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18 NORMAS LEGALES Martes 19 de noviembre de 2024 El Peruano / Que, con Memorando Nº 2452-2024-ITP/OA de fecha 22 de octubre de 2024, sustentado en el Informe Nº 3341-2024-ITP/OA-UFABAST del Coordinador de la Unidad Funcional de Abastecimiento y el Informe Nº 0401-2024-ITP/OA-ABAST-CP del responsable de Control Patrimonial, la Ofi cina de Administración señaló que ha revisado los registros de los activos (valor adquirido, depreciación anual y vida útil), por lo que los valores de los activos se encuentran conforme a los registros en el Módulo SIGA Patrimonio y que a su vez se encuentran conciliados con contabilidad; Que, con Memorando Nº 2458-2024-ITP/OA de fecha 22 de octubre de 2024, sustentado en el Informe Nº 3375-2024-ITP-OA-UFABAST, la Ofi cina de Administración señaló que se han validado los costos de materiales fungibles, materiales no fungibles y servicios de la propuesta de servicios tecnológicos del CITEpesquero Piura, además estos corresponden a compras de bienes y servicios realizados por el ITP; Que, con Memorando Nº 6737-2024-ITP/OPPM, sustentado en el Informe Técnico Nº 0067-2024-ITP/MODERNIZACIÓN, ambos de fecha 23 de octubre de 2024, la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización emitió opinión favorable a la propuesta de tres (03) servicios tecnológicos a ser incluidos en el Tarifario del CITEpesquero Piura, por lo que recomendó modifi car el tarifario aprobado mediante Resolución Ejecutiva Nº 0088-2023-ITP/DE y modifi catoria compuesto por diecisiete (17) servicios tecnológicos, los cuales formarían parte del nuevo Tarifario del CITEpesquero Piura integrado por veinte (20) servicios tecnológicos y sus respectivas Notas; Que, en el numeral 3.4 del Informe Técnico Nº 0067- 2024-ITP/MODERNIZACION, la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización señaló que el CITEpesquero Piura en cumplimiento a lo establecido en el Instructivo SISTAR, realizó el registro del catálogo de servicios tecnológicos y la elaboración del costeo de la propuesta de tarifario de los servicios tecnológicos en el Módulo del Sistema de Gestión Tarifarios - SISTAR, módulo del SSIPRO, por lo que se generó en el SISTAR el expediente Nº PESQPIURA000000032024. Asimismo, la propuesta de inclusión de tres (03) servicios tecnológicos cuenta con la validación de la estructura de costos por parte de la Ofi cina de Administración y la Ofi cina de Gestión de Recursos Humanos de conformidad con el Instructivo Nº INST-001-2024-ITP/DE; Que, mediante Informe Nº 0526-2024-ITP/OAJ de fecha 5 de noviembre de 2024, la Ofi cina de Asesoría Jurídica opinó que corresponde la modifi cación del tarifario vigente del CITEpesquero Piura aprobado mediante la Resolución Ejecutiva Nº 0088-2023-ITP/DE; a fi n de incluir tres (3) servicios tecnológicos al mencionado Tarifario y modifi car las Notas Nº 2 al Nº 7, el cual estaría fi nalmente conformado por veinte (20) servicios tecnológicos a ser brindados por el mencionado CITE y sus respectivas Notas; Con los vistos de la Secretaría General, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, de la Ofi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Dirección de Estrategia, Desarrollo y Fortalecimiento de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica, en lo que corresponde a sus competencias; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 92, modifi cado por el Decreto Legislativo Nº 1451 que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); el Decreto Legislativo Nº 1228, Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE; Decreto de Urgencia Nº 013- 2020, que promueve el fi nanciamiento de la MIPYME, Emprendimientos y Startups; el Decreto Supremo Nº 004-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo de Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE; Decreto Supremo Nº 005-2016-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); SE RESUELVE: Artículo 1°.- Modifi car la Resolución Ejecutiva Nº 0088-2023-ITP/DE que aprueba el “Tarifario de Servicios Tecnológicos del Centro de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica Pesquero Piura - CITEpesquero Piura”, modifi cada por Resolución Ejecutiva Nº 0202-2023-ITP/DE, a fi n de incorporar tres (3) servicios tecnológicos al tarifario y modifi car las Notas Nº 2 al Nº 7, quedando este conformado por veinte (20) servicios tecnológicos detallados en el Anexo con sus respectivas Notas, el cual es publicado en la Sede Digital del Instituto Tecnológico de la Producción, parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- Disponer que la Ofi cina de Tecnologías de la Información en aplicación del artículo 1 de la presente Resolución y en coordinación con los órganos correspondientes, realice las acciones para la actualización del Sistema de Servicios de Innovación Productiva del ITP - SSIPRO para la aplicación de los esquemas promocionales a los servicios tecnológicos, conforme a la versión 3 de la Directiva Nº 002-2021-ITP/ DE, así como en el módulo de sistema de gestión de tarifarios del SSIPRO, según corresponda. Artículo 3°.- Disponer que la Ofi cina de Tecnologías de la Información publique la presente Resolución y su Anexo en la Sede Digital del Instituto Tecnológico de la Producción (https://www.gob.pe/itp), en la misma fecha de publicación de la presente Resolución en el diario ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALBERTO DANTE MAURER FOSSA Director Ejecutivo Instituto Tecnológico de la Producción 2344882-1 SALUD Designan Jefe de Equipo II de la Unidad de Administración del Instituto Nacional de Salud del Niño - San Borja RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 000228-2024-DG- INSNSB San Borja, 15 de noviembre de 2024VISTO: El expediente SCDG-D20240012248, sobre la propuesta al cargo de Jefe(a) de Equipo II de la Unidad de Administración del Instituto Nacional de Salud del Niño - San Borja, y; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Nacional de Salud del Niño - San Borja es un órgano desconcentrado especializado del Ministerio de Salud - MINSA, que según Manual de Operaciones, aprobado mediante Resolución Ministerial N° 512-2014/ MINSA, modifi cado mediante Resolución Directoral N° 123-2017/INSN-SB, tiene como misión brindar atención altamente especializada en cirugía neonatal compleja, cardiología y cirugía cardiovascular, neurocirugía, atención integral al paciente quemado y trasplante de médula ósea y, simultáneamente realiza investigación y docencia, proponiendo el marco normativo de la atención sanitaria compleja a nivel nacional; Que, de conformidad a lo establecido en el numeral 13.1 literal a) del artículo 13° de la Resolución Ministerial N° 001-2024/MINSA, de fecha 3 de enero del 2024, que delega durante el Año Fiscal 2024 a los Directores de Institutos Nacionales Especializados y Directores de Hospitales del Ministerio de Salud la facultad de emitir actos resolutivos sobre acciones de personal siendo una de ellas: Designación en cargo de confi anza o de libre designación; Que, el numeral II.2.1 del Manual de Operaciones del INSNSB, aprobado por Resolución Ministerial N°