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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (20/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 188

TEXTO PAGINA: 187

187 NORMAS LEGALES Miércoles 20 de noviembre de 2024 El Peruano / TÍTULO VI DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS MODIFICATORIAS Primera.- APROBAR el Procedimiento Administrativo para la ¨Autorización municipal temporal para el expendio de dulces tradicionales en la vía pública¨, correspondiente a la Gerencia de Desarrollo Económico y Licencias y que se incorpora al Texto Único del Procedimiento Administrativo (TUPA) vigente aprobado con Ordenanza Nº 493-MVES, conforme al Anexo 01 de la presente Ordenanza, así como aprobar el Anexo 02 (Solicitud de Declaración Jurada) que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Segunda.- MODIFICAR el numeral 40.34 del artículo 40º de la Ordenanza Nº 479-MVES, Ordenanza que modifi ca la Estructura Orgánica de la Municipalidad Distrital de Villa el Salvador y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), con enfoque de Gestión de Resultados de la Municipalidad Distrital de Villa el Salvador, aprobado con Ordenanza Nº 369-MVES, quedando de la siguiente manera: 40.34 Otorgar Licencia de funcionamiento, autorización de funcionamiento temporal, acondicionamiento, cambio y ampliación de giro, cese y/o cierre a establecimientos comerciales, profesionales e industriales; así como, brindar la autorización para espectáculos públicos deportivos y no deportivos con fi nes culturales y artísticos. Tercera.- INCORPORAR al Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas - CUIS del Régimen de Aplicaciones y Sanciones Administrativas - RAS de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, aprobado con Ordenanza Nº422-MVES, las infracciones, sanciones y medidas complementarias establecidas en el Anexo 03 de la presente Ordenanza. TÍTULO VII DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES Primera.- DISPONER que la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador, en aplicación de la Ley Nº 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, vigilará el cumplimiento de la presente norma; asimismo velará por el cuidado del Comerciante de la tercera edad. Segunda.- DISPONER que el comerciante autorizado para la preparación o venta de dulces tradicionales, portará permanentemente un carnet de identifi cación, otorgado por la asociación y/o organización, de pertenecer a alguna de ellas. Tercera.- ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Económico y Licencias , así como a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, a la Subgerencia de Salud, Sanidad y Bienestar Social (DEMUNA, OMAPED y CIAM) y a la Subgerencia de Fiscalización Administrativa, el cumplimiento de lo establecido en la presente Ordenanza. Cuarta.- ENCARGAR a la Ofi cina de Secretaria General la publicación de la presente Ordenanza y su Anexo 3 en el Diario Ofi cial El Peruano, y su Anexo 1 y 2 en el Portal Web del Diario ofi cial El Peruano y a la Unidad de Desarrollo Tecnológico su publicación en el Portal de Transparencia de la Municipalidad Distrital de Villa El Salvador (www. munives.gob.pe); así como su publicación a través de la Plataforma Única para la orientación al ciudadano del Estado Peruano (www.gob.pe). Quinta.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GUIDO IÑIGO PERALTA AlcaldeANEXO 03 EXPENDIO DE DULCES TRADICIONALES EN LA VÍA PÚBLICA CÓDIGO INFRACCIÓN % UITSUJETO A BENEFICIOMEDIDA COMPLE- MENTARIA 01-237Por instalar un módulo en la vía pública y ejercer el comercio sin autorización municipal.100% Si Retención 01-238Por no respetar su ubi- cación temporalmente asignada y/o no respetar el horario otorgado por la Autoridad Municipal50% SiRetención / Revoca- toria de Autorización Municipal 01-239Por no conservar las características del módulo autorizado 40% Si 01-240Por no mantener limpia la zona de trabajo para la preparación o venta de dulces tradicionales20% No 01-241Por exhibir publicidad sin autorización en el módulo de la zona de trabajo autorizado20% No 01-242Por realizar conexiones clandestinas de algún suministro de servicio público50% Si 01-243Por no usar el uniforme reglamentario ni man-tener el necesario aseo personal20% No 01-244Por colocar cualquier tipo de material, sobre el techo, debajo o alrede-dor del módulo30% Si 01-245Comercializar bebidas alcohólicas,fármacos o estupefaci-entes en elinterior o alrededor del módulo.70% No Decomiso 01-246Por realizar la venta en más de un módulo20% No 01-247Arrendar, transferir y/o vender el módulo una vez otorgada la Autor-ización Municipal.50% No Retención 01-248Desarrollar una actividad distinta a la autorizada.50% Si Retención 01-249Por no respetar el horario autorizado y establecido en la Autor-ización Municipal50% Si Retención 01-250Por no ser titular autor- izado en el desarrollo de la actividad50% Si 01-251Por vender y/o comercializar productos autorizados fuera del módulo; así como, colo-car sombrillas, bancos, cajas u otros recipientes conteniendo o exhibien-do mercadería.50% No * El TUPA se publica en la página WEB del Diario Oficial El Peruano, sección Normas Legales. 2343474-1