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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE AGOSTO DEL AÑO 2025 (28/08/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 60

TEXTO PAGINA: 14

14 NORMAS LEGALES Jueves 28 de agosto de 2025 El Peruano / DESARROLLO AGRARIO Y RIEGO FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 052-2025- MIDAGRI-INIA Mediante O fi cio N° 0033-2025-MIDAGRI-INIA-GG- UACID, el Instituto Nacional de Innovación Agraria solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 052-2025-MIDAGRI-INIA, publicada en edición extraordinaria del día 25 de agosto de 2025. En el segundo considerando: DICE: “Que, mediante Informe N° 0071-2025-MIDAGRI-INIA- GG/URH, de fecha 21 de agosto de 2025, la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos, hace suyo lo manifestado en el Informe Técnico N° 00062-2025/MIDAGRI-INIA-GG/OGRH/GR que sustenta la evaluación de la propuesta de designación del señor EDMUNDO BENJAMÍN VILCA APAZA en el cargo de con fi anza de Director de la Estación Experimental Agraria Moquegua del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, señalando la viabilidad de su designación para asumir dicho cargo, en atención a que cumple con los requisitos previstos en el Manual de Clasi fi cador de Cargos del INIA, aprobado por Resolución de Gerencia General N° 066-2025-INIA-GG;” DEBE DECIR: “Que, mediante Informe N° 0071-2025-MIDAGRI- INIA-GG/URH, de fecha 21 de agosto de 2025, la Ofi cina de Gestión de Recursos Humanos, hace suyo lo manifestado en el Informe Técnico N° 00062- 2025/MIDAGRI-INIA-GG/OGRH/GR que sustenta la evaluación de la propuesta de designación del señor EDMUNDO BENJAMÍN VILCA QUISPE en el cargo de con fi anza de Director de la Estación Experimental Agraria Moquegua del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, señalando la viabilidad de su designación para asumir dicho cargo, en atención a que cumple con los requisitos previstos en el Manual de Clasi fi cador de Cargos del INIA, aprobado por Resolución de Gerencia General N° 066-2025-INIA-GG;” En el tercer Considerando: DICE:“Que, con Informe N° 00540-2025-MIDAGRI-INIA- GG/OAJ, de fecha 22 de agosto de 2025, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que en mérito a la evaluación realizada por la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos resulta viable la designación del señor EDMUNDO BENJAMÍN VILCA APAZA en el cargo de con fi anza de Director de la Estación Experimental Agraria Moquegua del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA;” DEBE DECIR: “Que, con Informe N° 00540-2025-MIDAGRI-INIA- GG/OAJ, de fecha 22 de agosto de 2025, la O fi cina de Asesoría Jurídica concluye que en mérito a la evaluación realizada por la O fi cina de Gestión de Recursos Humanos resulta viable la designación del señor EDMUNDO BENJAMÍN VILCA QUISPE en el cargo de con fi anza de Director de la Estación Experimental Agraria Moquegua del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA;” En el artículo primero: DICE: “Artículo 1.- Designar, a partir del 25 de agosto de 2025, al señor EDMUNDO BENJAMÍN VILCA APAZA, en el cargo de Director de la Estación Experimental Agraria Moquegua del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, cargo considerado de con fi anza.” DEBE DECIR: “Artículo 1.- Designar, a partir del 25 de agosto de 2025, al señor EDMUNDO BENJAMÍN VILCA QUISPE, en el cargo de Director de la Estación Experimental Agraria Moquegua del Instituto Nacional de Innovación Agraria - INIA, cargo considerado de con fi anza.” 2432216-1 ECONOMÍA Y FINANZAS Aprueban Lineamientos generales para la atención de consultas respecto a la interpretación y aplicación del marco normativo del mecanismo de Obras por Impuestos RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 003-2025-EF/68.01 Lima, 25 de agosto de 2025 VISTO: El Informe N° 264-2025-EF/68.02, de la Dirección de Política de Inversión Privada de la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada; y, CONSIDERANDO:Que, la Ley N° 29230, Ley que impulsa la inversión pública regional y local con participación del sector privado, tiene como objetivo impulsar la ejecución de proyectos de inversión pública de impacto regional y local, inversiones de optimización, de ampliación marginal, de reposición y de rehabilitación (IOARR), las IOARR de Estado de Emergencia Nacional y el mantenimiento de infraestructura que hubiera sido ejecutada bajo dicha ley u otra modalidad, con la participación del sector privado, mediante la suscripción de convenios con los gobiernos regionales y/o locales; Que, la Décimo Novena Disposición Complementaria y Final de la Ley N° 29230, en concordancia con el numeral 1 del Artículo VII del Título Preliminar del Reglamento de la Ley N° 29230, aprobado por Decreto Supremo N° 210-2022-EF, establecen que la Dirección General de Política de Promoción de la Inversión Privada (DGPPIP) del Ministerio de Economía y Finanzas emite opinión vinculante, exclusiva y excluyente, en el ejercicio de sus competencias y con relación a la interpretación y aplicación de la referida Ley, su Reglamento y demás normas complementarias; Que, asimismo, la Disposición Complementaria y Final indicada en el considerando precedente, en concordancia con la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley N° 29230, prevén que la DGPPIP del Ministerio de Economía y Finanzas establece los lineamientos, formatos, directivas, guías, metodológicas y otras disposiciones complementarias referidas a la aplicación del mecanismo de Obras por Impuestos de obligatorio cumplimiento por las Entidades Públicas; Que, el literal b) del artículo 237 del Texto Integrado actualizado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, aprobado por Resolución Ministerial N° 331-2023-EF/41, establece que la DGPPIP tiene la función de aprobar los lineamientos y formatos para la aplicación del mecanismo de Obras por Impuestos; Que, en este contexto, resulta necesario formular los lineamientos a seguir para la atención de consultas respecto a la interpretación y aplicación del marco normativo del mecanismo de Obras por Impuestos que se formulen ante la Dirección General de Política de