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29 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de diciembre de 2025 El Peruano / De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, el Decreto Supremo N° 013-2017-JUS, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar a la señora Nathaly Maguiña Mendoza, en el cargo de con fi anza de Directora de Programa Sectorial II, Nivel F-3, Directora de Promoción de la Justicia y Fortalecimiento de la Práctica Jurídica, de la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER E. MARTÍNEZ LAURA MinistroMinisterio de Justicia y Derechos Humanos 2464726-1 PRODUCE Aprueban diversas Normas Técnicas Peruanas en su versión 2025, referentes a cacao y chocolate, cuero, pieles de ovino, cosméticos, cereales y otros RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 000027-2025- INACAL/DN San Isidro, 26 de noviembre del 2025 VISTO: El Informe N° 009-2025-I NACAL/DN.PA CONSIDERANDO: Que, el artículo 10 de la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad - INACAL, establece que las competencias del INACAL, entre ellas, la Normalización, se sujetan a lo establecido en el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al Comercio de la Organización Mundial del Comercio (OMC), el cual contempla en su Anexo 3 el Código de Buena Conducta para la Elaboración, Adopción y Aplicación de Normas, siendo que el literal J del citado Anexo establece que las instituciones con actividades de normalización elaboran programas de trabajo, entre otros documentos; Que, el artículo 19 de la Ley N° 30224, en concordancia con el artículo 35 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Calidad - INACAL, establece que la Dirección de Normalización es la autoridad nacional competente para administrar la política y gestión de la Normalización, encontrándose encargada de conducir el desarrollo de normas técnicas para productos, procesos o servicios, y goza de autonomía técnica y funcional; Que, el numeral 18.3 del artículo 18 de la Ley N° 30224, establece que las Normas Técnicas Peruanas promueven la calidad de los bienes y servicios que se ofertan en el mercado, por lo que deben ser revisadas cada cinco (5) años, en concordancia con el literal d) del artículo 36 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE; Que, la Dirección de Normalización, en ejercicio de sus funciones de revisar y actualizar periódicamente las Normas Técnicas Peruanas, así como elaborar y actualizar periódicamente los programas de normalización considerando la demanda del sector público y privado, establecidas en los literales d) y l) del artículo 36 del Decreto Supremo N° 009-2019-PRODUCE, elaboró y aprobó el Programa de Actualización de Normas Técnicas Peruanas correspondientes al año 2025, a través del Informe N° 001-2025-INACAL/DN - Programa de Actualización -Parte 1, de fecha 28 de enero de 2025, del Informe N° 002-2025-INACAL/DN - Programa de Actualización-Parte 2, de fecha 12 de junio de 2025, y del Informe N° 003-2025-INACAL/DN - Programa de Actualización-Parte 3, de fecha 24 de junio de 2025 los que se encuentran publicados en el portal institucional del INACAL; Que, en el marco del citado programa fue emitido el Informe N° 009-2025-INACAL/DN.PA el cual señala que, luego de realizada la consulta pública, revisión y evaluación respectiva, de 40 Normas Técnicas Peruanas correspondientes a las materias de: a) Aplicación de métodos estadísticos, b) Cacao y chocolate, c) Café, d) Calidad de agua, e) Cereales y productos derivados, f) Conservas vegetales, g) Cuero, calzado y derivados, h) Gestión ambiental, i) Métodos de ensayo para alimentos, j) Productos forestales maderables transformados, k) Tecnología química, l) Transporte eléctrico, m) Unidades de albañilería, n) Uso racional de energía y e fi ciencia energética, o) Vidrio, cerámica, refractarios y abrasivos; corresponde aprobarlas en su versión 2025 y dejar sin efecto las correspondientes versiones anteriores; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30224, Ley que crea el Sistema Nacional para la Calidad y el Instituto Nacional de Calidad; el Decreto Supremo Nº 009-2019-PRODUCE, Reglamento de Organización y Funciones del INACAL; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobar las siguientes Normas Técnicas Peruanas en su versión 2025: NTP 208.018:2019 (revisada el 2 025) CACAO Y CHOCOLATE. Determinación de cobre en alimentos. Método colorimétrico. 2ª Edición Reemplaza a la NTP 208.018:2019 CACAO Y CHOCOLATE. NTP 208.029:2019 (revisada el 2 025) Determinación de fibra cruda. 3ª Edición Reemplaza a la NTP 208.029:2019 NTP-ISO 2292:2019 (revisada el 2 025) Granos de cacao. Muestreo. 5ª Edición Reemplaza a la NTP-ISO 2292:2019 NTP-ISO 4048|IULTCS/IUC 4:2019 Cuero. Ensayos químicos. (revisada el 2025) Determinación de las materias solubles en diclorometano y del contenido de ácidos grasos libres. 3ª Edición Reemplaza a la NTP-ISO 4048:2019 NTP-ISO 4683-1:2009 (revisada el 2025) Pieles de ovino. Parte 1: Descripción de defectos. 1ª Edición Reemplaza a la NTP-ISO 4683- 1:2009 (revisada el 2019) NTP-ISO 5398-1|IULTCS/IUC 8:2019 Cuero. Determinación química (revisada el 2 025) del contenido en óxido de cromo. Parte 1: Cuantificación por valoración. 2ª Edición Reemplaza a la NTP-ISO 5398- 1:2019 NTP-ISO 5398-2|IULTCS/I UC 8-2 :2014 Cuero. Determinación química (revisada el 2 025) del contenido en óxido de cromo. Parte 2: Cuantificación por determinación colorimétrica. 1ª Edición Reemplaza a la NTP-ISO 5398- 2:2014 (revisada el 2019) NTP-ISO 11641|IULTCS/IU F 426:2014 Cuero. Ensayos de solidez del (revisada el 2 025) color. Solidez del color al sudor. 2ª Edición Reemplaza a la NTP-ISO 11641:2014 (revisada el 2019)