Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (10/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Jueves 10 de octubre de 2024 El Peruano / Que, a través del Informe Nº 1208-2024-UP- OPYPTO-UNP del 09.Set.2024, suscrito por la Mg. Yurly M. Barco Córdova, Jefa de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto y el Dr. Ernesto Quezada Poicón, Jefe de la Unidad de Presupuesto se otorga cobertura presupuestal para la atención de lo solicitado, de acuerdo al siguiente detalle: RUBRO DE FINANCIAMIENTO00: RECURSOS ORDINARIOS SECCIÓN FUNCIONAL0018 SERVICIOS EDUCACIONALES COMPLEMENTARIOS GENÉRICA DE GASTO2.3. BIENES Y SERVICIOS CLASIFICADOR 2.3.2.1.1.1 $897.11 $463.67 ida y vuelta $433.44 = $897.11*tc.3.79 = S/. 3.400.04Por 2 personasS/. 6,808.08 2.3.2.1.1.2 $370.00*6dias $2,220*tc.3.79 = S/. 8,413.80Por 2 personasS/. 16,827.60 2.3.2.1.2.1 $263.50 $166.07 ida y vuelta $97.43 = $263.50* tc.3.79 = S/.998.67Por 2 personasS/. 1,997.34 MONTO TOTAL S/. 25,633.02 CERTIFICADO 0054RESOLUCIÓN RECTORAL Nº0688-R-2024 (28.08.2024) Que, mediante O fi cio Nº 641-2024-UNP-FCS del 17.Set.2024, el Dr. Rafael Eduardo Gallo Seminario, Decano de la Facultad de Ciencias de la Salud, informa complementariamente lo siguiente: “Con O fi cio Nº 226- EAPE/UNP se alcanza el Acuerdo del Dpto. Académico Materno Perinatal, aprobando la reprogramación de la pasantía a la Universidad de Cundinamarca - Colombia, del 14 al 28 de octubre del 2024, asimismo, se adjunta Declaración Jurada de la docente Irma Cachay Sánchez, quien asumirá la carga Académica de la DRA. BLANCA VICTORIA ABAD DE VITE durante su ausencia. Que, con O fi cio Nº 225-EAPE/UNP, se alcanza el Acuerdo del Dpto. Enfermería del Adulto, en donde se aprueba la reprogramación de la pasantía a la Universidad de Cundinamarca - Colombia, del 14 al 28 de octubre del 2024, asimismo, se adjunta Declaración Jurada de la docente Liliana Zavaleta Vargas, quien asumirá la carga Académica de la MG. PATRICIA ROXANA LONGA ALBERCA durante su ausencia. Igualmente, se adjunta la carta emitida por la Dra. Aurea Carolina Acosta Amaya, Directora del Área Dialogando con el Mundo de la Universidad de Cundinamarca - Colombia, en donde acepta a las docentes antes indicadas en Programa de Movilidad Académica entrante parar la Universidad de Cundinamarca - Colombia. Por lo que solicito se atienda lo solicitado, considerando que la pasantía en mención ya tiene presupuesto otorgado por la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la UNP; Que, con O fi cio Nº 2148-R-UNP-2024 del 23.Set.2024, el señor Rector (e) de la Universidad Nacional de Piura, solicita incluir en agenda de Sesión de Consejo Universitario, el presente expediente; Que, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 174º numeral 174.15 y 174.18 del Estatuto de la Universidad Nacional de Piura, que prescribe dentro de las atribuciones del Consejo Universitario, la siguiente: “174.15 Conceder o ratifi car licencias de autoridades, docentes y personal no docente, por más de tres (03) meses, previo acuerdo favorable del Consejo de Facultades, cuando sea el caso.” , y “174.18 Autorizar los viajes fuera del país en Comisión de Servicio del Rector, Vicerrectores, Decanos, docentes y estudiantes; recibir y evaluar el informe correspondiente.” mediante Sesión Ordinaria Nº 03 del 30.Set.2024, el Consejo Universitario aprobó declarar procedente lo solicitado; Que, la presente Resolución se suscribe en virtud al Principio de Legalidad, por el cual las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que les fueron conferidas; así como al Principio de Buena Fe Procedimental, por el cual la autoridad administrativa, los administrados, sus representantes o abogados y, en general, todos los partícipes del procedimiento, realizan sus respectivos actos procedimentales guiados por el respeto mutuo, la colaboración y la buena fe (...), previstos en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS; Que, de conformidad con el artículo 175º inciso 3) del Estatuto de la Universidad Nacional de Piura, “El Rector es el representante legal de la Universidad y ejerce el gobierno de la misma (...).” Señalando dentro de sus funciones, “inciso 3) Dirigir la actividad académica de la Universidad y su gestión administrativa, económica y fi nanciera (...)” ; Que, estando a lo acordado por el Consejo Universitario en Sesión Ordinaria Nº 03 del 30.Set.2024 y a lo dispuesto por el señor Rector (e), en uso de sus atribuciones legales, con visto de la Unidad de Recursos Humanos, O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, Ofi cina Central de Asesoría Jurídica y Secretaria General; SE RESUELVE:Artículo 1º.- RATIFICAR el Acuerdo de Consejo de Facultad de Ciencias de la Salud, tomado en Sesión Ordinaria de fecha 02.Ago.2024, cuyo tenor es como sigue: “Aprobar por unanimidad solicitar al señor Rector de la Universidad Nacional de Piura, la reprogramación de la fecha de la Pasantía a la Universidad de Cundinamarca - Colombia, de las docentes de la Escuela de Enfermería: Dra. Blanca Abad Quiroga y Mg. Patricia Roxana Longa Alberca, a partir del 14 al 28 de octubre del 2024”. Artículo 2º.- AUTORIZAR EL VIAJE AL EXTERIOR de la Dra. BLANCA VICTORIA ABAD DE VITE, Docente Principal del Departamento de Enfermería Materno Perinatal y la Mg. PATRICIA ROXANA LONGA ALBERCA, Docente del Departamento Académico de Enfermería del Adulto-EAPE-FCS-UNP de la Universidad Nacional de Piura, con el fi n de participar de la Pasantía en la Universidad de Cundinamarca UDEC - Colombia, a partir del 14 al 28 de octubre del 2024. Artículo 3º.- OTORGAR LICENCIA CON GOCE DE HABER, del 14 al 28 de octubre del 2024, a favor de la Dra. BLANCA VICTORIA ABAD DE VITE y la Mg. PATRICIA ROXANA LONGA ALBERCA, conforme a lo señalado en el Artículo 1º de la presente Resolución Rectoral y a lo señalado por el Jefe de la Unidad de Recursos Humanos mediante O fi cio Nº 2673-AE-URH-UNP-2024. Artículo 4º.- AUTORIZAR, a la Unidad de Contabilidad para que, en coordinación con la Unidad de Tesorería y Recursos Humanos, gire a favor de la Dra. BLANCA VICTORIA ABAD DE VITE y la Mg. PATRICIA ROXANA LONGA ALBERCA el monto de S/. 25,633.02 (Veinticinco Mil seiscientos treinta y tres con 02/100 Nuevos Soles), según lo indicado en el Informe Nº 1208-2024-UP-OPYPTTO-UNP y el siguiente detalle: RUBRO DE FINANCIAMIENTO00: RECURSOS ORDINARIOS SECCIÓN FUNCIONAL0018 SERVICIOS EDUCACIONALES COMPLEMENTARIOS GENÉRICA DE GASTO2.3. BIENES Y SERVICIOS CLASIFICADOR 2.3.2.1.1.1 $897.11 $463.67 ida y vuelta $433.44 = $897.11*tc.3.79 = S/. 3.400.04Por 2 personasS/. 6,808.08 2.3.2.1.1.2 $370.00*6dias $2,220*tc.3.79 = S/. 8,413.80Por 2 personasS/. 16,827.60 2.3.2.1.2.1 $263.50 $166.07 ida y vuelta $97.43 =$263.50*tc.3.79 = S/.998.67Por 2 personasS/. 1,997.34 MONTO TOTAL S/. 25,633.02 CERTIFICADO 0054RESOLUCIÓN RECTORAL Nº0688-R-2024 (28.08.2024)