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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (07/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 75

75 NORMAS LEGALES Sábado 7 de setiembre de 2024 El Peruano / Artículo 4.- NOTIFICAR la presente Resolución a los miembros de la Comisión Organizadora, al docente y a los demás órganos y unidades competentes de la Universidad Nacional Daniel Alomía Robles, para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y cúmplase. BENJAMIN VELAZCO REYES Presidente de la Comisión Organizadora YERSELY KARIN FIGUEROA QUIÑONEZ Secretaria General 2314406-1 Autorizan viaje de docentes de la Universidad Nacional de Huancavelica a Colombia, en comisión de servicios UNIVERSIDAD NACIONAL DE HUANCAVELICA CONSEJO UNIVERSITARIO RESOLUCIÓN N° 0822-2024-CU-UNH Huancavelica, 7 de agosto de 2024 VISTOS: Memorando Múltiple N° 000134-2024-UNH/VRAC (31.07.2024), más 02 folios, Oficio N° 000438-2024-UNH/ EPIS (01.08.2024), más 07 folios, Oficio N° 000709-2024- UNH/VRAC (01.08.2024), Proveído de Rectorado N° 005294 (01.08.2024), Proveído de Secretaría General N° 003294 (02.08.2024), Oficio Transcriptorio N° 001107- 2024-UNH/CU (07.08.2024), Proveído de la Unidad de Administración Documentaria y Archivo N° 003109 (07.08.2024); sobre autorizar el viaje al exterior en comisión de servicios, al país de Colombia - Bogotá, a favor de los docentes gestores del fondo concursable 16;y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo previsto por el artículo 18º de la Constitución Política del Perú, artículo 8° de la Ley Universitaria N° 30220, Cada universidad es autónoma, en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las Leyes; El Estado reconoce la Autonomía Universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, respectivamente;Que, el vicerrector académico, solicita al señor rector de la UNH, con Oficio N° 000709-2024-UNH/VRAC (01.08.2024), la autorización del viaje al exterior en comisión de servicios, al país de Colombia - Bogotá, a partir del 12.08.2024 al 16.08.2024, a favor de los docentes gestores del fondo concursable 16, desarrollado por la Consultoría 186-2026-MCEBS - Servicio para el diseño del área de educación a distancia y adecuación de planes de estudio con componente virtual en universidades públicas, con la finalidad de participar en el Encuentro interuniversitario Javeriano: Desafíos y oportunidades en educación a distancia con universidades públicas del Perú. Adjunto itinerarios de viaje, en merito al Oficio N° 000438- 2024-UNH/EPIS (01.08.2024), emitido por el director de la Escuela Profesional de Ingeniería de Sistemas; Que, los artículos 2° y 3° de la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, prescribe sobre el contenido del acto de autorización: las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad, y; sobre la publicidad, las resoluciones sobre autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial “El Peruano”, con anterioridad al viaje, respectivamente; Que, el artículo 136° de Estatuto de la UNH, reformado con Resolución N° 0008-2023-AU-UNH (31.05.2023), señala: El Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica, investigativa y administrativa que cumple en conformidad con lo señalado en el presente Estatuto; Que, el numeral 12) del artículo 141° de la norma antes citada, sobre las atribuciones del Consejo Universitario de la UNH, dice; Autorizar los viajes fuera del país en comisión de servicio del rector, vicerrectores, decanos, docentes y estudiantes; recibir y evaluar el informe correspondiente; Que, el señor rector, autoriza al secretario general de la UNH, con Proveído de Rectorado Nº 005294 (01.08.2024), su consideración en agenda de Consejo Universitario, para su tratativa, conforme a sus prerrogativas; Estando a lo acordado en sesión ordinaria de Consejo Universitario de fecha 05 de agosto de 2024 y en uso de las atribuciones que le confiere al Titular del Pliego, la Ley Universitaria Nº 30220, Estatuto de la UNH y Resolución de Comité Electoral Universitario N° 006-2021-CEU- UNH (02.07.2021); SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior en comisión de servicios, al país de Colombia - Bogotá, a partir del 12.08.2024 al 16.08.2024, a favor de los docentes gestores del fondo concursable 16, de acuerdo al siguiente detalle: Editora Perú es una empresa pública de derecho privado. Su principal objetivo, para habilitar el mandato Constitucional, es editar el Diario Oficial El Peruano y darle publicidad a los dispositivos aprobados por las instituciones públicas y sus correspondientes autoridades. Editora Perú no es, por tanto, responsable por los contenidos de las publicaciones oficiales remitidas por las entidades del Estado. GERENCIA DE PUBLICACIONES OFICIALES