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15 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de noviembre de 2024 El Peruano / así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana”; Que, el artículo 1 de la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que son bienes inmateriales integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación los usos, representaciones, expresiones, conocimientos, técnicas y saberes tradicionales, así como los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales inherentes a ellos. Comprenden además a las lenguas, expresiones orales, música, danzas, fi estas, celebraciones y rituales; asimismo, formas de organización social, manifestaciones artísticas, prácticas medicinales, culinarias, tecnológicas o productivas, entre otras. Agrega la norma que este patrimonio es recreado y salvaguardado por las comunidades, grupos e individuos quienes lo transmiten de generación en generación y lo reconocen como parte de su identidad cultural y social; Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, establece que es función exclusiva de este ministerio realizar acciones de declaración, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC, establece que la Dirección de Patrimonio Inmaterial es la unidad orgánica encargada de gestionar, identifi car, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos, promoviendo la participación activa de la comunidad, los grupos o individuos que crean, mantienen y transmiten dicho patrimonio y de asociarlos activamente en la gestión del mismo. Depende jerárquicamente de la Dirección General de Patrimonio Cultural; Que, mediante el Memorando Nº 000167-2024-DDC PAS/MC, la Dirección Desconcentrada de Cultura de Pasco remite el expediente técnico de declaratoria de Patrimonio Cultural de la Nación del Auquis Danza y/o Awki Danza de las provincias de Pasco y Daniel Alcides Carrión; Que, respecto a la denominación de la danza, en el uso popular, la palabra quechua awki hace referencia a los abuelos, los hombres mayores y, por extensión, a los antepasados, los “gentiles” y los seres sobrenaturales que tienen un rol protector y benefactor en la vida económica y espiritual de una comunidad. Según el diccionario del quechua sureño elaborado por César Itier, este término también hace referencia a una divinidad vinculada a las montañas o cerros, similar al apu o wamani, que se usa especialmente en los andes centro-sur peruanos; Que, en la mayoría de los casos, las comparsas de auquis y/o awkis danza están compuestas por hombres de edades dispersas, entre adultos, jóvenes y niños. Estos se presentan en comparsas que se agrupan en fi las y en parejas. El número de parejas de danzantes que integran la comparsa es variado, puede ir desde seis hasta más de veinte parejas. Excepcionalmente, en el caso del distrito de Huachón, las comparsas de auquis y/o awkis danza son integradas por hombres y mujeres. En los casos donde la interpretación del baile va acompañada de danzantes de pallas, y singularmente en el distrito de Ninacaca las denominadas liwillas, algunos de los pasos permiten la interacción entre auquis y/o awkis y pallas, como ocurre en la comunidad campesina de Quiulacocha y en los distritos de Pallanchacra, Huachón y Santa Ana de Tusi. También es común que se incluya la participación de niños al interior de las comparsas como forma de cultivar la práctica y asegurar su continuidad en futuras generaciones; Que, respecto a los antecedentes históricos de la danza, estos parecen vincularse a la herencia cultural de la civilización yaro, cuyos orígenes se asocian a la expansión de los reinos aymaras que, entre los siglos XII y XIII, terminaron ocupando las zonas altas de los andes centrales. Según Waldemar Espinoza el territorio ocupado por el reino Yaro comprendió las actuales provincias de Pasco y Daniel Alcides Carrión; Que, los estudios etnohistóricos explican la importancia que actividades como la ganadería y la minería han tenido en la vida económica de estas poblaciones asentadas en la ecología de las punas. Así, el término yaro podría traducirse como “tierra alta de varones poderosos”. Los yaros fueron también conocidos como llacuaces que en quechua puede ser traducido como “campestres”, “rústicos”, “los de arriba” y que, por analogía, se refi ere a los hombres de las punas en contraposición a los habitantes de los valles agrícolas. Este hecho parece evidenciar la relación del personaje del auquis y/o awki danza con las montañas protectoras donde pastan los animales y en donde se desarrolla la extracción minera, actividades que pueden identifi carse en los atributos que presenta la indumentaria del danzante; Que, en la memoria local pasqueña, el personaje del auquis y/o awki danza se vincula a las ritualidades asociadas al culto a las montañas protectoras o jircas y a prácticas tales como la ganadería y el chaco (la cacería ritualizada de vicuñas). Ya en tiempos coloniales, nuevos elementos fueron integrándose a la caracterización del danzante, algunos asociados a elementos de la espiritualidad católica y otros a la extracción aurífera que se desarrolló en la región, defi niendo el estilo de las comparsas, especialmente en relación a los elementos que portan los intérpretes de la danza; Que, si bien el origen de la danza debe asociarse a los espacios festivos del período virreinal, una vez que el personaje del awki prehispánico se hibridó con atributos del catolicismo ibérico introducido en los andes, las más tempranas referencias documentales al auquis y/o awki danza en el departamento de Pasco aparecen en la prensa local de inicios del siglo XX. Aquí se anota que en el pueblo de Chacayán existía la costumbre de presentar disfraces de “Viejo” con motivo de la fi esta de la Natividad, patrona de dicha localidad, lo mismo que en la celebración a la Santa Cruz, en el barrio de Paragsha; Que, en tiempos más recientes, la coreografía, música e indumentaria de la danza se fueron adaptando a las nuevas sensibilidades y el gusto de la población pasqueña. Así, es común ver la interpretación de la danza no solo en espacios festivos tradicionales, sino también en otros escenarios tales como festivales artísticos, embajadas folclóricas, asociaciones de migrantes y concursos de danzas regionales. Lo mismo ha ocurrido con el acompañamiento musical, donde la tinya (tamborcillo) y la quena (pincullo) han sido desplazados por las orquestas musicales profesionales que incluyen intérpretes de violín, arpa, saxofones, tambores y bajos. Estas agrupaciones (orquestas típicas) interpretan un variado repertorio de huaynos y músicas mestizas y son contratadas para las fi estas por los mayordomos de las festividades o por las instituciones organizadoras de los eventos folclóricos y artísticos en el marco de los cuales se representa la danza en cuestión; Que, respecto al ámbito territorial, se evidencia la práctica del auquis y/o awki danza en diversas localidades altoandinas de las provincias de Pasco y Daniel Alcides Carrión. No así en la provincia amazónica de Oxapampa. Se ha identifi cado su práctica en trece pueblos y siete capitales de distrito, además de la ciudad de Pasco (correspondientes a la provincia de Pasco) y cinco pueblos de la provincia de Daniel Alcides Carrión; Que, respecto a los contextos de representación, tradicionalmente, la práctica de la danza se asocia con diversas festividades religiosas, desde fi esta de las cruces, pasando por las pascuas o las fi estas patronales de diversas localidades del departamento. Por ejemplo, en Machcán se practica en la fi esta de San Gregorio (mayo); en el centro poblado de Cajamarquilla (distrito de Yanacancha), en pascua de resurrección; en Ticlacayán se muestra en múltiples momentos (semana santa, fi esta de la cruz y día del campesino); en Chacayán, con motivo de la Virgen María (8 de setiembre); en Yanahuanca, en la fi esta de San Pedro; en V illo y Tambochaca en la fi esta de la santísima trinidad; en Huayllay en la festividad en homenaje al señor de Huayllay (Señor de Shayhuacruz y Santa Cruz de Mesapata en mayo y en el centro poblado de Canchacucho, en homenaje al Sagrado Corazón de Jesús en junio); en Huachón en Semana Santa; en el distrito de Santa Ana de Tusi en la festividad en honor a la venerada madre Santa Ana (julio); en las comunidades del distrito de Pallanchacra se practica en fechas diferentes (en honor a San Miguel Arcángel en Pallanchacra, en