Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (03/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 28

28 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de diciembre de 2025 El Peruano / personal de la Policía Nacional del Perú, en cumplimiento de la función policial, aprobados mediante Decreto Supremo N° 003-2017-IN, en los siguientes términos: «Artículo 11 .- Justi fi cación de servicios policiales extraordinarios Las situaciones extraordinarias en que se puede asignar personal de vacaciones, permiso o franco, para la realización de servicios policiales extraordinarios son las siguientes: a. Para atender la seguridad externa en eventos públicos artísticos, deportivos y culturales, cuando por el número de asistentes se pueda alterar el orden público o encontrarse en riesgo la integridad física y vida de los asistentes al evento. b. Para atender la seguridad externa de instituciones educativas. c. Para atender la seguridad de instituciones bancarias y fi nancieras. d. Para atender la seguridad externa de instalaciones estratégicas vinculadas con la explotación o transporte de recursos naturales. e. Para atender necesidades adicionales a la asignación regular en la jurisdicción de gobiernos regionales o locales, en lo que se re fi ere a actividades de patrullaje integrado para mejorar la seguridad ciudadana, así como colaboración con otras entidades del Estado o entidades privadas que presten servicios públicos por delegación del Estado. f. Para el transporte de armas de fuego y explosivos de uso civil. g. Para atender la seguridad interna y externa en locales abiertos al público, cuando por el número de visitantes se pueda alterar el orden público o encontrarse en riesgo la integridad física y vida de los visitantes. En este supuesto se requerirá informe favorable previo de la Policía Nacional del Perú y la acreditación por parte del solicitante del número de visitantes o asistentes por día, semana y mes que justi fi que la prestación de los servicios policiales extraordinarios. h. Para atender la seguridad de los fi scales y jueces del Ministerio Público y el Poder Judicial, respectivamente, de acuerdo a las funciones y/o naturaleza de los casos que tienen a su cargo que pueden poner en riesgo su vida o integridad física. En este supuesto se requerirá informe favorable previo de la Policía Nacional del Perú y la acreditación por parte del solicitante que justi fi que la prestación de los servicios policiales extraordinarios. i. Para atender de manera complementaria la seguridad en el transporte de dinero y valores, que realizan las empresas de seguridad privada que cuenten con autorización vigente para prestar dichos servicios.» Artículo 2.- Financiamiento El presente Decreto Supremo se fi nancia con cargo a la entidad solicitante para la prestación de servicios policiales extraordinarios. Artículo 3.- Publicación El presente Decreto Supremo se publica en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital del Ministerio del Interior (www.gob.pe/mininter), el mismo día de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 4. - Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro del Interior. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA FINAL ÚNICA. - Normas complementarias El Ministerio del Interior y la Policía Nacional del Perú, dentro de sus respectivas competencias, dictan las normas complementarias que resulten necesarias para la aplicación del presente Decreto Supremo.Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días del mes de diciembre del año dos mil veinticinco. JOSÉ ENRIQUE JERÍ ORÉ Presidente de la República VICENTE TIBURCIO ORBEZO Ministro del Interior 2464988-1 JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS Designan Asesor II del Despacho Viceministerial de Justicia RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0446-2025-JUS Lima, 2 de diciembre de 2025CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Asesor II, Nivel F-5, del Despacho Viceministerial de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, resulta necesario designar al profesional que ocupará dicho cargo; Con el visado de la O fi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley N° 29809, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, aprobado por Decreto Supremo N° 013-2017-JUS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Dennis Aurelio Silvera Enriquez en el cargo de con fi anza de Asesor II, Nivel F-5, del Despacho Viceministerial de Justicia del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER E. MARTÍNEZ LAURA Ministro Ministerio de Justicia y Derechos Humanos 2464720-1 Designan Directora de Promoción de la Justicia y Fortalecimiento de la Práctica Jurídica, de la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0447-2025-JUS Lima, 2 de diciembre de 2025CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante el cargo de con fi anza de Director/a de Programa Sectorial II, Nivel F-3, Director/a de Promoción de la Justicia y Fortalecimiento de la Práctica Jurídica, de la Dirección General de Justicia y Libertad Religiosa, del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos; Que, resulta necesario designar a la profesional que ocupará dicho cargo; Con el visado de la O fi cina General de Recursos Humanos y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica;