Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2024 (27/11/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 93

93 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de noviembre de 2024 El Peruano / Preparatoria del distrito de Los Órganos, provincia de Talara, hacia el distrito de Máncora de la misma provincia; así como las fechas en las cuales realizaron dicha labor. b) Que el presidente de la Corte Superior de Justicia de Sullana disponga las acciones pertinentes para elevar el bajo nivel resolutivo del Juzgado Mixto Permanente del distrito y provincia de Ayabaca por haber obtenido, al mes de setiembre de 2024, un avance de meta del 65%, porcentaje inferior al avance ideal del 73%, el cual debió presentar a dicho mes. Artículo Vigesimoquinto.- Disponer que el 3° Juzgado de Paz Letrado Civil Permanente de la provincia de Coronel Portillo, Corte Superior de Justicia de Ucayali, redistribuya de manera equitativa y aleatoria hacia el 1° y 2° Juzgados de Paz Letrados Laborales Permanentes de la misma provincia y Corte Superior, todos los expedientes físicos en etapa de trámite que no se encuentren expeditos para sentenciar al 31 de diciembre de 2024; así como toda la carga que tenga en las etapas de califi cación y ejecución, correspondientes a la especialidad laboral, lo cual deberá informarse al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en un plazo no mayor a treinta días calendario. Artículo Vigesimosexto.- Recordar que en los informes de las presidencias de las Cortes Superiores de Justicia, remitidos al presidente de la Comisión Nacional de Productividad Judicial, que sustentan la ampliación de la labor de itinerancia de sus órganos jurisdiccionales, deberán consignar las fechas en las cuales se efectuó dicha itinerancia; así como la cantidad de expedientes resueltos en dicha labor. Artículo Vigesimosétimo.- Disponer que en las propuestas de redistribución de expedientes que efectúen las presidencias de las Cortes Superiores de Justicia a la Comisión Nacional de Productividad Judicial, deben precisar si los expedientes judiciales a redistribuir son físicos o son expedientes judiciales electrónicos, para lo cual, en este último caso, las propuestas de redistribución deberán efectuarlas con conocimiento de la Secretaría Técnica de la Comisión de Trabajo del Expediente Judicial Electrónico. Artículo Vigesimoctavo.- Disponer que los gastos que se generen por la ampliación de las labores de itinerancias, dispuestas en los artículos segundo, cuarto, quinto, duodécimo, decimoquinto, decimonoveno, vigésimo, vigesimosegundo y vigesimotercero de la presente resolución administrativa, sean fi nanciados en su totalidad con cargo a las partidas presupuestarias asignadas a sus respectivas Cortes Superiores de Justicia. Artículo Vigesimonoveno.- Notifi car la presente resolución a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Equipo Técnico Institucional de Implementación de Nueva Ley Procesal del Trabajo, Ofi cina de Productividad Judicial, Cortes Superiores de Justicia de Cusco, Huánuco, Junín, Lambayeque, Lima Sur, Loreto, Moquegua, Puno, Sullana y Ucayali; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.JAVIER ARÉVALO VELA Presidente 2348059-1 ORGANISMOS AUTÓNOMOS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Autorizan viaje de docentes de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno para participar en evento a realizarse en Guatemala Universidad Nacional del Altiplano - Puno RESOLUCIÓN RECTORAL N° 2588-2024 -R-UNA Puno, 18 de setiembre del 2024VISTOS: El OFICIO N° 1020-2024-D-FCS-UNA (28-08-2024), cursado por el Decano de la Facultad de Ciencias Sociales de esta Casa Superior de Estudios; y, el MEMORÁNDUM N° 996-2024-SG-UNA-PUNO (17-09-2024) emitido por Secretaría General – UNA-PUNO, referidos al requerimiento y aprobación de autorización de viaje a la Ciudad de Guatemala, de las docentes: Dra. LUZ EGIDIA ARCAYA CHAMBILLA y M.Sc. DELIA CONDORI CHURA, de la Escuela Profesional de Turismo; con fi nes de participación en evento de carácter internacional; CONSIDERANDO: Que, la Universidad Nacional del Altiplano – Puno se rige por las disposiciones contenidas en la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y normas administrativas internas; goza de autonomía en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, que debe ser ejercida de acuerdo a lo previsto en el art. 18° de la Constitución Política del Estado y Leyes de la República, para el cumplimiento de los fi nes y objetivos institucionales; asimismo, la Ley N° 31520, Ley que restablece la autonomía y la institucionalidad de las universidades peruanas; Que, la Ley N° 27619, tiene como objetivo regular la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la ley de presupuesto del sector público; y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM mediante el cual se aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; normativa que entre otros, establece que dichas autorizaciones deben ser publicadas en el diario ofi cial El Peruano, con anterioridad al viaje. En cuya observancia, los viajes al exterior de los funcionarios y servidores de las universidades públicas deben ser autorizados mediante Resolución de la más alta autoridad respectiva de la entidad; Que, mediante OFICIO N° 1020-2024-D-FCS-UNA, el Decano de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad Nacional del Altiplano de Puno, hace alcance la RESOLUCIÓN DECANAL N° 860-2024-D-FCS-UNA de fecha 27-08-2024, que otorga licencia con goce de haber desde el 11 al 21 de octubre del 2024 a favor de las docentes de la Escuela Profesional de Turismo: Dra. LUZ EGIDIA ARCAYA CHAMBILLA y M.Sc. DELIA CONDORI CHURA, con fi nes de participación en calidad de PONENTES del XXXIII Congreso de la Confederación Panamericana de Escuelas de Hotelería, Gastronomía y Turismo, CONPEHT, que se desarrollará los días 14 al 18 de octubre 2024, con sede en la Ciudad de Guatemala; Que, la Ofi cina de Asesoría Jurídica ha emitido la OPINIÓN LEGALE N° 782-2024-OAJ-UNA-PUNO, de cuya parte concluyente se tiene que es procedente autorizar el viaje al exterior, materia de la presente, conforme al requerimiento formulado para el efecto, en armonía con la normativa pertinente en vigencia; Que, el art. 93, numeral 93.16 del Estatuto – UNA- PUNO (RAU. N° 008-2023-AU-UNA), establece que son atribuciones del Consejo Universitario, entre otras: “Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del Rector y Vicerrectores, Decanos, Director de la Escuela de Posgrado, docentes, funcionarios y estudiantes; así también recibir los informes correspondientes. ”; Estando a la documentación sustentatoria que forma parte de la presente Resolución; en el marco de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 30220 – Ley Universitaria, el Estatuto y Resolución de Asamblea Universitaria Nº 009-2021-AU-UNA; y, De conformidad con lo aprobado por el Pleno del Honorable Consejo Universitario en Sesión Ordinaria del 16 de setiembre del presente año; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje al exterior, Ciudad de Guatemala - GUATEMALA, a las docentes de