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18 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de noviembre de 2024 El Peruano / de Ticlacayán, a la Municipalidad Distrital de Páucar, a la Municipalidad Distrital de Santa Ana de Tusi, a la Municipalidad Distrital de Vicco y la Municipalidad Distrital de Pallanchacra. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAMER NELSON CHAVEZ ANTICONA Viceministro de Patrimonio Culturale Industrias Culturales 2347247-1 Declaran Patrimonio Cultural de la Nación a la expresión cultural Chakachutay del distrito de Ccatcca, provincia de Quispicanchis, departamento de Cusco RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL N° 000333-2024- VMPCIC/MC San Borja, 22 de noviembre del 2024 VISTOS; el Informe N° 001140-2024-DGPC-VMPCIC/ MC de la Dirección General de Patrimonio Cultural; la Hoja de Elevación N° 000718-2024-OGAJ-SG/MC de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el inciso 1 del artículo 2 de la Convención para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial de la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura – UNESCO, establece que “se entiende por Patrimonio Cultural Inmaterial los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas –junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes– que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Este patrimonio cultural inmaterial que se trasmite de generación en generación es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad, y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana”; Que, el artículo 1 de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, señala que son bienes inmateriales integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación los usos, representaciones, expresiones, conocimientos, técnicas y saberes tradicionales, así como los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales inherentes a ellos. Comprenden además a las lenguas, expresiones orales, música, danzas, fi estas, celebraciones y rituales; asimismo, formas de organización social, manifestaciones artísticas, prácticas medicinales, culinarias, tecnológicas o productivas, entre otras. Agrega la norma que este patrimonio es recreado y salvaguardado por las comunidades, grupos e individuos quienes lo transmiten de generación en generación y lo reconocen como parte de su identidad cultural y social; Que, el literal b) del artículo 7 de la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, establece que es función exclusiva de este ministerio realizar acciones de declaración, protección, conservación, puesta en valor, promoción y difusión del Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 55 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-2013-MC, establece que la Dirección de Patrimonio Inmaterial está encargada de gestionar, identifi car, documentar, registrar, inventariar, investigar, preservar, salvaguardar, promover, valorizar, transmitir y revalorizar el patrimonio cultural inmaterial del país, en sus distintos aspectos, promoviendo la participación activa de la comunidad, los grupos o individuos que crean, mantienen y transmiten dicho patrimonio y de asociarlos activamente en la gestión del mismo. Depende jerárquicamente de la Dirección General de Patrimonio Cultural; Que, la Municipalidad Distrital de Ccatcca de la provincia de Quispicanchi, departamento de Cusco ha promovido la declaración como Patrimonio Cultural de la Nación de la expresión cultural Chakachutay del distrito de Ccatcca; Que, Ccatcca es uno de los doce distritos de la provincia de Quispicanchi en el departamento de Cusco. Su territorio se encuentra localizado al sureste de la región y limita por el oeste, con el distrito de Urcos; por el sur, con los distritos de Quiquijana y Ocongate; por el este, con el distrito de Ccarhuayo y; por el norte, con las provincias de Calca y Paucartambo. Su altura promedio es de 3700 m.s.n.m. y cuenta con un clima frío y seco, propio de las ecorregiones de puna subtropical y serranía esteparia. Según el Censo Nacional de Población, Vivienda y Comunidades Indígenas (INEI, 2017), el distrito de Ccatcca cuenta un total de 14 977 habitantes quienes residen, en su mayoría, en áreas rurales (73,13%); Que, los orígenes históricos del distrito de Ccatcca se remontan a tiempos preincas acorde a los vestigios arqueológicos encontrados en Saywa y Chuñoyoq, correspondientes a estructuras arqueológicas y fragmentos de cerámica que datan del horizonte tardío. Durante el periodo inca, el distrito se posiciona como un importante centro administrativo para el tránsito de productos hacia la selva e intercambios locales. En la Colonia, Ccatcca es descrito como uno de los cuatro curatos de la provincia de Paucartambo. En 1825, durante la época republicana, se le eleva a categoría de distrito y en 1920 pasa a conformar la provincia de Quispicanchi; Que, el Chakachutay del distrito de Ccatcca se desarrolla cada 24 de junio y desempeña un papel fundamental en la renovación de antiguas prácticas y técnicas ancestrales asociadas al uso de fi bras vegetales oriundas del territorio comunal. Durante esta celebración –de corte ritual– se evalúa la resistencia y fuerza de las fi bras vegetales que son utilizadas; de esta forma se asegura que sean lo sufi cientemente robustas. Entre las fi bras comúnmente empleadas se encuentran ramas de arbusto nativo qewña, soguillas de paja variedad q’oya, sogas o lazos de una enredadera nativa denominada tintín, ramas de arbusto nativo lloqe; Que, el Chakachutay es organizado por la Municipalidad Distrital de Ccatcca en coordinación con las juntas directivas comunales para lo cual, en asamblea general, se eligen las autoridades tradicionales de los Chaka varayuq: Chaka alcalde, Chaka mandón y Chaka regidores. Su origen está fuertemente relacionado con la continuidad histórica del sistema de autoridades tradicionales conocidos como varayuq, especialmente en la comunidad campesina de Ccatccapampa; Que, los Chaka varayuq, Chaka mandón y Chaka regidores, al ser elegidos por asamblea comunal, asumen los roles de prestigio de las autoridades tradicionales, donde la reciprocidad se vuelve un elemento cohesionador en la vida comunitaria. De esta forma, se mantienen vigentes los usos y las costumbres en el cumplimiento de las funciones simbólicas que garantizan la capacidad de movilizar a la población para los trabajos requeridos. Las familias campesinas ofrecen su mano de obra, esfuerzo y tiempo y reciben en devolución el mismo servicio cuando asumen el cargo de los Chaka varayuq. Desde el contexto ritual los Chaka varayuq mantienen la vigencia de las autoridades tradicionales, sus estructuras jerárquicas, ritos y formas de gobierno. Así como su rol como interlocutores ante las divinidades andinas y católicas a quienes se les invoca para que intercedan en la buena realización del Chakachutay; Que, con relación a los preparativos del Chakachutay, el expediente menciona que un elemento primordial es la recolección, el secado y trenzado de las fi bras vegetales del lloqe y qewña. Las ramas de estos arbustos se extraen en el territorio distrital y la cantidad se encuentra sujeta al número de familias que reside en cada comunidad; el número de ramas puede variar entre cuarenta y cien, de acuerdo con la dimensión proyectada del trenzado de la chaka. Posteriormente, las familias realizan el secado al sol de las ramas en el patio de sus viviendas,