NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2024 (19/09/2024)
CANTIDAD DE PAGINAS: 100
TEXTO PAGINA: 44
44 NORMAS LEGALES Jueves 19 de setiembre de 2024 El Peruano / Que, mediante Resolución Ministerial N° 1202- 2019 MTC/01 se aprueba la lista sectorial de Políticas Nacionales bajo rectoría o conducción del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, dentro de la cual se encuentra la Política Nacional del Sector Transportes; asimismo, se dispone su actualización como la Política Nacional de Transportes, en el marco de lo dispuesto en el Reglamento que regula las Políticas Nacionales, aprobado por Decreto Supremo N° 029-2018-PCM; Que, el numeral 9.1 del punto 9 de la Guía de Políticas Nacionales, cuya actualización fue aprobada con Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0030-2023/CEPLAN/PCD, establece que durante la etapa preparatoria de la formulación de una política nacional se puede, de manera excepcional, conformar un grupo de trabajo que asegure la participación de los ministerios intervinientes a través de sus unidades de organización competentes, así como de representantes de los otros poderes del Estado, organismos autónomos, gobiernos regionales y locales y sociedad civil, según corresponda; Que, a través del Memorando N° 1310-2024-MTC/18 de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal y los Informes N° 0117-2024- MTC/18.03 y N° 0129-2024-MTC/18.03 de la Dirección de Políticas y Normas en Transporte Acuático y Logística, se sustenta la necesidad de contar con una Política Nacional de Transportes actualizada para crear valor público y que, a través de esta, se logre mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos. Añade que, en atención a lo antes señalado y considerando que el transporte es fundamental para la economía pues permite el desplazamiento para desarrollar actividades productivas o de recreación, promoviendo la creación de puestos de trabajo, así como teniendo en consideración los nuevos desarrollos tecnológicos y crecimiento poblacional, es necesario actualizar la Política Nacional de Transportes, replanteando las acciones y documentos técnicos con la fi nalidad de contar con un transporte multimodal e fi ciente; Que, asimismo, en dichos documentos se advierte que, de acuerdo con lo informado por el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN, el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en el marco del proceso de actualización de la Política Nacional de Transportes, ha logrado la aprobación del Entregable 1 y ha presentado el Entregable 2, de un total de cinco (5) entregables; con lo cual se logra un avance del 40%; Que, en ese sentido, la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, propone la creación del Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con el objeto de elaborar y formular la propuesta de actualización de la Política Nacional de Transportes; Que, de acuerdo con el artículo 35 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se puede conformar en el Poder Ejecutivo, Grupos de Trabajo para cumplir otras funciones diferentes a las de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes que sirven de base para las decisiones de otras entidades; Que, el numeral 28.1 del artículo 28 de los Lineamientos de Organización del Estado, aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, establece que los Grupos de Trabajo son un tipo de órgano colegiado sin personería jurídica ni administración propia, que se crean para cumplir funciones distintas a las de seguimiento, fi scalización, propuesta o emisión de informes técnicos, tales como la elaboración de propuestas normativas, instrumentos, entre otros productos especí fi cos; siendo que sus conclusiones carecen de efectos jurídicos sobre terceros; Que, por su parte, el numeral 28.2 del artículo 28 de los citados Lineamientos, dispone que los Grupos de Trabajo pueden ser sectoriales o multisectoriales y se aprueban mediante Resolución Ministerial del Ministerio del cual depende. Asimismo, establece que pueden participar en calidad de integrantes del grupo de trabajo, representantes de otros poderes del Estado, niveles de gobierno y organismos constitucionalmente autónomos, previa conformidad de su máxima autoridad; así como representantes acreditados de la sociedad civil, academia, gremios empresariales, entre otros, siempre que su participación se vincule y contribuya al objeto del Grupo de Trabajo; Que, se cuenta con la conformidad del Despacho Viceministerial de Transportes, de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal, de la Dirección General de Aeronáutica Civil, de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes, de la Dirección General de Asuntos Ambientales, del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVIAS NACIONAL, de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina de Estadística de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Autoridad Portuaria Nacional - APN y de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN; Que, resulta viable la aprobación de la propuesta de creación de un Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con el objeto de elaborar y formular la propuesta de actualización de la Política Nacional de Transportes; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29370, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; el Decreto Supremo N° 029-2018-PCM que aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales; la Resolución de Presidencia de Consejo Directivo N° 0030-2023/CEPLAN/PCD, que aprueba la actualización de la Guía de Políticas Nacionales; y el Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Resolución Ministerial N° 658-2021-MTC/01; SE RESUELVE: Artículo 1.- Creación del Grupo de Trabajo Créase el Grupo de Trabajo Sectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, denominado “Grupo de Trabajo para la actualización de la Política Nacional de Transportes” (en adelante, Grupo de Trabajo). Artículo 2.- Objeto del Grupo de Trabajo El Grupo de Trabajo tiene como objeto elaborar y formular la propuesta de actualización de la Política Nacional de Transportes. Artículo 3.- Conformación del Grupo de Trabajo 3.1 El Grupo de Trabajo está conformado de la siguiente manera: a) Un/a representante del Despacho Viceministerial de Transportes, quien lo preside. b) Un/a representante de la Dirección General de Políticas y Regulación en Transporte Multimodal. c) Un/a representante de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto. d) Un/a representante de la O fi cina de Estadística de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto. e) Un/a representante de la Dirección General de Aeronáutica Civil. f) Un/a representante de la Dirección General de Programas y Proyectos de Transportes. g) Un/a representante de la Dirección General de Asuntos Ambientales. h) Un/a representante del Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Nacional - PROVÍAS NACIONAL. i) Un/a representante de la Autoridad Portuaria Nacional - APN. j) Un/a representante de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN. 3.2 Cada representante titular del Grupo de Trabajo cuenta con un/a representante alterno/a, quien asistirá a las reuniones en caso de ausencia del/de la representante titular.