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25 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de abril de 2025 El Peruano / e Información Social (OFIS), aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D00002-2024-OFIS-PE; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación del Manual de Operaciones Aprobar el Manual de Operaciones del Proyecto de inversión “Mejoramiento de los servicios de información del MIDIS en el marco del Sistema Nacional de Focalización (SINAFO) a nivel nacional”, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2.- Noti fi cación Disponer que la O fi cina de Administración gestione la noti fi cación de la presente Resolución y su Anexo al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social y al Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento. Artículo 3.- Publicación Disponer la publicación de la presente Resolución de Presidencia Ejecutiva en el Diario O fi cial El Peruano, así como su publicación acompañada de su Anexo en la sede digital del Organismo de Focalización e Información Social - OFIS (www.gob.pe/o fi s). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ENRIQUE VELÁSQUEZ HURTADO Presidente Ejecutivo (e)Organismo de Focalización e Información Social 2388797-1 EDUCACIÓN Modifican el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio de Educación RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 154-2025- MINEDU Lima, 3 de abril de 2025 VISTOS, los documentos que conforman el Expediente Nº PP2024-INT-0310095; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 014-2023-MINEDU, se aprueba el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de Educación, el cual compendia un (1) procedimiento administrativo estandarizado, veintinueve (29) procedimientos administrativos y trece (13) servicios prestados en exclusividad; modi fi cado mediante la Resolución Ministerial Nº 593-2024-MINEDU, quedando en el TUPA del Ministerio de Educación vigente cuarenta y dos (42) trámites; Que, el inciso 1.13 del numeral 1 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS (en adelante, TUO de la Ley Nº 27444), dispone que el procedimiento administrativo se sustenta fundamentalmente en el principio de simplicidad según el cual los trámites establecidos por la autoridad administrativa deberán ser sencillos, debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria; es decir, los requisitos exigidos deberán ser racionales y proporcionales a los fi nes que se persigue cumplir; Que, el numeral 40.5 del artículo 40 del TUO de la Ley Nº 27444, establece que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simpli fi cación de los mismos pueden aprobarse por Resolución Ministerial; asimismo, el numeral 44.5 del artículo 44 del mismo cuerpo normativo señala que, una vez aprobado el TUPA, toda modi fi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector y se publica, según lo dispuesto por los numerales 44.2 y 44.3 del artículo 44 del TUO de la Ley Nº 27444; Que, por el Decreto Legislativo Nº 1256, se aprueba la Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas, cuya fi nalidad es supervisar el cumplimiento del marco legal que protege los derechos a la libre iniciativa privada y la libertad de empresa, en bene fi cio de personas naturales o jurídicas, mediante la prevención o la eliminación de barreras burocráticas ilegales y/o carentes de razonabilidad que restrinjan u obstaculicen el acceso a la permanencia de los agentes económicos en el mercado y/o que constituyan incumplimiento de las normas y/o principios que garantizan la simpli fi cación administrativa con el objeto de procurar una e fi ciente prestación de servicios al ciudadano por parte de las entidades de la administración pública; Que, mediante el Informe Nº 00006-2025-MINEDU/ VMGP-DIGESUTPA-DIGEST, la Dirección de Gestión de Instituciones de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística (DIGEST) dependiente de la Dirección General de Educación Técnico-Productiva y Superior Tecnológica y Artística (DIGESUTPA), sustenta la propuesta de simpli fi cación administrativa a los requisitos declarados barreras burocráticas ilegales, en los numerales 36 y 41 de los procedimientos administrativos de Licenciamiento de IES privado con código PA450069B0, y Licenciamiento de EEST privada con código PA45000685, previstos en el TUPA del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo Nº 014-2023-MINEDU y modi fi catoria, en atención a lo resuelto por la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas mediante la Resolución Nº 0708-2024/SEL-INDECOPI; Que, con el Informe Nº 00037-2025-MINEDU-SPE- OPEP-UNOME y el O fi cio Nº 00109-2025-MINEDU/ SPE-OPEP-UNOME, la Unidad de Organización y Métodos de la O fi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto, dependiente de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica, emite opinión favorable para aprobar, mediante Resolución Ministerial y en el marco de la simpli fi cación administrativa, la simpli fi cación de los requisitos comprendidos en los numerales 36 y 41 de los procedimientos administrativos de Licenciamiento de IES privado con código PA450069B0 y Licenciamiento de EEST privada con código PA45000685, previstos en el TUPA del Ministerio de Educación, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 014-2023-MINEDU y modi fi catoria, debido a que han sido declarados barrera burocrática ilegal mediante la Resolución Nº 0708-2024/ SEL-INDECOPI de la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas; Que, a través del Informe Nº 00468-2025-MINEDU/ SG-OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica considera legalmente viable la propuesta de simpli fi cación de los requisitos comprendidos en los numerales 36 y 41 de los procedimientos administrativos de Licenciamiento de IES privado con código PA450069B0 y Licenciamiento de EEST privada con código PA45000685, previstos en el TUPA del Ministerio de Educación, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 014-2023-MINEDU y modi fi catoria; De conformidad con la Ley Nº 31224, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación; el Decreto Legislativo Nº 1256, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Prevención y Eliminación de Barreras Burocráticas; el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS y modi fi catorias; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; SE RESUELVE:Artículo 1.- Simpli fi car los requisitos comprendidos en los numerales 36 y 41 de los procedimientos administrativos de Licenciamiento de IES privado con código PA450069B0 y Licenciamiento de EEST privada, con código PA45000685, previstos en el Texto