primer presidente del consejo directivo y del primer gerente general. Que, mediante Acta de Compromiso de Constitución de la Mancomunidad Municipal del Callao de fecha 27 de diciembre de 2023, se fi rmó el Acta de Compromiso de Constitución de la Mancomunidad Municipal, integrada por el Alcalde Provincial y los Alcaldes Distritales de la Provincia Constitucional del Callao, y se acordó aprobar el Estatuto por el que se regirá la Mancomunidad Municipal el cual tiene como objeto el manejo integral de residuos sólidos, seguridad ciudadana, mejoramiento y rehabilitación de infraestructura vial y peatonal vo Institucional y el Presupuesto Institucional para el año fi scal 2023 de la Mancomunidad Municipal del Callao asimismo el de elegir como Presidente del Consejo Directivo de la Mancomunidad Municipal al señor Pedro Carmelo Spadaro Philipps , Alcalde de la Municipalidad Provincial del Callao, el de designar al Señor Giancarlo Guido Casassa Sánchez como Primer Gerente General de la Mancomunidad Municipal.. Que, mediante O fi cio N° 036-2024-MPC/GM, de fecha 20 de febrero de 2024, el Gerente Municipal de la Municipalidad Provincial del Callao, remite el Acta de Compromiso para la Constitución de la Mancomunidad Municipal, acompañado de la siguiente documentación para la formalización de la Mancomunidad Municipal: y asimismo mediante Acuerdo de Concejo se apruebe la transferencia fi nanciera, fi jada por todas las municipalidades distritales por el monto de S/ 1,000.00 (MIL SOLES) por cada año fi scal, a la Mancomunidad Municipal Callao. Que, el proyecto de Ordenanza que aprueba la Constitución de la Mancomunidad Municipal tiene por objeto: a) promover la seguridad ciudadana de calidad b) mejoramiento y rehabilitación de infraestructura vial peatonal y ordenamiento urbano c) manejo integral de residuos d) promover el cuidado de medio ambiente Que, con Informe Legal N° 092-2024-MDMP/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, opina por la Procedencia de la emisión del Proyecto de Ordenanza que aprueba la Constitución de la Mancomunidad Municipal del Callao. Estando a lo expuesto, conforme a lo establecido en los artículos 9° y 39° y 41° de la Ley Orgánica de Municipalidades, con el VOTO UNANIME de los miembros del Concejo Municipal y con la Dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprueba la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA CONSTITUCIÓN DE LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL DEL CALLAO Artículo Primero.- APROBAR LA CONSTITUCIÓN DE LA MANCOMUNIDAD MUNICIPAL DEL CALLAO, celebrada mediante Acta de fecha 27 de diciembre de 2023, suscrita por los Alcaldes de la Municipalidad Provincial del Callao, Municipalidad Distrital de Bellavista, Municipalidad Distrital de Carmen de la Legua Reynoso, Municipalidad Distrital de la Punta, Municipalidad Distrital de la Perla, Municipalidad Distrital de Ventanilla y Municipalidad Distrital de Mi Perú. La Mancomunidad Municipal del Callao, tiene por objeto: 1. Promover la seguridad ciudadana de calidad. 2. Mejoramiento y rehabilitacion de infraestructura vial, peatonal y ordenamiento urbano 3. Manejo integral de residuos solidos4. Promover el cuidado del medio ambiente5. Proveer el servicio de limpieza publica determinando las areas de desechos de rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de servicios Artículo Segundo.- DELEGAR las competencias y funciones de la Mancomunidad Municipal del Callao, las que se detallan a continuación: - Ejecutar directamente el manejo integral de residuos sólidos. - Promover, apoyar o ejecutar proyectos de inversión y mantenimiento de infraestructura vial. - Organizar el servicio de patrullaje municipal, como medio disuasivo para reducir la percepción de seguridad - Proveer el servicio de limpieza pública determinando las áreas de desechos, rellenos sanitarios y el aprovechamiento industrial de servicios. Artículo Tercero.- RATIFICAR la designación del Señor Pedro Carmelo Spadaro Philipss, Alcalde de la Municipalidad Provincial del Callao en el cargo de Presidente del Consejo Directivo, y en el cargo de Gerente General de la Mancomunidad Municipal del Callao al Señor Giancarlo Guido Casassa Sánchez Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina General de Secretaria y Gestión Documentaria la noti fi cación de la Ordenanza, y a la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto la publicación en el Portal Institucional de la entidad edil (www.munimiperu.gob) Regístrese, comuníquese y cúmplase.ANGEL ROLANDO MERINO MIRANDA Alcalde (e) 2273678-1 Aprueban Transferencia Financiera a favor de la Mancomunidad Municipal del Callao ACUERDO DE CONCEJO N° 018-2024-MDMP Mi Perú, 21 marzo del 2024EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE MI PERU VISTO: En la Sesión Extraordinaria de la fecha , el Memorando N° 328-2024-MDMP/GM de Gerencia Municipal, el Informe Legal N°092-2024/MDMP/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, el Memorando N° 141-2024- MDMP/OGPP, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto, el Memorando N°246-2024-MDMP-GM de la Gerencia Municipal, el Informe N° 018-2024-MDMP/GDU de la Gerencia de Desarrollo Urbano , el Informe Nº 126-2024-MDMP/GDU/SGIP de la Subgerencia de Inversiones Públicas, el Memorándum Múltiple Nº 018-2024-GM/MDMP de Gerencia Municipal, el Informe Nº 041-2024-MDMPOGAF de la O fi cina General de Administración y Finanzas, Dictamen N° 005-2023-CALJ de la Comisión de Asuntos Legales y Jurídicos sobre la Aprobación del Proyecto de Acuerdo de Concejo que Aprueba la Transferencia Financiera a Favor de la Mancomunidad Municipal del Callao CONSIDERANDO:Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº Ley Nº 30305, en