NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (15/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 86
TEXTO PAGINA: 17
17 NORMAS LEGALES Domingo 15 de setiembre de 2024 El Peruano / VISTO: El INFORME N° D000175-2024-MIDAGRI-SENASA- OAD-UGRH de fecha 2 de septiembre de 2024, elaborado por la Unidad de Gestión de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración del Servicio Nacional de Sanidad Agraria; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el artículo 17 del Decreto Ley N° 25902, Ley Orgánica del Ministerio de Agricultura, se crea el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) como organismo público descentralizado del Ministerio de Agricultura, denominación modi fi cada por la Ley N° 31075 a Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (MIDAGRI), con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía técnica, administrativa, económica y fi nanciera; Que, a través del Decreto Supremo N° 097-2021-PCM se aprueba la actualización de la cali fi cación y relación de los organismos públicos adscritos a cada ministerio establecida por el Decreto Supremo N° 034-2008-PCM, califi cándose al SENASA como organismo público técnico especializado adscrito al MIDAGRI; Que, se encuentra vacante la plaza correspondiente al cargo de Director de la Subdirección de Análisis de Riesgo y Vigilancia Epidemiológica de la Dirección de Sanidad Animal del SENASA; Que, a través del informe del visto, la Unidad de Gestión de Recursos Humanos veri fi ca y sustenta que el señor Eglinton Rubén Villacaqui Ayllón cumple con el per fi l exigido para el cargo de Director de la Subdirección de Análisis de Riesgo y Vigilancia Epidemiológica de la Dirección de Sanidad Animal del SENASA señalado en el Manual de Clasi fi cador de Cargos, aprobado por la Resolución Jefatural N° 0152-2023-MIDAGRI-SENASA; por tanto, resulta factible emitir el acto resolutivo de designación; Que, el artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del SENASA, aprobado por el Decreto Supremo N° 008-2005-AG y modi fi cado por el artículo 4 del Decreto Supremo N° 027-2008-AG, establece que el Jefe del SENASA es la máxima autoridad ejecutiva de la institución que ejerce funciones ejecutivas y administrativas en su calidad de funcionario de mayor jerarquía de la entidad; asimismo, según el literal k) del citado artículo, tiene la función de emitir Resoluciones Jefaturales en asuntos de su competencia; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, y con la visación de la Directora (e) de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la O fi cina de Administración y de la Directora General de la O fi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1.- DESIGNAR, a partir del 16 de septiembre de 2024, al señor Eglinton Rubén Villacaqui Ayllón en el cargo de con fi anza de Director de la Subdirección de Análisis de Riesgo y Vigilancia Epidemiológica de la Dirección de Sanidad Animal del Servicio Nacional de Sanidad Agraria, conforme a los términos establecidos en el contrato que suscribirá. Artículo 2.- ENCARGAR a la Unidad de Gestión de Recursos Humanos de la O fi cina de Administración realizar las acciones que correspondan a la designación dispuesta en el artículo precedente, así como elaborar el contrato del servidor designado. Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Jefatural en el portal institucional del Servicio Nacional de Sanidad Agraria (www.gob.pe/senasa), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. VILMA AURORA GUTARRA GARCÍA Jefa Jefatura NacionalServicio Nacional de Sanidad Agraria 2325189-1DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL Modifican la R.M N° D000001-2024-MIDIS, que delega facultades y atribuciones en diversos funcionarios del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social durante el año 2024 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° D000138-2024- MIDIS San Isidro, 13 de setiembre del 2024 VISTOS:El Informe N° D002694-2024-MIDIS-OA emitido por la O fi cina de Abastecimiento; el Informe N° D000169- 2024-MIDIS-OGA emitido por la O fi cina General de Administración; el Informe N° D000347-2024-MIDIS- OGPPM emitido por la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y el Informe N° D000382- 2024-MIDIS-OGAJ emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, se determina su ámbito, competencias, funciones y estructura orgánica básica; Que, asimismo, el artículo 12 de la Ley N° 29792, establece que el/la Ministro/a de Desarrollo e Inclusión Social es la más alta autoridad política del sector desarrollo e inclusión social y la más alta autoridad ejecutiva del Ministerio y, ejerce entre otras funciones, las que le asigne la Constitución Política del Perú, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, pudiendo delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas de su función; Que, el último párrafo del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que los Ministros de Estado pueden delegar en los funcionarios de su cartera ministerial, las facultades y atribuciones que no sean privativas a su función, siempre que la normativa lo autorice; Que, en el marco de la normativa antes señalada, mediante Resolución Ministerial N° D000001-2024-MIDIS, se aprueba una delegación de facultades en diversas materias con la fi nalidad de garantizar la oportunidad y efi ciencia de los distintos procedimientos a cargo del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social durante el Año Fiscal 2024; Que, mediante Resolución Directoral N° 0015-2021- EF/54.01 de la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas se aprueba la Directiva N° 0006-2021-EF/54.01, “Directiva para la gestión de bienes muebles patrimoniales en el marco del Sistema Nacional de Abastecimiento”, modi fi cada por Resoluciones Directorales N° 0006-2022-EF/54.01 y 0016-2023-EF/54.01; la cual tiene por objeto regular la gestión de los bienes muebles que formen parte o sean susceptibles de incorporación al patrimonio de las entidades del Sector Público que se encuentran bajo el ámbito del Sistema Nacional de Abastecimiento; Que, asimismo, mediante Resolución Directoral Nº 0009-2021-EF-54.01 de la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas se aprueba la Directiva Nº 0002-2021-EF-54.01 “Directiva que regula los actos de adquisición y disposición fi nal de bienes inmuebles”, modi fi cada por Resoluciones Directorales N° 0016-2021-EF/54.01, N° 0004-2022- EF/54.01, N° 0013-2023-EF/54.01 y N° 0009-2024-EF/54.01, la cual tiene por objeto regular los actos de adquisición de predios y bienes inmuebles privados; así como, la disposición fi nal de bienes inmuebles de titularidad del Estado o de las entidades públicas para su