NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (15/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 86
TEXTO PAGINA: 22
22 NORMAS LEGALES Domingo 15 de setiembre de 2024 El Peruano / Ministerio de Energía y Minas concluye que el proyecto de modi fi cación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote Z-1 cumple con los requisitos establecidos en el Reglamento del Artículo 11 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 045-2008-EM; Que, mediante el Informe Legal N° 012-2024-MINEM/ DGH-DNH, la Dirección Normativa de Hidrocarburos de la Dirección General de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minas concluye que se ha veri fi cado el cumplimiento de todos los requisitos legales exigidos por el Reglamento del artículo 11 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 045-2008-EM; Que, a través del Informe N° 819-2024-MINEM/OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas concluye que resulta legalmente viable continuar con el trámite de emisión del Decreto Supremo que aprueba la modi fi cación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote Z-1; Que, en virtud del inciso 1 del numeral 28.1 del artículo 28 del Reglamento que desarrolla el Marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado mediante Decreto Supremo N° 063-2021-PCM, la presente norma se considera excluida del alcance del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante por la materia, toda vez que se trata de una disposición normativa de carácter particular; De conformidad con lo dispuesto en los numerales 8) y 24) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú y el Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 042-2005-EM; y, el Reglamento del Artículo 11 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26221, Ley Orgánica de Hidrocarburos, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 045-2008-EM. DECRETA:Artículo 1.- De la aprobación de la modi fi cación del Contrato Aprobar la modi fi cación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote Z-1, aprobado mediante Decreto Supremo N° 052-2001-EM y modi fi cado por los Decretos Supremos Nros. 045-2002-EM, 003-2004-EM, 002-2005-EM, 060-2008-EM, 049-2012-EM, 017-2016-EM, 014-2017-EM y 004-2023-EM; a efectos de re fl ejar la sustitución de FRONTERA ENERGY CORPORATION por OFFSHORE INTERNATIONAL GROUP, INC., como garante corporativo en el Contrato, y el cambio de denominación social de FRONTERA ENERGY OFF SHORE PERÚ S.R.L. a VIGO ENERGY S.R.L. Artículo 2.- De la autorización para suscribir la modi fi cación del Contrato Autorizar a PERUPETRO S.A. a suscribir con la empresa VIGO ENERGY S.R.L., la modi fi cación del Contrato de Licencia para la Exploración y Explotación de Hidrocarburos en el Lote Z-1, que se aprueba en el Artículo 1 del presente Decreto Supremo. Artículo 3.- Del refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Energía y Minas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los catorce días del mes de setiembre del año dos mil veinticuatro. DINA ERCILIA BOLUARTE ZEGARRA Presidenta de la República JOSÉ BERLEY ARISTA ARBILDO Ministro de Economía y Finanzas RÓMULO MUCHO MAMANI Ministro de Energía y Minas 2325223-1MUJER Y POBLACIONES VULNERABLES Aprueban la “Guía Gráfica de Fiscalización en Materia de Accesibilidad del Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad - CONADIS” RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA N° D000178-2024- CONADIS-PRE Lima, 12 de septiembre del 2024 VISTOS:El Memorando N° D000521-2024-CONADIS-SDF y los Informes N° D000030 y D000085-2024-CONADIS-SDF-VGMB, emitidos por la Dirección de Fiscalización y Sanciones; el Memorando N° D001022-2024-CONADIS- OPPM y el Informe N° D000029-2024-CONADIS- OPPM-LKAQ, emitidos por la O fi cina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; la Nota N° D000430-2024-CONADIS-OAJ y el Informe N° D000440-2024-CONADIS-OAJ, emitidos por la O fi cina de Asesoría Jurídica; y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 63 de la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, establece que el Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (CONADIS) es el órgano especializado en cuestiones relativas a la discapacidad; Que, la Política Nacional Multisectorial en Discapacidad para el Desarrollo al 2030, aprobada por el Decreto Supremo N° 007-2021-MIMP, contempla, entre otros, los siguientes servicios a ser implementados en favor de las personas con discapacidad: i) Servicio 2: Capacitación en materia de participación política y ciudadana para personas con discapacidad, ii) Servicio 7: Dotación de mecanismos de orientación y asesoramiento para las personas con discapacidad para la inserción laboral, iii) Servicio 8: Orientación y asesoramiento para las personas con discapacidad que desean iniciar un negocio propio o cuenten con negocio, iv) Servicio 26: Aseguramiento de las condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidad en las sedes de justicia, v) Servicio 27: Aseguramiento de las condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidad en las sedes de atención de denuncias, y vi) Servicio 28: Promoción de la masi fi cación de actividades físicas y deportivas para el desarrollo de las personas con discapacidad; Que, por Decreto Supremo N° 012-2018-VIVIENDA se aprueba el Plan Nacional de Accesibilidad 2018-2023 y mediante Decreto Supremo N° 003-2024-VIVIENDA se dispone la continuidad del referido Plan y su matriz hasta el año 2025, en cuyo Eje Estratégico E2, denominado Gestión y Acondicionamiento para la Accesibilidad, se encuentra prevista la elaboración y aprobación de manuales de accesibilidad para infraestructura y servicios accesibles a cargo del CONADIS, entre otras entidades; Que, bajo dicho marco normativo, la Dirección de Fiscalización y Sanciones, mediante el Memorando N° D000521-2024-CONADIS-DFS y los Informes N° D000030 y N° D000085-2024-CONADIS-SDF-VGMB, de la Subdirección de Fiscalización, sustenta la propuesta de Guía Grá fi ca de Fiscalización en Materia de Accesibilidad del CONADIS, con el objetivo de establecer pautas para el cumplimiento de las normas de accesibilidad universal dispuestas en la Ley N° 29973, Ley General de la Persona con Discapacidad, la Política Nacional Multisectorial en Discapacidad para el Desarrollo al 2030 y otras normas concordantes en la materia, en favor prioritariamente de las personas con discapacidad, siendo de aplicación a nivel nacional, dirigida a todas las instituciones públicas y privadas que presten y/o administren servicios de