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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (14/09/2024)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Sábado 14 de setiembre de 2024 El Peruano / NºDepartamento o RegiónPrefijo NºDepartamento o RegiónPrefijo 08 Cusco CU 21 Puno PU 09 Huancavelica HV 22 San Martín SM 10 Huánuco HU 23 Tacna TA 11 Ica IC 24 Tumbes TU 12 Junín JU 25 Ucayali UC 13 La Libertad LI Artículo 17. Señalización de las carreteras jerarquizadas 17.1 Para la identi fi cación de la jerarquía de una carretera de la red vial y la señalización de la misma en la vía, se utiliza los símbolos que se indican en la siguiente tabla, dentro de los cuales se coloca el código de ruta: Red Vial Descripción Símbolo a) Red Vial Nacional “escudo” Código de ruta del N° 01 al 99 b) Red Vial Departamental o Regional“emblema” Código de ruta del N° 100 al 499 c) Red Vial Provincial“circulo” Código de ruta a partir del N° 500 17.2 La señalización de las carreteras se realiza de acuerdo a lo contemplado en el Manual de Dispositivos de Control de Tránsito Automotor vigente y demás normas complementarias que emita el MTC. CAPÍTULO II CLASIFICADOR DE RUTAS, MAPAS VIALES Y REGISTRO NACIONAL DE CARRETERAS Artículo 18. Clasi fi cador de rutas 18.1 El MTC, a través de la DGPPT o la que haga sus veces, es responsable de elaborar y proponer el Decreto Supremo que aprueba el Clasi fi cador de Rutas, el mismo que se actualiza cada tres años, contados desde su aprobación. 18.2 El Clasi fi cador de Rutas es el documento o fi cial del SINAC en el cual se presentan todas las carreteras jerarquizadas y agrupadas de acuerdo a la Red Vial Nacional, Red Vial Departamental o Regional y Red Vial Provincial. Cada ruta, en correspondencia con su eje georreferenciado, está identi fi cada por su código de ruta y trayectoria según el grupo de puntos o lugares principales de conexión. La información base está consolidada en función a los siguientes criterios: a) Las actualizaciones que han experimentado las carreteras, en lo referente a sus jerarquías, ejes georreferenciados y trayectorias; b) Las actualizaciones de las carreteras de la Red Vial Nacional que atraviesan zonas urbanas; c) Las jerarquizaciones viales, aprobadas mediante Resoluciones Ministeriales;d) Las actualizaciones de la Red Vial Departamental o Regional de los veinticuatro (24) departamentos y la Provincia Constitucional del Callao, se efectúa teniendo como base la información remitida por sus autoridades competentes; e) La actualización de la Red Vial Provincial, se efectúa teniendo como base la información remitida por sus autoridades; y, f) Las actualizaciones de los ejes georreferenciados, actualización de tramos completos o partes de estos, que estén debidamente sustentados a través de sus expedientes de jerarquización. 18.3 Cada carretera jerarquizada en el SINAC se denomina ruta y en el Clasi fi cador de rutas se le asigna un código de ruta y una trayectoria. 18.4 Las actualizaciones efectuadas a las codifi caciones de las rutas del Clasi fi cador de Rutas son aprobadas por Resolución Ministerial del MTC, a propuesta de la DGPPT o la que haga sus veces. Artículo 19. Mapas viales 19.1 Los Mapas Viales son mapas temáticos donde se muestran las representaciones grá fi cas georreferenciadas del eje de las carreteras en el sistema WGS84, los mismos que pueden ser de carácter nacional, departamental o regional o provincial. La DGPPT o la que haga sus veces, en coordinación con los Gobiernos Regionales y Municipalidades Provinciales, es responsable de elaborar y actualizar los Mapas Viales, los cuales son aprobados mediante Resolución Ministerial a más tardar el último día hábil del mes de enero de cada año. 19.2 Los Mapas Viales se actualizan con cada jerarquización vial aprobada por Resolución Ministerial u Informe según el proceso que corresponda, de acuerdo a lo establecido en los artículos 12 y 13 del presente Reglamento. 19.3 Los Mapas Viales contienen la información actualizada de las rutas del Clasi fi cador de Rutas del SINAC, consolidadas conforme a los criterios establecidos en el numeral 18.2 del artículo 18 del presente Reglamento. Los mapas viales se publican en el Portal Institucional del MTC. 19.4 Los Gobiernos Regionales y las Municipalidades Provinciales deben remitir semestralmente información a la DGPPT o la que haga sus veces sobre los mapas viales de las carreteras de su competencia. Artículo 20. Simbología de mapas viales y el color asignado al eje geométrico de las carreteras 20.1 La simbología de los mapas viales se realiza de acuerdo con la siguiente tabla: Red Vial Sigla Tipo Símbolo Nacional RVN “ESCUDO” Código de ruta del N° 01 al 99 Departamental o RegionalRVD “EMBLEMA” Código de ruta del N° 100 al 499 Provincial RVP “CIRCULO” Código de ruta a partir del N° 500 20.2 Para efectos de la identi fi cación de los ejes georreferenciados de las carreteras de la Red Vial Nacional, Red Vial Departamental o Regional y Red Vial Provincial, se realiza de acuerdo con la siguiente tabla: