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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (05/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 43

43 NORMAS LEGALES Sábado 5 de octubre de 2024 El Peruano / Que, el numeral 43.1 del artículo 43º de la norma descrita en el párrafo precedente, donde desarrolla lo siguiente: Todas las entidades elaboran y aprueban o gestionan la aprobación, según el caso, de su Texto Único de Procedimientos Administrativos, el cual comprende: 1. Todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer sus intereses o derechos mediante el pronunciamiento de cualquier órgano de la entidad, siempre que esa exigencia cuente con respaldo legal, el cual deberá consignarse expresamente en el TUPA con indicación de la fecha de publicación en el Diario O fi cial. 2. La descripción clara y taxativa de todos los requisitos exigidos para la realización completa de cada procedimiento, los cuales deben ser establecidos conforme a lo previsto en el numeral anterior. 3. La cali fi cación de cada procedimiento según corresponda entre procedimientos de evaluación previa o de aprobación automática. 4. En el caso de procedimientos de evaluación previa si el silencio administrativo aplicable es negativo o positivo. 5. Los supuestos en que procede el pago de derechos de tramitación, con indicación de su monto y forma de pago. El monto de los derechos se expresa publicándose en la entidad en moneda de curso legal. 6. Las vías de recepción adecuadas para acceder a los procedimientos contenidos en los TUPA, de acuerdo a lo dispuesto por los artículos 127 y siguientes. 7. La autoridad competente para resolver en cada instancia del procedimiento y los recursos a interponerse para acceder a ellas. 8. Los formularios que sean empleados durante la tramitación del respectivo procedimiento administrativo, no debiendo emplearse para la exigencia de requisitos adicionales; Que, el numeral 5.2 del artículo 5º de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 005-2018-PCM-SGP, que aprueba los lineamientos y formatos para la elaboración y aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), señala que las entidades de la administración pública deberán modi fi car su TUPA cuando se requiera incorporar procedimientos administrativos y/o servicios prestados en exclusividad al TUPA vigente, debido a la aprobación de una ley, decreto legislativo u otra norma de alcance general que disponga el establecimiento o creación de los procedimientos y/o servicios antes referidos; y en el numeral 17.2.2 del artículo 17º, establece que los proyectos de TUPA de los Gobiernos Regionales, previamente a su aprobación por el Consejo Regional , debe contar con la conformidad de la Gerencia General Regional, para ello la Gerencia de Planeamiento o la que haga sus veces presenta a la Gerencia General Regional el expediente del proyecto de TUPA, remitiendo la documentación establecida; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 056-2021-GRH-CR, publicado en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 24 de marzo de 2021, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), del Gobierno Regional Huánuco, que consta de Trecientos Cuarenta y Cinco (345), Procedimientos Administrativos; Que, a través de la Ordenanza Regional Nº 079-2022-GRH-CR, publicado en el Diario O fi cial El Peruano con fecha 03 de setiembre de 2022, se modi fi ca el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del Gobierno Regional Huánuco, a fi n de incorporar ochenta y siete (87) procedimientos administrativos y eliminar dos (02) procedimientos administrativos y un servicio prestado en exclusividad a cargo de las Direcciones Regionales y Sede Central del Gobierno Regional Huánuco; Que, en fecha posterior a la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la entidad regional, se aprobó el Reglamento de Organización y funciones mediante Ordenanza Regional Nº 013-2023-GRH-CR, el mismo que consta de dos (02) Títulos, siete (07) Capítulos y ciento catorce (114) Artículos y un (01) Organigrama Estructural; Que, según Informe Técnico Nº 0028-2024-GRH- GRPPAT/SGMTD-LAS de fecha 31 de mayo del 2024, la Especialista Administrativo de la Sub Gerencia de Modernización y Transformación Digital, señala que en el marco del Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 013-2023-GRH-CR, se realizaron las siguientes modi fi caciones: i) Actualización de las denominaciones de las unidades de organización competentes para la presentación de la documentación (Solicitud de Tramite), aprobación de la solicitud y la resolución de recursos (Reconsideración y apelación); ii) Reemplazo de veinte (20) procedimientos administrativos por el procedimiento estandarizado de “Acceso a la Información Pública creada u obtenida por la entidad, que se encuentre en su posesión o bajo su control” en el marco del Decreto Supremo Nº 164-2020-PCM; iii) Reemplazo de dieciséis (16) procedimientos administrativos por dieciséis (16) procedimiento estandarizados del sector turismo a cargo de los gobiernos regionales en el marco del Decreto Supremo Nº 184-2021-PCM; y iv) Modi fi cación del plazo para resolver el recurso de reconsideración en los procedimientos administrativos y/o estandarizados de treinta (30) días a quince (15) en el marco de la Ley Nº 31603, Ley que modi fi ca el artículo 207 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; quien, a su vez, recomienda continuar con los trámites administrativos para su aprobación vía Ordenanza Regional; Que, con Informe Nº 394-2024-GRH/GRPPAT de fecha 06 de junio de 2024, el Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, en atención al Informe Nº 277-2024-GRH-GRPPAT/SGMTD, de fecha 05 de junio de 2024, suscrito por la Sub Gerente de Modernización y Transformación Digital, informa las acciones realizadas respecto a la modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Gobierno Regional Huánuco, aprobado con Ordenanza Regional Nº 056-2021-GRH-CR y modi fi cado por Ordenanza Regional Nº 079-2022-GRH- CR en el marco de la implementación del Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 013-2023-GRH-CR; Que, con O fi cio Nº 625-2024-GRH/GGR de fecha 27 de junio de 2024, la Gerente General Regional, remite el Informe Legal Nº 000693-2024-GRH/GRAJ, en el cual se expresa que “Resulta viable la aprobación de la propuesta de aprobación de la modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Gobierno Regional Huánuco, conforme a los fundamentos descritos en los párrafos precedentes y a los informes técnicos de los profesionales que han intervenido en la revisión, evaluación y análisis técnico de los documentos que componen el presente expediente”; dando conformidad al mismo y solicitando al pleno del Consejo Regional su aprobación mediante Ordenanza Regional; Que, a través del Dictamen Nº 040-2024-GRH/ CR-COPPATyAL de fecha 08 de agosto del 2024, la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales, concluye señalando que resulta procedente aprobar la modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Gobierno Regional Huánuco; Que, habiéndose tratado en la Sesión Extraordinaria de Consejo Regional de fecha 20 de agosto de 2024, el Dictamen Dictamen Nº 040-2024-GRH/CR-COPPATyAL de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Presupuesto, Acondicionamiento Territorial y Asuntos Legales. El máximo Órgano Colegiado aprueba el dictamen precitado en los términos expuestos; Que, el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que: “Las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamenta materias de su competencia”; Estando a lo expuesto, conforme a las atribuciones conferidas por la Constitución Política del Estado, la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias; el Reglamento Interno del Consejo Regional Huánuco, aprobado mediante Ordenanza Regional Nº 012-2019-GRH-CR, modi fi cada por Ordenanza Regional Nº 022-2020-GRH-CR, y a lo dispuesto por el Pleno del Consejo Regional, con dispensa de trámite de lectura y aprobación del acta, por UNANIMIDAD, aprueba la siguiente; ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- AP ROBAR, la modi fi cación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA