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45 NORMAS LEGALES Miércoles 6 de noviembre de 2024 El Peruano / • Viáticos por 9 días para 2 personas (c/persona US$ 3,240.00 incluidos gastos de instalación): US$ 6,480.00 TOTAL :US$ 8,538.10 Artículo 3.- Disponer que los citados comisionados, dentro de los quince (15) días calendario posteriores a su retorno, presenten ante el Titular de la entidad, con copia a la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2341060-1 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Asignan a diversos servidores públicos la función de verificación de la condición del asegurado y de las entidades empleadoras de trabajadores del hogar RESOLUCIÓN DE GERENCIA CENTRAL DE SEGUROS Y PRESTACIONES ECONÓMICAS N° 00043- GCSPE-ESSALUD -2024 Lima, 4 de noviembre del 2024 VISTOS: La Nota N°00000079-2024-GASV-GCSPE/ESSALUD de fecha 31 de octubre del 2024, el Informe N°00000039-2024-SGVCA-GASV-GCSPE/ESSALUD-ALFONSO.ZUNIGA, de fecha 30 de octubre del 2024 y el Informe N°00000015-2024-OSPE-JESUS MARIA/ESSALUD, de fecha 09 de setiembre del 2024, Nota N° 00000042-2024-GASV- GCSPE/ESSALUD, de fecha 9 de julio de 2024, y el Informe N° 00000006-2024-SGVCA-GASV-GCSPE/ESSALUD-ALFONSO.ZUÑIGA, de fecha 16 de abril de 2024, mediante los cuales se informa la situación actual de los veri fi cadores de la condición del asegurado y de las entidades empleadoras de trabajadores del hogar en el ámbito nacional; CONSIDERANDO: Que, el artículo 1° de la Ley N° 29135 “Ley que establece el porcentaje que deben pagar EsSalud y la O fi cina de Normalización Previsional-ONP a la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria –SUNAT, por la recaudación de sus aportaciones, y medidas para mejorar la administración de tales aportes”, faculta a EsSalud para, de o fi cio, ejercer las funciones de verifi cación de la condición de asegurados del Régimen Contributivo de la Seguridad Social en Salud y de otros regímenes administrados por EsSalud, así como de la condición de entidades empleadoras de los trabajadores del hogar; Que, el artículo 6° del Reglamento de la Ley N°29135, aprobado mediante Decreto Supremo N°002-2009-TR, establece que la función de veri fi cación será desempeñada por servidores públicos ingresados por concurso público, los cuales deberán acreditar capacitación en las labores de fi scalización; El artículo 7° del referido Reglamento, establece que los veri fi cadores realizan el procedimiento de veri fi cación dentro de los lineamientos establecidos en el Plan Anual de Veri fi cación y de conformidad con lo establecido en el inciso 1 del artículo 15° de la Ley N°27056, “Ley de Creación del Seguro Social de Salud ESSALUD”; Que, mediante Resolución de Gerencia Central de Aseguramiento N°15-GCASEG-ESSALUD-2009 de fecha 4 de noviembre de 2009, se designó a cincuenta y nueve (59) empleados públicos para que realicen la función de veri fi cadores de las O fi cinas de Aseguramiento en el ámbito nacional; Que, con Resolución de Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas N° 61-GCSPE-ESSALUD-2016, de fecha 28 de octubre 2016, se declaró que setenta y cuatro (74) empleados públicos de las O fi cinas de Seguros y Prestaciones Económicas realizan la función de veri fi cación de la condición del asegurado y de las entidades empleadoras de trabajadores del hogar en el ámbito nacional; Que, con Resolución de Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas N° 73-GCSPE-ESSALUD-2016, de fecha 30 de diciembre 2016, se declaró que sesenta y seis (66) empleados públicos de las Ofi cinas de Seguros y Prestaciones Económicas realizan la función de veri fi cación de la condición del asegurado y de las entidades empleadoras de trabajadores del hogar en el ámbito nacional, adecuando la función de los verifi cadores y auditores administrativos al nuevo modelo organizacional y de control de las fi ltraciones establecido; Que, con Resolución de Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas N° 28-GCSPE-ESSALUD-2017, de fecha 30 de diciembre 2016, se declaró que treinta y siete (37) empleados públicos de las Ofi cinas de Seguros y Prestaciones Económicas realizan la función de veri fi cación de la condición del asegurado y de las entidades empleadoras de trabajadores del hogar en el ámbito nacional, adecuando la función de los verifi cadores y auditores administrativos al nuevo modelo organizacional y de control de las fi ltraciones establecido; Que, con Resolución de Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas N° 34-GCSPE-ESSALUD-2023 de fecha 24 de julio de 2023, modi fi cada con Resolución de Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas N° 41-GCSPE-ESSALUD-2023 de fecha 6 de setiembre de 2023, se designó a tres (3) empleados públicos para desempeñar las funciones de veri fi cación de la condición del asegurado y de las entidades empleadoras de trabajadores del hogar en el ámbito nacional; Que, con Resolución de Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas N° 00000002-2024-GCSPE/ESSALUD de fecha 26 de febrero del 2024, se designó a un (1) empleada pública para desempeñar las funciones de veri fi cación de la condición del asegurado y de las entidades empleadoras de trabajadores del hogar en el ámbito nacional; Que, por Resolución de Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas N° 00019-2024-GCSPE/ESSALUD de fecha 29 de mayo del 2024, se designó a un (1) empleado público para desempeñar las funciones de veri fi cación de la condición del asegurado y de las entidades empleadoras de trabajadores del hogar en el ámbito nacional; Mediante Resolución de Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas N°00019-2024-GCSPE/ESSALUD de fecha 29 de mayo del 2024, se designó a un (1) empleado público para desempeñar las funciones de veri fi cación de la condición del asegurado y de las entidades empleadoras de trabajadores del hogar en el ámbito nacional; Que, en mérito a la Nota N° 00000042-2024-GASV- GCSPE/ESSALUD, de fecha 9 de julio de 2024, y el Informe N° 00000006-2024-SGVCA-GASV-GCSPE/ESSALUD-ALFONSO.ZUÑIGA, de fecha 16 de abril de 2024; mediante Resolución de Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas N° 00027-GCSPE- ESSALUD-2024, se asignó a treinta y cinco (35) servidores públicos la función de veri fi cación de la condición del asegurado y de las entidades empleadoras de trabajadoras del hogar en el ámbito nacional; La Gerencia de Auditoría de Seguros y Veri fi cación informa que de las resoluciones de Gerencia Central de Seguros y Prestaciones Económicas citadas en los considerandos precedentes, se tiene que a la fecha contamos con ciento dos (102) veri fi cadores con