NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (15/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 86
TEXTO PAGINA: 28
28 NORMAS LEGALES Domingo 15 de setiembre de 2024 El Peruano / RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje de funcionaria diplomática a la Confederación Suiza, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0696-2024-RE Lima, 12 de setiembre de 2024 VISTOS: El Memorándum N° DAE011892024 de la Dirección General para Asuntos Económicos, de 26 de agosto de 2024; la Hoja de Trámite (GAC) N° 3584 del Despacho Viceministerial, de 28 de agosto de 2024; el Memorándum Nº OPP027512024 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de 3 de setiembre de 2024, que otorgó certi fi cación de crédito presupuestario al presente viaje; y, el Memorándum N° OAP027862024 de la O fi cina de Administración de Personal, de 9 de setiembre de 2024; CONSIDERANDO: Que, en el marco de los lineamientos de la Política Exterior Reforzada el Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú viene implementando acciones a fi n de fortalecer las relaciones bilaterales con los países de Europa; Que, sobre la base de los históricos vínculos de amistad y cooperación que unen a la República del Perú y a la Confederación Suiza, ambos países han convenido fortalecer el diálogo económico a través de reuniones que se llevan a cabo de forma alternada en cada uno de los dos países; Que, en tanto la última Reunión sobre Asuntos Económicos se realizó en Lima, el 1 de abril de 2022, la Secretaría de Estado para Asuntos Exteriores de la Confederación Suiza (SECO) ha propuesto celebrar la V Reunión sobre Asuntos Económicos Perú-Suiza, en la ciudad de Berna, Confederación Suiza, el 19 de setiembre de 2024; Que, de acuerdo con la práctica bilateral establecida en las anteriores reuniones, la V Reunión sobre Asuntos Económicos Perú-Suiza estará presidida por la Directora General para Asuntos Económicos del Ministerio de Relaciones Exteriores, por la parte peruana; Que, debido a la importancia de la relación bilateral con la Confederación Suiza, se estima importante la participación en la referida reunión de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República María Eugenia Echeverría Herrera Vda. de de Pury, Directora General para Asuntos Económicos; Que, por cuestiones de itinerario, la citada funcionaria diplomática viajará a la ciudad de Berna, Confederación Suiza, del 17 al 20 de setiembre de 2024; y, De conformidad con la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-2010-RE; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2021-RE y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 130-2003-RE; y, la Ley N° 31953, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2024; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, de la Embajadora en el Servicio Diplomático de la República María Eugenia Echeverría Herrera Vda. de de Pury, a la ciudad de Berna, Confederación Suiza, del 17 al 20 de setiembre de 2024, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta (252) 0090930 Integración y negociaciones económicas internacionales, y Código POI AOI00004500181 Fortalecimiento de las negociaciones económicas internacionales, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días calendario, al término del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle: Nombres y ApellidosPasaje Aéreo Clase económica USDViáticos por día USDNúmero de díasTotal viáticos USD María Eugenia Echeverría Herrera Vda. de de Pury3,144.45 540.00 1+2 1,620.00 Conforme a lo establecido en el artículo 8 del Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, y atendiendo al itinerario de viaje a la ciudad de Berna, Confederación Suiza, se ha adicionado dos (2) días de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, todo lo cual formará parte de la rendición de viáticos que corresponda. Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario, posteriores a su retorno al país, la citada funcionaria diplomática deberá presentar al Ministro de Relaciones Exteriores, un informe detallado de las acciones realizadas y los resultados obtenidos en el viaje autorizado. Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros cualquiera sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. ELMER SCHIALER SALCEDO Ministro de Relaciones Exteriores 2324717-1 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan a la empresa ANDES MOBILE S.A.C. Concesión Única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones en área que comprende todo el territorio de la República RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 521-2024-MTC/01.03 Lima, 11 de setiembre de 2024 VISTO, el escrito de registro N° T-346937-2024 mediante el cual la empresa ANDES MOBILE S.A.C. solicita otorgamiento de Concesión Única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones en todo el territorio de la República del Perú; precisando que el servicio público de telefonía fi ja en la modalidad de abonados será el servicio a prestar inicialmente; y, CONSIDERANDO: Que, el numeral 3 del artículo 75 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 47 del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, modi fi cado por la Ley N° 28737, de fi ne la concesión como “al acto jurídico mediante el cual el Estado concede a una persona natural o jurídica la facultad de prestar servicios públicos de telecomunicaciones. El Ministerio otorgará concesión única para la prestación de todos los servicios públicos de telecomunicaciones, independientemente de la denominación de éstos contenida en esta Ley o en su Reglamento, con excepción de la concesión para