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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (04/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 70

70 NORMAS LEGALES Viernes 4 de octubre de 2024 El Peruano / y necesidades de la sociedad para considerarlas en su presupuesto y promover su ejecución a través de programas y proyectos prioritarios, de modo que les permita alcanzar los objetivos estratégicos de desarrollo humano, integral y sostenible. Asimismo, optimizar el uso de los recursos a través de un adecuado control social de las acciones públicas; Que, el artículo 8°° de la Ley N° 28056, Ley Marco del Presupuesto Participativo indica que los gobiernos locales, para efecto del proceso de programación participativa del presupuesto, toman como base, de acuerdo a su ámbito territorial, el plan de desarrollo concertado, según corresponda, los cuales constituyen instrumentos orientadores de su inversión, asignación y ejecución de los recursos, así como de la gestión individual y colectiva, tanto de las organizaciones sociales como de los organismos e instituciones públicas o privadas promotoras del desarrollo; Que, de acuerdo con el artículo 4, literal c) del Decreto Supremo N° 142-2009-EF, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo, señala que uno de los objetivos del presupuesto participativo es comprometer a la sociedad civil en las acciones a desarrollar para el cumplimiento de los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado, creando conciencia respecto de los derechos y obligaciones que los ciudadanos tienen como contribuyentes y como actores en la implementación de las acciones del Estado y la sociedad en su conjunto; Que, el numeral 7.3) del artículo 7° del Reglamento de la Ley N° 28056 preceptúa que el gobierno local convoca a la población organizada a participar en el proceso del presupuesto participativo, haciendo uso de los medios de comunicación más adecuados, a fi n de garantizar una correcta y e fi ciente comunicación con los agentes participantes, disponiendo además que los gobiernos locales reglamentan el desarrollo del proceso, para facilitar su participación; Que, el cardinal 1.3, numeral 1) del capítulo II del Instructivo N° 001-2010-EF/76.01, “Instructivo para el proceso del presupuesto participativo basado en resultados”, sanciona que, en la fase de convocatoria, el gobierno local, en coordinación con su Consejo de Coordinación Local Distrital convoca a la población organizada a participar en el proceso del presupuesto participativo, a fi n de garantizar una correcta y e fi ciente comunicación con los agentes participantes. Asimismo, el acotado numeral establece que, antes del inicio de las acciones de comunicación, sensibilización, convocatoria, identi fi cación y capacitación de los agentes participantes, es necesaria la aprobación de la ordenanza que reglamenta el proceso del presupuesto participativo del año fi scal, la misma que precisa el cronograma del proceso, la conformación del equipo técnico y los mecanismos de registro de los agentes participantes, entre otros que considere el pliego; Que, de acuerdo con los artículos 103° y 104°, numeral 1), de la Ley N° 27972, es función del Consejo de Coordinación Local Distrital, entre otras, coordinar y concertar el Presupuesto Participativo Distrital, para lo cual, en sesión ordinaria, este colegiado propone el Presupuesto Participativo Distrital; Que, a través de la Resolución de Gerencia Municipal N° 356-2024-GM/MDVMT, de fecha 08 de agosto de 2024, se conformó el Equipo Técnico Municipal para el proceso del Presupuesto Participativo Basado en resultados para el año fi scal 2025 del distrito de Villa María del Triunfo; Que, en Merito al Acta de Reunión del Equipo Técnico Municipal para el proceso del Presupuesto Participativo Basado en resultados para el año fi scal 2025 del distrito de Villa María del Triunfo, realizada el 13 de agosto de 2024, SE ACORDÓ: i) Validar la propuesta del “Reglamento del presupuesto participativo 2025 Basado en resultados en el distrito de Villa María del Triunfo”, ii) Aprobar el cronograma de actividades a efectuase durante el proceso del presupuesto participativo 2025 Basado en resultados en el distrito de Villa María del Triunfo y iii) Convocar a los representantes de la Sociedad civil para presentar la propuesta del “Reglamento del presupuesto participativo 2025 Basado en resultados en el distrito de Villa María del Triunfo”;Que, mediante el Informe N° 023-2024-OPPPMI/ MDVMT, la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones, remite la propuesta del “REGLAMENTO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2025 BASADO EN RESULTADOS EN EL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO” el mismo que consta de cuatro (04) Títulos, trece (13) Capítulos, treinta (30) artículos, seis (06) Disposiciones Complementarias; asimismo remite la propuesta de Ordenanza, ello a fi n de que se tomen las acciones conducentes para su aprobación por el Concejo Municipal; Que, a través del Informe N° 166-2024-OAJ/MDVMT, la O fi cina de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable respecto de la aprobación del proyecto de ordenanza que aprueba el “Reglamento del presupuesto participativo 2025 Basado en resultados en el distrito de Villa María del Triunfo”, por encontrarse ajustado a la normativa vigente de la materia; Que, con el Memorándum N° 687-2024-GM/ MDVMT, la Gerencia Municipal, teniendo en cuenta el pronunciamiento de la O fi cina de Asesoría Jurídica, remite los actuados para la emisión del acto resolutivo correspondiente; Que, por medio del Acuerdo N° 01-2024-CCLD- MDVMT, el Concejo de Coordinación Local Distrital de Villa María del Triunfo, validó por unanimidad el “Reglamento del presupuesto participativo 2025 Basado en resultados en el distrito de Villa María del Triunfo” el mismo que consta de cuatro (04) Títulos, trece (13) Capítulos, treinta (30) artículos, seis (06) Disposiciones Complementarias. Asimismo, validan los Anexos N° 01 y Anexo N° 02 que forman parte integrante del presente Acuerdo. Por lo tanto, acordó elevar el “Reglamento del presupuesto participativo 2025 Basado en resultados en el distrito de Villa María del Triunfo” al Concejo Municipal para su aprobación mediante Ordenanza; Estando a lo expuesto, así como al Acuerdo N° 01-2024-CCLD-MDVMT del Concejo de Coordinación Local Distrital de Villa María del Triunfo, al Dictamen N° 11-2024 de la Comisión de Administración, Rentas, Planeamiento y Presupuesto; y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9° y 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente y, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta aprobó por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL “REGLAMENTO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO 2025 BASADO EN RESULTADOS EN EL DISTRITO DE VILLA MARÍA DEL TRIUNFO” Artículo Primero.- APROBAR el “Reglamento del presupuesto participativo 2025 Basado en resultados en el distrito de Villa María del Triunfo”, el mismo que consta de cuatro (04) Títulos, trece (13) Capítulos, treinta (30) artículos, seis (06) Disposiciones Complementarias; así como los Anexos N° 01 y Anexo N° 02 los mismo que forma parte integrante de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Programación Multianual de Inversiones y demás unidades orgánicas competentes, coordinar y ejecutar las acciones necesarias para garantizar el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- DERÓGUESE cualquier dispositivo municipal que contravenga los establecido en la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la O fi cina de la Secretaría General la publicación del presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano; y a la Unidad de Sistemas y Tecnologías de la Información, la publicación del Texto Íntegro de la presente Ordenanza en el Portal Institucional de la Municipalidad de Villa María del Triunfo: https://www.gob.pe/munivillamariadeltriunfo/ Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. ELOY CHAVEZ HERNANDEZ Alcalde