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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (27/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 17

17 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de agosto de 2025 El Peruano / RELACIONES EXTERIORES Autorizan a la APCI el gasto por adquisición de pasajes aéreos y viáticos para el desplazamiento de cooperantes peruanos, quienes brindarán asistencia técnica y capacitación en el marco de ejecución de actividad en la República de El Salvador RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0557-2025-RE Lima, 24 de agosto de 2025VISTOS: El Memorándum Nº APC003792025, de 8 de agosto de 2025, de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; el Memorándum Nº DCI009202025, de 11 de agosto de 2025, de la Dirección de Cooperación Internacional y Asistencia Humanitaria Internacional; el Memorándum Nº LEG017022025, de 15 de agosto de 2025, de la O fi cina General de Asuntos Legales; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Ley Nº 27692, Ley de Creación de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, la referida Agencia es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Relaciones Exteriores, que ejecuta, programa y organiza la cooperación técnica internacional, también llamada cooperación internacional no reembolsable, la cual se gestiona a través del Estado y que proviene de fuentes del exterior de carácter público y/o privado, en función de la política nacional de desarrollo, y por consiguiente, goza de los bene fi cios tributarios que la ley establece; ejecuta la Política Nacional de Cooperación Técnica Internacional (PNCTI); y, proyecta la oferta peruana de cooperación técnica internacional, en el marco de las prioridades de desarrollo nacional y de la política exterior; Que, el literal c) del artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 719, Ley de Cooperación Técnica Internacional, establece que la Cooperación Técnica Internacional es el medio por el cual el Perú brinda preparación técnica, cientí fi ca y cultural a peruanos en el país o en el extranjero, y a los extranjeros en el Perú; Que, la Sexagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, prorrogada en su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025 por el numeral iv. de la Centésima Sexagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, autoriza a la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, a fi nanciar, con cargo a su presupuesto institucional y en el marco de lo señalado por el Decreto Legislativo Nº 719, la adquisición de pasajes, viáticos y seguros personales que permita el desplazamiento de cooperantes peruanos al exterior, para brindar asistencia técnica y capacitación, así como también para facilitar el desplazamiento de bene fi ciarios extranjeros hacia el Perú para recibir capacitación, ambos de corta duración. Los gastos que se efectúen en el marco de la citada disposición deberán contar previamente con una autorización aprobada mediante resolución del titular del Ministerio de Relaciones Exteriores; Que, la cooperación entre la República del Perú y la República de El Salvador se enmarca en el “Convenio Básico de Cooperación Técnica Cientí fi ca entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República de El Salvador”, suscrito el 13 de junio de 1996, a través del cual se estableció la creación de una Comisión Mixta integrada por representantes de ambas partes, como un mecanismo de seguimiento de las acciones de cooperación previstas en dicho Convenio, que se reunirá cada dos (2) años, alternativamente; Que, en la VII Reunión de la Comisión Mixta de Cooperación Técnica y Cientí fi ca entre la República del Perú y la República de El Salvador, se aprobó el Programa de Cooperación Técnica y Cientí fi ca 2024 – 2025, el cual está conformado, entre otros, por el Proyecto denominado “Fortalecimiento de capacidades de las sedes de Gastro Lab Surf City a través del intercambio de experiencias gastronómicas entre El Salvador y Perú”; Que, en el marco del mencionado Proyecto se ha programado la actividad denominada “Reunión de trabajo en las o fi cinas de MITUR. Visita a la sede Gastro Lab Surf City para que el CENFOTUR realice talleres relacionados a cartas y platos innovadores y sostenibles en las sedes de Gastro Lab Surf City, con actores claves del programa, tales como jóvenes bene fi ciarios, docentes del programa, empresarios. Visita a destinos gastronómicos de El Salvador para dar a conocer qué estrategias se han implementado en el Perú para la innovación de la oferta turística y como usarlo en El Salvador (especí fi camente en casos innovadores de éxito en Gastronomía, relacionados al agroturismo Ejm. cadena de valor del café)”, a realizarse en la ciudad de San Salvador y en los departamentos de La Libertad, San Miguel, Santa Ana y La Unión, República de El Salvador, del 31 de agosto al 05 de septiembre de 2025, y cuyas instituciones ejecutoras son el Centro de Formación en Turismo (CENFOTUR) de la República del Perú y el Ministerio de Turismo (MITUR) de la República de El Salvador; Que, mediante Informe Nº 0120-2025-APCI/DGNI, de 5 de agosto de 2025, la Dirección de Gestión y Negociación Internacional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional – APCI, ha señalado que en la referida actividad del Proyecto participarán los cooperantes peruanos LUZ JOHANA PERALES ALVAREZ Y RONY ARMANDO CHEVEZ MUSTTO, quienes brindarán asistencia técnica y capacitación en la ciudad de San Salvador y en los departamentos de La Libertad, San Miguel, Santa Ana y La Unión, República de El Salvador; con el objetivo de fortalecer la oferta gastronómica sostenible y la innovación en el sector turístico de El Salvador, mediante una serie de actividades integradas con profesionales del CENFOTUR, promoviendo la inclusión de jóvenes en situación de vulnerabilidad y la vinculación de pequeños productores locales con el mercado turístico, y docentes del programa Gastro Lab Surf City; concluyendo que resulta necesario proceder con la autorización de gasto por concepto de pasajes aéreos, seguros personales y viáticos para el desplazamiento de dos (2) funcionarios del CENFOTUR de la República del Perú, en calidad de cooperantes peruanos; Que, de conformidad con lo establecido en la Sexagésima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 31365, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2022, prorrogada en su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2025 por el numeral iv. de la Centésima Sexagésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 32185, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2025, los gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y seguros personales que irrogue el desplazamiento de los citados cooperantes peruanos serán cubiertos con cargo al presupuesto institucional de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI; Que, la participación de los cooperantes peruanos se inscribe en el marco de lo dispuesto en la “Directiva que establece el procedimiento de adquisición de pasajes, asignación de viáticos y rendición de cuentas en el marco de la gestión de la Oferta Peruana de Cooperación Técnica Internacional”, aprobada por la Resolución Directoral Ejecutiva Nº 080-2019/APCI-DE; Que, mediante memoranda Nº 0092-2025-APCI/ OPP, Nº 0121-2025-APCI/OPP y Nº 0146-2025-APCI/OPP, de 27 de enero de 2025 y, 11 y 18 de febrero de 2025, respectivamente, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI ha emitido las Notas Nº 0000000052, Nº 0000000067 y Nº 0000000084, otorgando la certi fi cación de crédito presupuestario que permitirán atender el citado gasto; Que, luego de la revisión de los requisitos, de las disposiciones establecidas en la normativa sobre la materia y sus directivas internas, la O fi cina de Asesoría Jurídica de la Agencia Peruana de Cooperación Internacional - APCI, mediante el Informe Nº 0165-2025- APCI/OAJ, de 07 de agosto de 2025, ha emitido opinión favorable respecto a la autorización de gasto;