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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 30 DE OCTUBRE DEL AÑO 2024 (30/10/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Miércoles 30 de octubre de 2024 El Peruano / VISTO: El Memorando N° 00000597-2024-PRODUCE/ COMPRAS-A-MYPERU y el Informe N° 00000020-2024-PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERU-rmespinoza del Programa Nacional Compras a MYPErú; el Memorando Nº 00001108-2024-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; y el Informe N° 00001181-2024-PRODUCE/OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 00309- 2022-PRODUCE se constituye el Núcleo Ejecutor de Compras (NEC) para al sector productivo de Cuero y Calzado, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1414, Decreto Legislativo que autoriza al Ministerio de la Producción a conformar Núcleos Ejecutores de Compras para promover y facilitar el acceso de las micro y pequeñas empresas a las compras públicas y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-PRODUCE; Que, con Resolución Ministerial N° 000232-2024- PRODUCE, se designa a los representantes, titular y alterno, del Ministerio de la Producción ante el NEC para el sector productivo de Cuero y Calzado; Que, a través del Memorando N° 00001108- 2024-PRODUCE/DVMYPE-I, el Despacho Viceministerial de MYPE e Industria remite el Memorando N° 00000597-2024-PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERU que hace suyo el Informe N° 00000020-2024-PRODUCE/COMPRAS-A-MYPERU-rmespinoza del Programa Nacional Compras a MYPErú, por el cual se propone dar por concluidas las designaciones efectuadas mediante la Resolución Ministerial N° 00232-2024-PRODUCE y designar a los nuevos representantes, titular y alterno, del Ministerio de la Producción ante el NEC para el sector productivo de Cuero y Calzado; Que, en consecuencia, resulta necesario dar por concluidas las designaciones a que se re fi ere la Resolución Ministerial N° 000232-2024-PRODUCE y designar a los nuevos representantes, titular y alterno, del Ministerio de la Producción ante el NEC para el sector productivo de Cuero y Calzado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; el Decreto Legislativo N° 1414, Decreto Legislativo que autoriza al Ministerio de la Producción a conformar Núcleos Ejecutores de Compras para promover y facilitar el acceso de las micro y pequeñas empresas a las compras públicas, y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2019-PRODUCE; y el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción; SE RESUELVE: Artículo 1.- Dar por concluidas las designaciones a que se re fi ere la Resolución Ministerial N° 000232-2024-PRODUCE. Artículo 2.- Designar a los representantes, titular y alterno, del Ministerio de la Producción ante el Núcleo Ejecutor de Compras (NEC) para el sector productivo de Cuero y Calzado, según se detalla a continuación: - Representante Titular: FELIX VLADIMIR CONTRERAS ARONES, Coordinador General del Núcleo Ejecutor de Compras para el Programa Nacional Compras a MYPErú, quien desempeñará el cargo de Presidente. - Representante Alterno : JORGE LUIS JULCA ROSALES. Artículo 3.- Publicar la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de la Producción (www.gob.pe/produce), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. SERGIO GONZALEZ GUERRERO Ministro de la Producción 2339252-1Aprueban el Reglamento Operativo del Instrumento de Servicios No Financieros denominado “Programa de Apoyo a la Internacionalización – PAI” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 000435-2024- PRODUCE Lima, 29 de octubre de 2024 VISTOS: El O fi cio N° 1647-2024-EF/13.01 del Ministerio de Economía y Finanzas; la Sesión N° 21 (Virtual) del Comité de Dirección MIPYME Emprendedor; la Carta N° 000010-2024-COFIDE/DPRD de la Corporación Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE; el Informe N° 00000115-2024-PRODUCE/DIF. de la Dirección de Instrumentos Financieros de la Dirección General de Desarrollo Empresarial; el Memorando N° 00000859-2024-PRODUCE/DVMYPE-I del Despacho Viceministerial de MYPE e Industria; y el Informe N° 00001183-2024-PRODUCE/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO:Que, mediante el numeral 30.1 del artículo 30 de la Ley N° 30230, Ley que establece medidas tributarias, simpli fi cación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país, se crea el Fondo MIPYME Emprendedor, que tiene por objeto fi nanciar fondos de garantía o a fi anzamiento para empresas del sistema fi nanciero o del mercado de valores; así como incrementar la productividad de las micro, pequeñas y medianas empresas (MIPYME) y emprendimientos innovadores de alto impacto a través de instrumentos no fi nancieros para difusión y transferencia tecnológica, innovación empresarial y mejora de la gestión y encadenamientos productivos y acceso a mercados; Que, el numeral 3 de la Décimo Sétima Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 013- 2020, Decreto de Urgencia que promueve el fi nanciamiento de la MIPYME, emprendimientos y Startups, dispone que el Ministerio de la Producción queda autorizado a realizar transferencias fi nancieras, con cargo a los recursos trasferidos a su favor en el marco del numeral precedente, hasta por la suma de S/ 125 000 000,00 (ciento veinticinco millones y 00/100 Soles), a favor del Fondo MIPYME Emprendedor; Que, mediante la Décima Octava Disposición Complementaria Final del Decreto de Urgencia N° 013-2020 se crea el Comité de Dirección MIPYME Emprendedor, el cual promueve y asegura el cumplimiento de las políticas, estrategias y objetivos establecidos para el funcionamiento del Fondo CRECER y del Fondo MIPYME Emprendedor, para lo cual ejerce las funciones de dirección, supervisión y evaluación de los instrumentos fi nancieros y no fi nancieros orientados a fortalecer la productividad y competitividad de las MIPYME y emprendimientos en el país; Que, el Reglamento del Fondo MIPYME Emprendedor y del Comité de Dirección MIPYME Emprendedor, aprobado por el Decreto Supremo N° 225-2020-EF, tiene por objeto normar los términos y condiciones de la administración en fi deicomiso y funcionamiento del Fondo MIPYME Emprendedor, así como normar las funciones y otros aspectos de carácter operativo del Comité de Dirección MIPYME Emprendedor, entre otros; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo N° 225-2020-EF establece que, mediante Resolución Ministerial del Ministerio de la Producción, con opinión previa favorable del Ministerio de Economía y Finanzas, se aprueban los Reglamentos Operativos del Fondo MIPYME Emprendedor, a propuesta del Comité de Dirección MIPYME Emprendedor; Que, de conformidad con los literales e) y p) del numeral 16.1 del artículo 16 del Reglamento del Fondo MIPYME Emprendedor y del Comité de Dirección MIPYME Emprendedor, es función del referido Comité de Dirección aprobar las propuestas de instrumentos de