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37 NORMAS LEGALES Miércoles 3 de diciembre de 2025 El Peruano / la propuesta de aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) del Hospital Carlos Lanfranco La Hoz, por lo que en mérito a lo expuesto resulta necesario aprobar el referido instrumento de gestión de la mencionada entidad; Que, por su parte el sub numeral 6.3.1.8 del numeral 6.3 de la Directiva establece que, de darse la opinión favorable de SERVIR, dicha aprobación debe ser comunicada a la entidad mediante o fi cio de Presidencia Ejecutiva de SERVIR, para que esta gestione su aprobación y posterior publicación en el Diario O fi cial el Peruano, efectuándose la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P), en el caso de Gobierno Nacional, que incluye ministerios, organismos públicos, programas y proyectos especiales adscritos, mediante Resolución Ministerial; Que, el literal b) del sub numeral 2.3.1 del numeral 2.3 del artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 002-2025/MINSA, que delega facultades a diversos funcionarios del Ministerio de Salud, durante el Año Fiscal 2025, prevé la delegación al/a Secretario/a General del Ministerio de Salud, para el Ejercicio Fiscal 2025, en materia de Acciones Administrativas del Pliego 011: Ministerio de Salud, la facultad de aprobar, modi fi car y dejar sin efecto, entre otros documentos de gestión, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional - CAP Provisional; Con el visado de la O fi cina General de Gestión de Recursos Humanos, de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, de la Dirección General de Operaciones en Salud, de la O fi cina General de Asesoría Jurídica y del Despacho Viceministerial de Prestaciones y Aseguramiento en Salud; y, De conformidad con lo previsto en el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, y sus modi fi catorias; la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil; su Reglamento General, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional del Hospital Carlos Lanfranco La Hoz Aprobar el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) del Hospital Carlos Lanfranco La Hoz, conforme al anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Secretarial, y que se publica en la sede digital del Ministerio de Salud. Artículo 2.- Publicación Encargar a la O fi cina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General, la publicación de la presente Resolución Secretarial y su anexo en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe), en la sede digital del Ministerio de Salud (www.gob.pe/minsa) y del Hospital Carlos Lanfranco La Hoz (www.hcllh.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BERNARDO LINARES ARCELA Secretario General 2464837-1 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Establecen disposiciones para el fortalecimiento del Centro Integrado “Formalízate Ahora” creado mediante Resolución Ministerial N° 169-2018- TR RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 193-2025-TR Lima, 2 de diciembre de 2025VISTOS: Los Memorándums N° 001369-2025- MTPE/2 y N° 001901-2025-MTPE/2 del Despacho Viceministerial de Trabajo; las Hojas de Elevación N° 000715-2025-MTPE/2/16 y N° 000968-2025-MTPE/2/16 de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo; los Informes N° 000045-2025-MTPE/2/16.4 y N° 000072-2025-MTPE/2/16.4 de la Dirección de Promoción de la Formalización Laboral y Capacitación en la Normativa Laboral de la Dirección General de Políticas para la Promoción de la Formalización Laboral e Inspección del Trabajo; los Memorándums N° 001311-2025-MTPE/4/9 y N° 001607-2025-MTPE/4/9 de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; los Informes N° 000511- 2025-MTPE/4/9.3 y N° 000628-2025-MTPE/4/9.3 de la Ofi cina de Organización y Modernización de la O fi cina General de Planeamiento y Presupuesto; y la Hoja de Elevación N° 001093-2025-MTPE/4/8 de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 23 de la Constitución Política del Perú establece que el trabajo, en sus diversas modalidades, es objeto de atención prioritaria del Estado, que promueve condiciones que garanticen el progreso social y económico; Que, la Declaración de la Organización Internacional del Trabajo sobre la justicia social para una globalización equitativa, adoptada por unanimidad de sus miembros en el año 2008, compromete a nuestro país en realizar los esfuerzos por situar el empleo pleno y productivo y el trabajo decente como elemento central de las políticas económicas y sociales; Que, asimismo, la Hoja de Ruta de Lima para Promover la Transición a la Economía Formal y Global (2025-2040), emitida en el marco del desarrollo del Foro de Cooperación Económica Asia - Pací fi co, establece como acciones clave fomentar enfoques innovadores para apoyar a los emprendedores al desarrollo de modelos de negocios inclusivos y sostenibles lo que incluye la debida protección de la fuerza laboral; así como, desarrollar una fuerza laboral capacitada mediante el acceso inclusivo a la formación de capacidades; Que, por otro lado, en el marco del proceso de adhesión del Perú a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), el Estado ha asumido el compromiso de transversalizar el enfoque de género en las políticas públicas y, en particular, en los servicios de promoción de la formalización laboral como parte de la mejora en el acceso y la calidad de los servicios públicos que apuntan a apoyar la promoción de la formalización laboral; Que, el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, establece que este Ministerio es el organismo rector en materia de trabajo y promoción del empleo, con competencia exclusiva y excluyente a nivel nacional para formular, planear, dirigir, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y sectoriales en materia sociolaboral, lo que incluye la promoción de la formalización laboral; Que, mediante Resolución Ministerial N° 181-2024- TR, se aprueban los “Lineamientos para la gobernanza, rectoría y gestión articulada de servicios del Sector Trabajo y Promoción del Empleo”, que establece, entre otros, como uno de los lineamientos para la gestión articulada de servicios que “L3.1. El MTPE de fi ne modelos de gestión de todos sus servicios que permitan el despliegue articulado y descentralizado para la prestación de intervenciones a nivel nacional que respondan a las necesidades y expectativas de las personas y se orienten a resultados”; Que, como parte de las acciones para apoyar el debido respeto al trabajo decente y la transición a la economía formal, mediante Resolución Ministerial N° 169-2018-TR se creó el Centro Integrado “Formaliza Perú” en el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo con el objetivo de promover y facilitar el ingreso y permanencia en la formalización laboral de la población en edad de trabajar, mediante el acceso a servicios de orientación,