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73 NORMAS LEGALES Domingo 27 de abril de 2025 El Peruano / disciplinaria de destitución, propuesta que fue acogida por la Jefatura de la O fi cina Descentralizada de la Autoridad Nacional de Control de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque mediante Informe número cero cuatro guion dos mil veintitrés guion ODANC guion LAMBAYEQUE, de fecha veintiuno de setiembre de dos mil veintitrés, de fojas cuatrocientos setenta y uno a cuatrocientos setenta y cinco. 1.4. Mediante resolución número ocho de fecha diecisiete de enero de dos mil veinticuatro, de fojas cuatrocientos ochenta y siete a quinientos dos, expedida por la Jefatura de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, se propone al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial imponga la sanción disciplinaria de destitución al servidor judicial Jorge Alberto De Los Santos Bautista, en su actuación como asistente judicial del Juzgado de Investigación Preparatoria de Cutervo de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque; asimismo, se dispuso la prolongación de la vigencia de la medida cautelar de suspensión preventiva en el ejercicio de todo cargo en el Poder Judicial, impuesta al servidor judicial antes mencionado, a través de la resolución número uno de fecha treinta y uno de julio de dos mil veintitrés, emitida en el Cuaderno Cautelar N° 936-1-2023-Lambayeque, el mismo que fue noti fi cado al investigado De Los Santos Bautista, en fecha veintitrés de agosto de dos mil veintitrés; ordenándose elevar los actuados al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, para que se pronuncie conforme a sus atribuciones. Segundo. Competencia del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. 2.1. El artículo ciento cuarenta y tres de la Constitución Política del Perú establece que el Poder Judicial está integrado por órganos jurisdiccionales que administran justicia en nombre de la Nación y por órganos que ejercen su gobierno; aspecto este último regulado también en el artículo setenta y dos del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el cual señala que la dirección nacional corresponde al Presidente de la Corte Suprema, al Consejo Ejecutivo y a la Sala Plena de la Corte Suprema; y, en los distritos judiciales corresponde al Presidente de la Corte Superior, al Consejo Ejecutivo Distrital y a la Sala Plena de dicha Corte, en donde lo hubiere. 2.2. El numeral treinta y ocho del artículo siete del Reglamento de Organización y Funciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa número doscientos ochenta y cuatro guion dos mil dieciséis guion CE guion PJ, señala que es atribución de este Órgano de Gobierno resolver en primera instancia administrativa las propuestas de destitución y separación formuladas por la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial contra jueces de paz y auxiliares jurisdiccionales. 2.3. De acuerdo al numeral c) del artículo veinticuatro del Reglamento del Procedimiento Administrativo Disciplinario de la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa número doscientos cuarenta y tres guion dos mil quince guion CE guion PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial emitirá pronunciamiento respecto a la propuesta de destitución elevada por la Jefatura de la O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, cuando se trate de auxiliares jurisdiccionales. 2.4. En base a las normas antes citadas, este Órgano de Gobierno es competente para pronunciarse respecto a la propuesta de destitución formulada por la Jefatura de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial al servidor judicial Jorge Alberto De Los Santos Bautista, por su actuación como asistente judicial del Juzgado de Investigación Preparatoria de Cutervo de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. Tercero. Objeto de pronunciamiento. Es objeto de examen lo dispuesto en la resolución número ocho de fecha diecisiete de enero de dos mil veinticuatro, de fojas cuatrocientos ochenta y siete a quinientos dos, mediante la cual la Jefatura de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial propone ante el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, se imponga la sanción disciplinaria de destitución al investigado Jorge Alberto De Los Santos Bautista, por su actuación como asistente judicial del Juzgado de Investigación Preparatoria de Cutervo de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque. Cuarto. Cargos imputados al servidor judicial investigado. 4.1. Conforme se aprecia de la resolución número uno de fecha veinte de junio de dos mil veintitrés, de fojas cuarenta y nueve a cincuenta y cinco, se inició procedimiento administrativo disciplinario contra el servidor judicial Jorge Alberto De Los Santos Bautista en su actuación como asistente judicial del Juzgado de Investigación Preparatoria de Cutervo de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, imputándosele el siguiente cargo: “… habría solicitado el monto de S/ 4,500.00 al ciudadano Juan José Alarcón García, por ayudarlo en el proceso judicial N° 236-2020-85-1702-JR-PE, tramitado ante el Juzgado Penal Unipersonal de Cutervo, al encontrarse vigente la orden de captura, cerrando el trato en S/ 2,000.00 soles, de los cuales devolvió S/ 400.00 para que el ciudadano cancele la reparación civil ante el Banco de la Nación”. 4.2. Con su accionar habría incurrido en faltas muy graves previstas en los incisos uno y dos del artículo diez del Reglamento que regula el Régimen Disciplinario de los Auxiliares Jurisdiccionales del Poder Judicial, aprobado por Resolución Administrativa número doscientos veintisiete guion dos mil nueve guion CE guion PJ, esto es: “1. Aceptar de los litigantes o sus abogados o por cuenta de ellos donaciones, obsequios, atenciones, agasajos, sucesión testamentaria o cualquier tipo de bene fi cio a su favor (…)” y “2. Ejercer la defensa o asesoría legal pública o privada, salvo en los casos exceptuados por ley”. Quinto. Argumentos de defensa del investigado. Iniciado el procedimiento administrativo disciplinario contra el servidor judicial Jorge Alberto De Los Santos Bautista, en su actuación como asistente judicial del Juzgado de Investigación Preparatoria de Cutervo de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, se observa de los presentes actuados, que el investigado ha sido notifi cado con todas las actuaciones a lo largo del presente procedimiento administrativo disciplinario; por lo que, se establece que el mismo tiene conocimiento de los cargos atribuidos en su contra. Sin embargo, el mismo no ha presentado el descargo respectivo de los cargos que se le imputan, situación que no impide a este Consejo Ejecutivo del Poder Judicial pronunciarse por los cargos atribuidos en su contra. Sexto. Análisis del caso. 6.1. El Órgano de Control imputa al investigado Jorge Alberto De Los Santos Bautista, que en su actuación como asistente judicial del Juzgado de Investigación Preparatoria de Cutervo de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque, incurrió en actos de corrupción, siendo que habría solicitado la suma de cuatro mil quinientos soles al señor Juan José Alarcón García, para ayudarlo en el proceso judicial, Expediente número doscientos treinta y seis guion dos mil veinte guion ochenta y cinco guion mil setecientos dos guion JR guion PE, tramitado ante el Juzgado Penal Unipersonal de Cutervo, al encontrarse vigente la orden de captura en contra de éste, cerrando el trato en la suma de dos mil soles, de los cuales el investigado devolvió la cantidad de cuatrocientos soles, para que el citado procesado cancele la reparación civil ante el Banco de la Nación. 6.2. Esta imputación contra el investigado Jorge Alberto De Los Santos Bautista surge en mérito a la denuncia presentada por el señor Juan José Alarcón García, quien denuncia los actos de corrupción en su agravio, conforme lo detalló ante la jueza supernumeraria del Juzgado Penal Unipersonal de Cutervo, señora Milena Leticia Baique