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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (03/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 25

25 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de diciembre de 2025 El Peruano / y Yurimaguas, por falta de capacidad de transmisión en el corredor 138 kV Tingo María – Aucayacu – Tocache, desde la publicación de la presente Resolución Ministerial hasta la puesta en servicio del proyecto “ITC Enlace 220 kV Belaunde Terry – Tarapoto Norte (2 circuitos), ampliaciones y subestaciones asociadas”, prevista como máximo al 29 de febrero de 2028. Artículo 2.- Declarar que la magnitud de la capacidad adicional de generación eléctrica de naturaleza temporal necesaria para asegurar el abastecimiento oportuno del suministro de energía eléctrica asociada al Sistema Eléctrico de Tarapoto es de hasta 6.2 MW. Artículo 3.- Designar a la empresa Electro Oriente S.A., para que en cumplimiento de lo señalado en el artículo 3 del Decreto Supremo N° 044-2014- EM se encargue de implementar las medidas que permitan superar la situación de grave de fi ciencia del servicio eléctrico declarada en la presente Resolución Ministerial. Artículo 4.- Disponer que la empresa Electro Oriente S.A. remita al Ministerio de Energía y Minas dentro de los tres primeros meses luego de emitida la presente Resolución Ministerial, el cronograma y el expediente de las contrataciones de obras, servicios o bienes. Asimismo, de manera semestral la empresa Electro Oriente S.A. informe al Ministerio de Energía y Minas el avance de la implementación y ejecución de las medidas adoptadas. El cumplimiento del presente artículo está a cargo de la Dirección General de Electricidad. Artículo 5.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial en la sede digital del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de su publicación en el diario o fi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS ENRIQUE BRAVO DE LA CRUZ Ministro de Energía y Minas 2464981-1 Designan Jefe de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 411-2025- MINEM/DM Lima, 2 de diciembre de 2025VISTOS: El Memorando N° 02208-2025/MINEM- SG de la Secretaría General; el Informe N° 0378-2025/ MINEM-SG-OII de la O fi cina de Integridad Institucional; el Informe N° 251-2025-MINEM/OGA-ORH de la Ofi cina de Recursos Humanos de la O fi cina General de Administración; el Informe N° 1202-2025-MINEM/OGAJ de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas (en adelante, Ley N° 30705) se determina y regula el ámbito de competencia, las funciones y la estructura básica del Ministerio de Energía y Minas; Que, el artículo 4 de Ley N° 30705 establece que el Ministerio de Energía y Minas ejerce competencias en materia de energía, que comprende electricidad e hidrocarburos, y de minería; Que, la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil (en adelante, Ley del Servicio Civil), establece un régimen laboral único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado, así como aquellas personas encargadas de su gestión, del ejercicio de sus potestades y de la prestación de servicio a cargo de éstas; Que, el artículo 2 de la Ley del Servicio Civil señala que los servidores civiles de las entidades públicas se clasi fi can en los siguientes grupos: i) Funcionarios Públicos; ii) Directivos Públicos; iii) Servidores Civiles de Carrera; y, iv) Servidores de Actividades Complementarias; señalando que en cualquiera de estos grupos pueden existir servidores de con fi anza; Que, de acuerdo con el literal e) del artículo 3 de la Ley del Servicio Civil, el servidor de con fi anza es el servidor civil que forma parte del entorno directo e inmediato de los funcionarios o directivos públicos y cuya permanencia en el Servicio Civil está determinada y supeditada a la confi anza por parte de la persona que lo designó; ingresa sin concurso público de méritos, sobre la base del poder discrecional con que cuenta el funcionario que lo designa; no conforma un grupo y se sujeta a las reglas que correspondan al puesto que ocupa; Que, el artículo 79 de la Ley del Servicio Civil señala que, el vínculo entre los servidores de con fi anza y la entidad se establece en un contrato escrito de naturaleza temporal, cuya vigencia se condiciona a la con fi anza de quien los designa; en tanto que su designación se realiza mediante el acto administrativo que corresponda de acuerdo a ley o mediante el acto de administración contemplado en la Ley, según sea el caso, correspondiendo que el acto sea publicado en la página web de la entidad; Que, mediante Resolución Secretarial N° 033-2019- MEM/SG, se aprobó el Manual de Per fi les de Puestos del Ministerio de Energía y Minas (en adelante, Manual de Perfi les de Puestos del MINEM); Que, con Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 092-2019-SERVIR/PE, se formaliza el acuerdo de Consejo Directivo de SERVIR, adoptado en sesión N° 018-2019, mediante el cual se aprobó el Cuadro de Puestos de la Entidad (CPE) del Ministerio de Energía y Minas; Que, con Resolución Jefatural Nº 347-2025-MINEM/ OGA-ORH, se actualizó el Cuadro Nº 1, su Resumen Cuantitativo y el Registro de Contratación Directa - Servidores Civiles de Con fi anza, correspondientes al Cuadro de Puestos de la Entidad del Ministerio de Energía y Minas, en cuyo Anexo se consigna en la posición (correlativo) Nº 122, el puesto de Jefe(a) de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas, el mismo que se encuentra presupuestado; Que, la O fi cina de Integridad Institucional en el Informe N° 0378-2025/MINEM-SG-OII, señala que no existe con fl icto de interés real o potencial; por lo que, en el marco de la Ley N° 31564, Ley de prevención y mitigación del con fl icto de intereses en el acceso y salida de personal del servicio público, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 082-2023-PCM, el señor Teó fi lo Gamarra Saldívar puede acceder al puesto de Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas; Que, mediante Informe N° 251-2025-MINEM/OGA- ORH, la O fi cina de Recursos Humanos señala que el señor Teó fi lo Gamarra Saldívar, cumple con los requisitos del per fi l para ser designado en el puesto de Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas, según el Manual de Per fi les de Puestos del MINEM; y que dicho puesto se encuentra presupuestado; Que, mediante el Informe Nº 1202-2025-MINEM/ OGAJ, la O fi cina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para la designación del señor Teófi lo Gamarra Saldívar, en el puesto de con fi anza de Jefe de la O fi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas; Que, el literal j) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM, señala que, es función del/de la Ministro/a de Energía y Minas nombrar y/o remover a los titulares de los cargos de con fi anza del Ministerio; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; el Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; y, el Decreto Supremo N° 031-2007-EM que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas;