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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (27/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Miércoles 27 de agosto de 2025 El Peruano / Disponen la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que modifica las Normas Técnicas G.040 Definiciones y A.020 Vivienda del Reglamento Nacional de Edificaciones, aprobado por D.S. N° 011-2006-VIVIENDA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 214-2025- VIVIENDA Lima, 25 de agosto de 2025 VISTOS: La Nota N° 280-2024-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU de fecha 15 de julio del 2025, emitida por la Dirección General de Políticas y Regulación en Vivienda y Urbanismo (DGPRVU); el Informe Técnico-Legal N° 014-2025-VIVIENDA/VMVU-DGPRVU-DV-JLHP-KCG de fecha 15 de julio de 2025, emitido por la Dirección de Vivienda; el Informe N° 645-2025-VIVIENDA/SG-OGAJ de fecha 15 de agosto de 2025, emitido por la O fi cina General de Asesoría Jurídica (OGAJ); y, CONSIDERANDO: Que, los artículos 5 y 6 de la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento (MVCS), establecen que este Ministerio tiene competencia, entre otras, en la materia de construcción; y es el órgano rector de las políticas nacionales y sectoriales dentro de su ámbito de competencia, que son de obligatorio cumplimiento por los tres niveles de gobierno en el marco del proceso de descentralización, y en todo el territorio nacional; asimismo, tiene entre sus competencias exclusivas, dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas nacionales y sectoriales; Que, el numeral 2 del artículo 10 de la citada Ley, señala que el MVCS, en el marco de sus competencias, desarrolla la función compartida de normar, aprobar, ejecutar y supervisar las políticas nacionales sobre ordenamiento y desarrollo urbanístico, habilitación urbana y edi fi caciones, uso y ocupación del suelo urbano y urbanizable, en el ámbito de su competencia, en concordancia con las leyes orgánicas de gobiernos regionales y de las municipalidades; Que, el artículo 65 del Reglamento de Organización y Funciones del MVCS, aprobado por el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, modi fi cado por el Decreto Supremo N° 006-2015-VIVIENDA (en adelante, el ROF), establece que la DGPRVU es el órgano de línea del MVCS responsable de formular y proponer las políticas nacionales y sectoriales en las materias de vivienda, urbanismo y desarrollo urbano; así como dictar normas, lineamientos y establecer los procedimientos para el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales como sistema sostenible en el territorio nacional, facilitando además, el acceso de la población a una vivienda digna, en especial de aquella población rural o de menores recursos; Que, el literal o) del artículo 66 del ROF, establece como función de la DGPRVU proponer las actualizaciones del Reglamento Nacional de Edi fi caciones (RNE), en coordinación con los sectores que se vinculen; Que, mediante el Decreto Supremo N° 015-2004-VIVIENDA se aprueba el Índice y la estructura del RNE, aplicable a las Habilitaciones Urbanas y a las Edifi caciones que se ejecuten en el territorio nacional; y, los artículos 1 y 3 de la citada norma, establecen que corresponde al MVCS aprobar, mediante Resolución Ministerial, las normas técnicas de acuerdo al mencionado Índice y sus variaciones según los avances tecnológicos; Que, a través del Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA se aprueban sesenta y seis (66) Normas Técnicas del RNE, comprendidas en el Índice citado en el considerando precedente, entre ellas, las Normas Técnicas G.040 De fi niciones y A.020 Vivienda del RNE;Que, el numeral 19.1 del artículo 19 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, señala que sin perjuicio de la aplicación de los mecanismos de consulta pública previstos en el Reglamento que desarrolla el Marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por el Decreto Supremo N° 063-2021-PCM, o norma que lo sustituya, los proyectos de normas jurídicas de carácter general deben ser publicados en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso; el plazo para la recepción de los comentarios, aportes u opiniones, no debe ser menor a quince días calendario contados desde el día siguiente de su publicación, salvo disposición normativa de rango superior que establezca lo contrario, conforme a lo señalado en el literal c) del numeral 20.1 del artículo 20 del acotado Reglamento; Que, mediante la Nota N° 280-2024-VIVIENDA/VMVU- DGPRVU y el Informe Técnico-Legal N° 014-2025-VIVIENDA/ VMVU-DGPRVU-DV-JLHP-KCG, ambos de fecha 15 de julio de 2025, la DGPRVU sustenta la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que modi fi ca: (i) La Norma Técnica G.040 De fi niciones del RNE, con el objeto adecuar y/o actualizar las de fi niciones referidas a conjunto habitacional/residencial, vivienda, vivienda bifamiliar, vivienda multifamiliar, vivienda unifamiliar y vivienda de uso colectivo; así como, incorporar las de fi niciones técnicas de vivienda de interés social y lote único, que están relacionadas a las condiciones de diseño que deben cumplir los proyectos de edi fi cación residenciales; y, (ii) La Norma Técnica A.020 Vivienda del RNE, con el objeto de realizar precisiones sobre la edi fi cación residencial y las tipologías de edi fi caciones residenciales, especí fi camente sobre adecuaciones y/o precisiones de la vivienda de uso colectivo; a fi n de proponer una normativa que se encuentre en concordancia con los intereses de la ciudadanía y las consideraciones técnicas que puedan emitir las instituciones públicas o privadas, así como pueda ser aplicable al diseño de la vivienda de interés social y la vivienda de uso colectivo; Que, asimismo, la DGPRVU señala que existe la necesidad de efectuar la publicación en el diario o fi cial El Peruano de la presente propuesta normativa por un plazo de quince días calendario, a fi n de permitir que las personas interesadas formulen comentarios, aportes u opiniones, sobre las medidas propuestas; Que, a través del Informe N° 645-2025-VIVIENDA/ SG-OGAJ de fecha 15 de agosto de 2025, la OGAJ emite opinión favorable para continuar con el trámite de aprobación de la presente Resolución Ministerial; Que, en consecuencia, corresponde disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que aprueba la modi fi cación de las Normas Técnicas G.040 Defi niciones y A.020 Vivienda del RNE, por el plazo de quince días calendario, a fi n de recibir comentarios, aportes u opiniones de la ciudadanía; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30156, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 010-2014-VIVIENDA, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y modi fi catoria; el Decreto Supremo N° 015-2004-VIVIENDA, que aprueba el Índice del Reglamento Nacional de Edi fi caciones, y modi fi catorias; el Decreto Supremo N° 011-2006-VIVIENDA, que aprueba sesenta y seis (66) Normas Técnicas del Reglamento Nacional de Edi fi caciones, y modi fi catorias; y, el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos; SE RESUELVE:Artículo 1.- Publicación del proyecto de Resolución Ministerial Disponer la publicación del proyecto de Resolución Ministerial que modi fi ca las Normas Técnicas G.040