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88 NORMAS LEGALES Domingo 27 de abril de 2025 El Peruano / EGRESOS En Soles SECCIÓN PRIMERA : Gobierno CentralPLIEGO : 514 Universidad Nacional de IngenieríaUNIDAD EJECUTORA : 001 Universidad Nacional de Ingeniería PROGRAMA PRESUPUESTAL : 0066 Formación Universitaria de Pregrado PROYECTO : 2113086 Mejoramiento de las condiciones del Servicio de transporte de la Universidad Nacional de Ingeniería ACCIÓN DE INVERSIÓN : 6000007 Adquisición de vehículosFUENTE DE FINANCIAMIENTO : 2 Recursos Directamente Recaudados GASTO DE CAPITAL 2 Gastos Presupuestarios 2.6. Adquisición de activos no financieros 3 900 000 PROYECTO : 2168023 Ampliación de los servicios de la Residencia Universitaria de la Universidad Nacional de Ingeniera campus UNI - Rímac-Lima ACCIÓN DE INVERSIÓN : 4000040 Mejoramiento de infraestructura de educación universitaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 2 Recursos Directamente Recaudados GASTO DE CAPITAL 2 Gastos Presupuestarios 2.6. Adquisición de activos no financieros 4 178 496 PROYECTO : 2171470 Mejoramiento de los servicios académicos y de investigación del Laboratorio de Física General de la Facultad de Ciencias de la UNI ACCIÓN DE INVERSIÓN : 6000005 Adquisición de equiposFUENTE DE FINANCIAMIENTO : 2 Recursos Directamente Recaudados GASTO DE CAPITAL 2 Gastos Presupuestarios 2.6. Adquisición de activos no financieros 561 194 PROYECTO : 2171554 Mejoramiento de los servicios del Laboratorio de Mecánica de Suelos de la FIC de la UNI ACCIÓN DE INVERSIÓN : 4000040 Mejoramiento de infraestructura de educación universitaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 2 Recursos Directamente Recaudados GASTO DE CAPITAL 2 Gastos Presupuestarios 2.6. Adquisición de activos no financieros 1 449 242 PROYECTO : 2183094 Instalación del polideportivo UNI en el campus de la Universidad Nacional de Ingeniería ACCIÓN DE INVERSIÓN : 4000040 Mejoramiento de infraestructura de educación universitaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 2 Recursos Directamente Recaudados GASTO DE CAPITAL 2 Gastos Presupuestarios 2.6. Adquisición de activos no financieros 8 177 658 ACCIÓN DE INVERSIÓN : 6000005 Adquisición de equipos FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 2 Recursos Directamente Recaudados GASTO DE CAPITAL2 Gastos Presupuestarios 2.6. Adquisición de activos no financieros 31 720 ACCIÓN DE INVERSIÓN : 6000053 Control concurrente FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 2 Recursos Directamente Recaudados GASTO DE CAPITAL 2 Gastos Presupuestarios 2.6. Adquisición de activos no financieros 202 370 PROYECTO : 2251365 Creación de un sistema de automatización y control del edificio de la FIP de la UNI Rímac Lima ACCIÓN DE INVERSIÓN : 4000040 Mejoramiento de infraestructura de educación universitaria FUENTE DE FINANCIAMIENTO : 2 Recursos Directamente Recaudados GASTO DE CAPITAL 2 Gastos Presupuestarios 2.6. Adquisición de activos no financieros 621 973TOTAL DE EJECUTORA 001 S/ 19 122 653 ======== ======== TOTAL EGRESO 19 122 653 ======== Artículo 2°.- Ratifi car los demás extremos de la Resolución Rectoral N° 0823-2025-UNI del 31 de marzo de 2025 que no se contrapongan a lo resuelto en el presente acto resolutivo. Artículo 3°.- Disponer que, en virtud del cuarto párrafo de la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, se proceda con la publicación de la Resolución Rectoral N° 0823-2025-UNI del 31 de marzo de 2025 y del presente acto resolutivo, en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese, notifíquese y archívese.PABLO ALFONSO LÓPEZ CHAU NAVA Rector SONIA ANAPAN ULLOA Secretaria General 2394216-1 Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) de la Universidad Nacional de Ingeniería UNIVERSIDAD NACIONAL DE INGENIERÍA RESOLUCIÓN RECTORAL N° 1224-2025-UNI Lima, 22 de abril de 2025VISTO:El Expediente con Registro N° 10112-2025 del Sistema de Gestión Documentaria sobre la aprobación de la propuesta del Manual de Clasi fi cador de Cargos (MCC) formulado por la Unidad de Recursos Humanos de la Universidad Nacional de Ingeniería (UNI). CONSIDERANDO:Que el artículo 18° de la Constitución Política del Perú establece que “Cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes”; Que el artículo 8° de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, dispone que “El Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable (…)”. Dicha autonomía se mani fi esta en los regímenes normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, concordante con el artículo 7° del Estatuto de la UNI, aprobado mediante la Resolución Rectoral N° 1787-2014-UNI del 16 de diciembre de 2014; Que el artículo 58° de la precitada Ley Universitaria prescribe que “El Consejo Universitario es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica y administrativa de la universidad”, que es lo que recoge el artículo 18° del referido Estatuto, así como el artículo 4° del Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional de Ingeniería, aprobado por Resolución Rectoral N° 0142-2023-UNI del 26 de enero de 2023; Que en el artículo 4° de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se contempla como fi nalidad fundamental del proceso de modernización de la gestión del Estado, la obtención de mayores niveles de e fi ciencia del aparato estatal para lograr una mejor