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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (04/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 66

66 NORMAS LEGALES Viernes 4 de octubre de 2024 El Peruano / para lo cual se deberá adecuar la normativa interna a fi n de proceder a cumplir con lo establecido en la presente ordenanza. Segunda.- La Subgerencia de DEMUNA, OMAPED, Adulto Mayor y Desarrollo Humano y la Subgerencia de Fiscalización y Control, deberán elaborar y solicitar la aprobación de los formatos, diseño de las leyendas para los carteles informativos y protocolo de atención en un plazo máximo de 30 días calendario de la entrada en vigencia de la presente ordenanza. Tercera.- Insertar en el CUIS (Cuadro Único de Infracciones y Sanciones), las infracciones y sanciones estipuladas en el artículo 14° de la presente Ordenanza. Cuarta.- Suspéndase por un plazo de treinta (30) días, a partir de su entrada en vigencia, la aplicación de las infracciones señaladas en la presente ordenanza, con el fi n de que la Subgerencia de DEMUNA, OMAPED, Adulto Mayor y Desarrollo Humano y la Gerencia de Seguridad Ciudadana, en coordinación con la O fi cina de Imagen Institucional realicen las campañas de difusión y sensibilización. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. GEORGE ROBLES SOTO Alcalde 2330144-1 Designan funcionaria responsable de brindar información que se solicite conforme a las disposiciones del Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 149-2024- MDSR Santa Rosa, 13 de setiembre del 2024EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ROSA CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; dicha autonomía radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el artículo 6° de la referida Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N°27972, establece que la Alcaldía es el órgano ejecutivo del Gobierno Local; el Alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa; Que, mediante Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, se promueve la transparencia de los actos del Estado y regula el derecho fundamental del acceso a la información pública consagrado en el numeral 2 del artículo 5° de la Constitución Política del Perú; Que, mediante Decreto Supremo N°021-2019-JUS se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley N°27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, derogándose el anterior Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado por Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM; Que, el artículo 8° del Texto Único Ordenado de la Ley N°27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, aprobado mediante Decreto Supremo N°021- 2019-JUS, establece que las entidades obligadas a brindar información son las señaladas en el artículo 2 de la indicada Ley. Dichas entidades identi fi carán, bajo responsabilidad de su máximo representante, al funcionario responsable de brindar información solicitada en virtud de la citada Ley; Que, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 4° del Reglamento de la Ley de Trasparencia y Acceso a la Información, aprobado por Decreto Supremo N° 072- 2003-PCM, la designación del funcionario responsable de entregar la información se efectuará mediante Resolución de la máxima autoridad de la Entidad, debiendo publicarse en el Diario O fi cial “El Peruano” y colocarse copia de la misma en lugar visible en cada una de sus sedes administrativas; Que, mediante Resolución de Alcaldía N°146- 2024/MDSR del 13 de setiembre del 2024 se encargó la Secretaría General de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, a la Abg. Anita Janeth Chinga Morales, con retención de su actual cargo de Gerente de Asesoría Jurídica de esta corporación municipal; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6 del artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N°27972; RESUELVE: Artículo Primero.- DESIGNAR a la Abg. ANITA JANETH CHINGA MORALES, Secretaria General (e) de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, como funcionaria responsable de brindar la información que se solicite en virtud a las disposiciones contenidas en el Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, Ley N°27806, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2019-JUS, según los considerandos expuestos. Artículo Segundo.- DISPONER que los funcionarios y servidores de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, proporcionen la información y documentación que solicite la funcionaria responsable de brindar la información en virtud de la normativa en mención, dentro de los plazos establecidos en los dispositivos sobre la materia, bajo responsabilidad en caso de incumplimiento. Artículo Tercero.- DEJAR SIN EFECTO cualquier disposición que se oponga a lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Resolución de Alcaldía en el Diario O fi cial “El Peruano”; y a la Subgerencia de Tecnología de la Informática y Comunicación la publicación en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase GEORGE ROBLES SOTO Alcalde 2330140-1 MUNICIPALIDAD DE VILLA EL SALVADOR Ordenanza Juntos por más Obras que establece beneficios tributarios y no tributarios a favor de los contribuyentes y/o administrados del distrito de Villa El Salvador ORDENANZA N° 510-MVES Villa El Salvador, 30 de setiembre del 2024 POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Villa El Salvador, en Sesión Ordinaria de la fecha; y; VISTOS: El Dictamen N° 003-2024-CRAT/MVES de la Comisión de Rentas y Administración Tributaria,