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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (01/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 72

72 NORMAS LEGALES Martes 1 de octubre de 2024 El Peruano / Dado, en la Sede del Consejo Regional de Loreto, sito en Calle Putumayo Nº 501, a los veinticinco días del mes de setiembre del año dos mil veinticuatro. MARCO ANTONIO CAMONES MENDOZA Consejero Delegado POR TANTO: De conformidad con lo establecido en los artículos 16º, 21º inciso o), 37º inciso a) y 38º de la Ley No. 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, las leyes No. 27902, 28013, 28926, 28961, 28968 y 29053, concordante con el inciso a) y o) del artículo 8 del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional de Loreto, aprobado mediante Ordenanza Regional No 004-2022-GRL-CR de fecha 11 de marzo del 2022. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE RENE CHAVEZ SILVANO Gobernador Regional 2329640-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Ordenanza que prorroga el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 500/MDSM ORDENANZA Nº 502/MDSM San Miguel, 20 de setiembre de 2024 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL POR CUANTO:El Concejo Municipal, en sesión ordinaria celebrada el 20 de agosto de 2024; VISTOS, el Memorando Nº 907-2024-GM/MDSM emitido por la Gerencia Municipal, el Informe Nº 268-2024- OAJ/MDSM emitido por la O fi cina de Asesoría Jurídica, el Memorando Nº 1194-2024-OATF/MDSM emitido por la O fi cina de Administración Tributaria y Fiscalización, el Informe Nº 1140-2024-URTCD-OATF/MDSM emitido por Unidad de Registro Tributario y Control de la Deuda, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con los artículos 194º y 195º de la Constitución Política del Perú y el artículo II de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, mediante Ordenanza Nº 500/MDSM se aprobaron diversos bene fi cios tributarios a los contribuyentes del distrito con la fi nalidad de coadyubar al cumplimiento de metas y asignación condicionada de recursos del Programa de Incentivos a la Mejora de la Gestión Municipal (PI) del año 2024 Tramo II; Que, la O fi cina de Administración Tributaria y Fiscalización con el documento del visto, traslada el pedido de la Unidad de Registro Tributario y Control de la Deuda en el que se precisa que muchos contribuyentes han solicitado la ampliación del plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 500/MSD alegando diversos factores que les impiden realizar sus pagos durante su vigencia. Asimismo; precisa, que para efectos de la fi scalización tributaria resulta conveniente ampliar dicho plazo, toda vez que con ello se incentivará a más contribuyentes, en los casos de omisión o subvaluación, la regularización de la presentación de la declaración del Impuesto Predial y por tanto el pago oportuno del mismo de forma voluntaria; Que, constituye política de esta entidad municipal, brindar facilidades a los contribuyentes para el cumplimiento de obligaciones de naturaleza tributaria, así como incentivar el pago voluntario de los mismos; Que, estando a lo expuesto por la O fi cina de Administración Tributaria y Fiscalización y con la opinión favorable de la O fi cina Asuntos Jurídicos mediante los documentos de vistos de la presente ordenanza y en uso de las facultades conferidas por el artículo 74º de la Constitución Política del Perú, así como el numeral 8) del artículo 9º y del artículo 40º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, la Norma IV del Título Preliminar y los artículos 40º y 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, el Concejo Municipal con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE PRORROGA EL PLAZO DE VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 500/MDSM Artículo 1º.- Prorrogar hasta el 31 de octubre el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº 500/MDSM. Artículo 2º.- Encárguese a la O fi cina de Administración Tributaria y Fiscalización a través de las Unidades de Registro Tributario y Control de la Deuda y Fiscalización Tributaria, a la O fi cina de Ejecución Coactiva, a la Unidad de Calidad de Servicios, a la O fi cina de Administración y Finanzas a través de la Unidad de Tesorería el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo 3º.- Encargar a la O fi cina de Imagen Institucional la adecuada difusión, en los canales o fi ciales de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. EDUARDO BLESS CABREJAS Alcalde 2327803-1 USO DEL SISTEMA PGA PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos Constitucionales Autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus dispositivos legales en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, tienen a su disposición el Portal de Gestión de Atención al Cliente PGA , plataforma virtual que permite tramitar sus publicaciones de manera rápida y segura. Solicite su usuario y contraseña a través del correo electrónico normaslegales@ editoraperu.com.pe. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES