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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE ABRIL DEL AÑO 2025 (09/04/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 27

27 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de abril de 2025 El Peruano / una posible intervención regulatoria. Entre otros, aporta el conocimiento, las perspectivas y las ideas sobre el problema público, brindando alternativas de solución y dotando de legitimidad a la decisión que se tome; Que, el Decreto Supremo N° 023-2025-PCM, que aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1565, Decreto Legislativo que aprueba la Ley General de Mejora de la Calidad Regulatoria, en el numeral 28.1 del artículo 28 establece que la consulta pública es el instrumento mediante el cual la entidad pública brinda y recibe información y retroalimentación del ciudadano, las empresas o cualquier actor o grupo afectado. Aporta conocimiento, perspectivas e ideas sobre el problema público, brindando alternativas de solución a los directamente afectados, identi fi ca efectos no deseados, evalúa impactos que pueda generar una posible intervención regulatoria y, contribuye a la reducción de riesgos de cumplimiento. Dota de legitimidad a la decisión que se tome, generando con fi anza y predictibilidad en el ciudadano sobre la actuación de las entidades públicas; Que, el precitado Reglamento en su artículo 31 establece que, la publicación de proyectos normativos regulados en el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, o norma que lo sustituya, constituye un mecanismo de consulta pública regulatoria; asimismo, dispone que, en los casos que se utilice como mecanismo de consulta pública regulatoria a la publicación de un proyecto normativo para la elaboración de expediente AIR Ex Ante que se presente a la CMCR, la entidad pública lo realiza en el marco de lo dispuesto en el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2024-JUS, y en el Reglamento de la Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2022-JUS, o normas que los sustituyan; Que, la prepublicación dispuesta se encuentra conforme a lo señalado en el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, el cual establece en el literal c) del numeral 20.1 del artículo 20, que el plazo para la recepción de los comentarios, aportes u opiniones, no debe ser menor a quince (15) días calendario contados desde el día siguiente de su publicación; y en su numeral 21.1 del artículo 21, que la publicación de un proyecto normativo se aprueba mediante Resolución Ministerial o Resolución del Titular de la Entidad de la Administración Pública; Que, el proyecto de “Decreto Supremo que aprueba el Reglamento que regula la Coordinación de la Operación de los Sistemas Aislados”, así como de su Exposición de Motivos, han sido elaborados de acuerdo a la estructura establecida en el Reglamento de la Ley N° 26889, Ley Marco para la Producción y Sistematización Legislativa, aprobado por Decreto Supremo N° 007-2022-JUS; Con los vistos de la Dirección General de Electricidad, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y del Despacho Viceministerial de Electricidad; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modi fi catorias; y el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicación del proyecto normativo Disponer la publicación del proyecto de “Decreto Supremo que aprueba el Reglamento que regula la Coordinación de la Operación de los Sistemas Aislados”, y de la Exposición de Motivos que lo sustenta, en la sede digital del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el diario o fi cial “El Peruano”. Artículo 2.- Plazo Establecer un plazo de quince (15) días calendario, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, con la fi nalidad de recibir comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas o privadas y de la ciudadanía en general. Artículo 3.- De la presentación de comentarios, aportes u opiniones Los comentarios, aportes u opiniones podrán ser presentados a través de la mesa de partes del Ministerio de Energía y Minas, ubicado en Av. Las Artes Sur N° 260, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, o al correo electrónico: Prepublicaciones_DGE@minem. gob.pe Artículo 4.- Consolidación de información Encargar a la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas la consolidación y evaluación de los comentarios, aportes u opiniones que reciban acerca del proyecto de “Decreto Supremo que aprueba el Reglamento que regula la Coordinación de la Operación de los Sistemas Aislados”. Regístrese, comuníquese y publíquese. JORGE LUIS MONTERO CORNEJO Ministro de Energía y Minas 2388900-1 INTERIOR Designan Prefecta Regional de Huánuco RESOLUCIÓN SUPREMA N° 058-2025-IN Lima, 8 de abril de 2025 CONSIDERANDO:Que, el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, establece que el Ministerio del Interior tiene entre otras funciones especí fi cas, dirigir y supervisar las funciones de las autoridades políticas designadas, con alcance nacional; Que, el artículo 161 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN, señala que los Prefectos Regionales son designados por Resolución Suprema refrendada por el Ministro del Interior a propuesta del Viceministerio de Orden Interno; Que, se encuentra vacante el cargo de Prefecto/a Regional de Huánuco, por lo que en aplicación del literal c) del artículo 118 del citado Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones, el Despacho Viceministerial de Orden Interno, a propuesta de la Dirección General de Gobierno Interior, considera conveniente designar a la señora ANGELICA HERMOSILLA DIAZ en dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado por Resolución Ministerial N° 1520-2019-IN; SE RESUELVE: Artículo.1.- Designar a la señora ANGELICA HERMOSILLA DIAZ en el cargo de Prefecta Regional de Huánuco.