NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (19/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 100
TEXTO PAGINA: 33
33 NORMAS LEGALES Jueves 19 de setiembre de 2024 El Peruano / funciones rectoras del Ministerio de Salud, formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar la política nacional y sectorial de promoción de la salud, vigilancia, prevención y control de las enfermedades, recuperación, rehabilitación en salud, tecnologías en salud y buenas prácticas en salud, bajo su competencia, aplicable a todos los niveles de gobierno; igualmente, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de la política nacional y políticas sectoriales de salud, la gestión de los recursos del sector, así como para el otorgamiento y reconocimiento de derechos, fi scalización, sanción y ejecución coactiva en las materias de su competencia; Que, el artículo 109 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017-SA, establece que la Dirección General de Operaciones en Salud es el órgano de línea dependiente del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud, responsable de proponer normatividad para gestionar el monitoreo y evaluación de la Gestión Administrativa desarrollada en las IPRESS y UGIPRESS públicas a nivel nacional, mediante indicadores de desempeño u otros mecanismos de medición; así como efectúa acciones de monitoreo y evaluación de la infraestructura, equipamiento y mantenimiento en los establecimientos de salud a nivel nacional, proponiendo las acciones de mejora, a fi n de brindar servicios de calidad a los ciudadanos. Asimismo, es el órgano técnico encargado de proponer normatividad en materia de infraestructura, equipamiento y mantenimiento a nivel nacional. Realiza el desarrollo de sus funciones en coordinación con los Gobiernos Regionales. Dirige y supervisa las funciones que desarrollan los órganos desconcentrados: Direcciones de Gestión de Redes integradas de Salud de Lima Norte, Lima Centro, Lima Este y Lima Sur; así como de los Hospitales e institutos Nacionales Especializados en la jurisdicción de Lima Metropolitana; Que, mediante la Resolución Ministerial N° 045-2015/ MINSA, se aprobó la Norma Técnica de Salud NTS N° 113-MINSA/DGIEM-V.01 “Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud del Primer Nivel de Atención”, con el objetivo de establecer criterios técnicos mínimos para el diseño y dimensionamiento de la infraestructura física y el equipamiento de los establecimientos de salud del primer nivel de atención del sector salud; Que, la Dirección General de Operaciones en Salud, a través de la Dirección de Equipamiento y Mantenimiento, en el marco de sus funciones previstas en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, ha elaborado y presentado el proyecto de modi fi cación de los numerales IV. Base Legal; 5.1 De fi niciones Operativas, del numeral V. Disposiciones Generales; y, 6.1 Del Terreno, del numeral VI. Disposiciones Especí fi cas; de la Norma Técnica de Salud NTS N° 113-MINSA/DGIEM-V.01 “Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud del Primer Nivel de Atención”; con el fi n de contribuir con la adecuada selección de un terreno, y que éste cuenten con las condiciones adecuadas, en los aspectos físicos, técnicos ambientales y legales, que aseguren las condiciones de seguridad, habitabilidad y funcionalidad de la infraestructura del futuro establecimiento de salud, a fi n de brindar un servicio de calidad a la población; Con el visado de la Dirección General de Operaciones en Salud, de la Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud, de la Dirección General de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, de la O fi cina General de Planeamiento Presupuesto y Modernización, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica, y del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, modi fi cado por la Ley N° 30895, Ley que fortalece la función rectora del Ministerio de Salud y por el Decreto Legislativo N° 1504, Decreto Legislativo que fortalece al Instituto Nacional de Salud para la prevención y control de las enfermedades; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2017- SA, modi fi cado mediante los Decretos Supremos N° 011- 2017-SA y N° 032-2017-SA; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las modi fi catorias de los numerales IV. Base Legal; 5.1 De fi niciones Operativas, del numeral V. Disposiciones Generales; y, 6.1 Del Terreno, del numeral VI. Disposiciones Especí fi cas; de la Norma Técnica de Salud NTS N° 113-MINSA/DGIEM-V.01 “Infraestructura y Equipamiento de los Establecimientos de Salud del Primer Nivel de Atención”, aprobada con Resolución Ministerial N° 045-2015/MINSA; de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de Operaciones en Salud, a través de la Dirección de Equipamiento y Mantenimiento, la difusión hasta el nivel regional, así como, la asistencia técnica y supervisión del cumplimiento de las modi fi catorias aprobadas por la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General la publicación de la presente Resolución Ministerial y su anexo en la sede digital del Ministerio de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. CÉSAR HENRY VÁSQUEZ SÁNCHEZ Ministro de Salud 2326729-1 Autorizan viaje de Secretario General del Ministerio y del Viceministro de Salud Pública a los Estados Unidos de América, en comisión de servicios RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 638-2024/ MINSA Lima, 18 de setiembre del 2024 Visto, el Expediente OGCTI20240001247 que contiene los Proveídos N° D011854-2024-DM-MINSA y N° D011986-2024-DM-MINSA del Despacho Ministerial del Ministerio de Salud, los Memorándums N° D002634-2024-OGA-MINSA y N° D002681-2024-OGA-MINSA de la Ofi cina General de Administración, el Memorándum N° D003533-2024-OGGRH-MINSA de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos y la Nota Informativa N° D001026-2024-OGAJ-MINSA de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, mediante documento de referencia GBO-CL-9-24 de fecha 25 de julio de 2024, la Representación en la República del Perú de la Organización Panamericana de la Salud/Organización Mundial de la Salud (OPS/ OMS) extiende invitación al Ministerio de Salud, a fi n que participe en el “61º Consejo Directivo de la OPS y 76° sesión del Comité Regional de la Organización Mundial de la Salud (OMS) para las Américas”, eventos a llevarse a cabo del 30 de setiembre al 4 de octubre de 2024, en la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de América; Que, los citados eventos tienen como objetivo examinar el informe de la evaluación de fi n de bienio del Presupuesto por Programas de la OPS 2022-2023 y el segundo informe interino sobre la ejecución del Plan Estratégico de la OPS 2020-2025; y, participar en la elección de estados miembros para integrar el Comité Ejecutivo, el Comité Asesor del Centro Latinoamericano y del Caribe de Información en Ciencias de la Salud (BIREME) y el Comité de Política y Coordinación del Programa Especial PNUD/UNFPA/UNICEF/OMS/Banco Mundial de Investigaciones, Desarrollo y Formación de Investigadores sobre Reproducción Humana;