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101 NORMAS LEGALES Jueves 16 de mayo de 2024 El Peruano / Ofi cina General de Imagen Institucional para la difusión de la misma ante las instancias pertinentes, y recomiende su difusión a través de las páginas web institucionales a nivel regional. Quinta.- Facúltese al Gobierno Regional de Ica, dictar normas técnicas y reglamentarias necesaria para la implementación de la presente Ordenanza, mediante Decreto y en concordancias con las Políticas Nacionales. GLOSARIO DE TÉRMINOSDiscriminación étnico-racial Trato diferenciado, excluyente o restrictivo basado en el origen étnico-cultural de las personas (hábitos, costumbres, indumentaria, símbolos, formas de vida, sentido de pertenencia, idioma y creencias de un grupo social determinado), y/o en sus características físicas (color de piel, facciones, estatura, color de cabello, etc.) que tenga como objetivo o resultado anular o menoscabar el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos y libertades fundamentales de las personas en la esfera política, económica, social y cultural. Diversidad culturalDa cuenta de la diversidad de las expresiones culturales emanadas de la creatividad individual o colectiva y de la multiciplidad e interacción de las culturas que coexisten en una sociedad sin que ninguna se considere el patrón de los demás. Para poder aprovechar sus bene fi cios se requiere establecer relaciones igualitarias entre los diferentes grupos sociales. La diversidad cultural es considerada patrimonio de la humanidad. Enfoque intercultural Establece el reconocimiento de las diferencias culturales como uno de los pilares de la construcción de una sociedad democrática, fundamentada en el establecimiento de relaciones de equidad e igualdad de oportunidades y derechos. El enfoque intercultural en la gestión pública es el proceso de adaptación de las diferentes instituciones, a nivel normativo, administrativo y del servicio civil del Estado para atender de manera pertinente las necesidades culturales y sociales de los diferentes grupos étnico-culturales del país. Lengua indígena u originaria Todas aquellas que son anteriores a la difusión del idioma castellano o español y que se preservan y emplean en al ámbito del territorio nacional. Cualquier mención a lengua originaria se entenderá también como lengua indígena u originaria. Pueblo afroperuano Colectivo humano que desciende de la población africana introducida al territorio peruano durante la colonia como consecuencia del esclavismo, el cual cuenta con costumbres, conocimientos y saberes propios. Pueblos indígenas u originarios Los pueblos indígenas u originarios son aquellos colectivos que tienen su origen en tiempos anteriores al Estado, que tienen lugar en este país o región, conservan todas o parte de sus instituciones distintivas, y que, además, presentan la conciencia colectiva de poseer una identidad indígena u originaria. La población que vive organizada en comunidades campesinas o nativas podrá ser identi fi cada como pueblos indígenas, o parte de ellos, conforme a dichos criterios. Las denominaciones empleadas para designar a los pueblos indígenas no alteran su naturaleza, ni sus derechos colectivos. Servicios públicos con pertinencia cultural Actividades o prestaciones brindadas por la administración pública que tienen la fi nalidad de satisfacer las necesidades de la población y que, para ello, han sido diseñadas tomando en cuenta características particulares de los grupos de población de las localidades donde se interviene y se brinda prestación Para ello, se adapta el servicio de acuerdo a las características culturales, lingüísticas, socio-económicas, geográ fi cas y ambientales de sus usuarios. Además, incorporan sus cosmovisiones y concepciones sobre desarrollo y bienestar, así como sus expectativas de servicio, de acuerdo a los estándares internacionales de derechos humanos Servicios públicos libres de discriminación Servicios públicos que brindan trato igualitario y de respeto a todas las personas independientemente de sus características Variable étnicaUna variable hace referencia a una serie de características que describen a una población y que permite distinguir a un grupo de personas de otro en función de grupo étnico-cultural. Esta se traduce en características tales como costumbres, tradiciones, fi estas, expresiones artísticas, actividades económicas, idioma u otros relacionados, de un conjunto de personas. En la práctica, la variable étnica debe abordar por lo menos dos preguntas, la lengua materna y la pertenencia étnica. 2288268-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Ordenanza que aprueba la rectificación del plano de zonificación del distrito de Pachacámac ORDENANZA N° 2620 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA POR CUANTO: El Concejo Metropolitano de Lima, en sesión ordinaria de la fecha; Estando a lo expuesto, en uso de las facultades conferidas en los artículos 9 y 41 de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972; de conformidad con lo opinado por la Comisión Metropolitana de Desarrollo Urbano, Vivienda y Nomenclatura, en su Dictamen N° 040-2024-MML-CMDUVN; el Concejo Metropolitano de Lima por unanimidad y con dispensa del trámite de aprobación del acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA RECTIFICACIÓN DEL PLANO DE ZONIFICACIÓN DEL DISTRITO DE PACHACÁMAC Artículo Primero.- Aprobar la recti fi cación del plano de zoni fi cación del distrito de Pachacámac, de Otros Usos-Zona Arqueológica (OU-ZA) a Agrícola (A), de las parcelas conformadas por las unidades catastrales N° 07335 y N° 016033, inscritas en las partidas registrales N° PO3157715 y N° PO3157716, en el Sector de Manchay Bajo, distrito de Pachacámac, provincia y departamento de Lima; haciendo extensivo de o fi cio, la recti fi cación de zoni fi cación de su entorno califi cado como OU-ZA a Agrícola (A) en el Sector Manchay Bajo, manteniendo la cali fi cación OU-ZA en las zonas arqueológicas monumentales: Manchay Bajo (Resolución Directoral N°000145-2021-DGPA/MC),