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21 NORMAS LEGALES Jueves 10 de octubre de 2024 El Peruano / Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Helénica, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Arturo Javier Arciniega Calderón; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0084- 2024-RE, se fi jó el 15 de abril de 2024 como la fecha en que el citado funcionario diplomático asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Helénica; Que, mediante Nota Verbal N° 03.05.011.002, de 28 de agosto de 2024, el Ministerio de Relaciones Exteriores de la República de Chipre informó que su gobierno otorgó el beneplácito de estilo al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Arturo Javier Arciniega Calderón, para que se desempeñe como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República de Chipre, con residencia en Atenas, República Helénica; Que, en el numeral 12) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú se establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE; y el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Helénica, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Arturo Javier Arciniega Calderón, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República de Chipre, con residencia en Atenas, República Helénica. Artículo 2.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3.- La presente resolución no irroga gasto alguno al pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2332876-5 Nombran al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Helénica, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República de Albania RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 183-2024-RE Lima, 9 de octubre de 2024VISTOS:La Hoja de Trámite (GAC) N° 4007 del Despacho Viceministerial, de 1 de octubre de 2024; y el Memorándum N° PRO013472024 de la Dirección General de Protocolo y Ceremonial del Estado, de 1 de octubre de 2024; CONSIDERANDO: Que, mediante la Resolución Suprema N° 008-2024- RE, de 29 de enero de 2024, se nombró Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Helénica, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Arturo Javier Arciniega Calderón; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 0084- 2024-RE, se fi jó el 15 de abril de 2024 como la fecha en que el citado funcionario diplomático asumió funciones como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Helénica; Que, mediante Nota N° 12070, de 15 de agosto de 2024, el Ministerio para Europa y Asuntos Exteriores de la República de Albania informó que su gobierno otorgó el beneplácito de estilo al Embajador en el Servicio Diplomático de la República Arturo Javier Arciniega Calderón, para que se desempeñe como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República de Albania, con residencia en Atenas, República Helénica; Que, en el numeral 12) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú se establece la facultad del señor Presidente de la República de nombrar Embajadores y Ministros Plenipotenciarios, con aprobación del Consejo de Ministros, con cargo a dar cuenta al Congreso de la República; De conformidad con la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE; y el Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Artículo 1.- Nombrar al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en la República Helénica, Embajador en el Servicio Diplomático de la República Arturo Javier Arciniega Calderón, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante la República de Albania, con residencia en Atenas, República Helénica. Artículo 2.- Extenderle las Cartas Credenciales y Plenos Poderes correspondientes. Artículo 3.- La presente resolución no irroga gasto alguno al pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Artículo 4.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Regístrese, comuníquese y publíquese.DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2332876-6 Nombran al Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú en el Reino de España, para que se desempeñe simultáneamente como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario del Perú ante el Principado de Andorra RESOLUCIÓN SUPREMA N° 184-2024-RE Lima, 9 de octubre de 2024