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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (04/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 34

34 NORMAS LEGALES Jueves 4 de diciembre de 2025 El Peruano / ORGANISMOS EJECUTORES ARCHIVO GENERAL DE LA NACION Disponen la publicación en el portal institucional de proyecto normativo denominado “Protocolo para la gestión de riesgos de desastres y siniestros en Archivos”, y su exposición de motivos RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000360-2025-AGN/JEF Lima, 1 de diciembre del 2025 VISTOS, el Informe N° 000127-2025-AGN/DDPA- UNIA, de fecha 10 de setiembre de 2025, de la Unidad Funcional de Normativas e Innovación Archivística de la Dirección de Desarrollo de Políticas Archivísticas; el Informe N° 000152-2025-AGN/SG-OPP, de fecha 30 de setiembre de 2025, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 000546-2025-AGN/SG-OAJ, de fecha 26 de noviembre de 2025, de la O fi cina de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura en concordancia con lo prescrito en la Ley N° 25323, Ley que crea el Sistema Nacional de Archivos, establecen que el Archivo General de la Nación, es un organismo público ejecutor adscrito al Ministerio de Cultura que se encarga de conducir el Sistema Nacional de Archivos en su condición de órgano rector y central; Que, el artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, preceptúa que las personas tienen derecho a vigilar y participar en la gestión del Poder Ejecutivo, conforme a los procedimientos establecidos por la ley. Para ello, las entidades del Poder Ejecutivo actúan de manera que las personas tengan acceso a información, conforme a ley; Que, el literal g) del numeral 7.1 del artículo 7 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos (en adelante, el Reglamento), aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, señala que se publican obligatoriamente en el Diario O fi cial “El Peruano” las resoluciones administrativas que aprueban reglamentos, directivas y lineamientos, cuando sean de ámbito general, siempre que sean dictadas en ejercicio de las facultades previstas en sus leyes de creación o normas complementarias, conforme a ley; Que, por su parte, el numeral 19.1 del artículo 19 del acotado Reglamento señala que los proyectos de normas jurídicas de carácter general deben ser publicados en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso; Que, conforme al inciso 20.1 del artículo 20 del precitado Reglamento dispone que la publicación de proyectos normativos debe comprender entre otros como mínimo: (i) el documento que contiene el mencionado proyecto normativo y la exposición de motivos; (ii) el plazo para la recepción de los comentarios, aportes u opiniones, que no debe ser menor a quince (15) días calendario contados desde el día siguiente de su publicación; (iii) el canal o los canales a través de los que se reciben los comentarios, aportes u opiniones, con constancia de su recepción por parte de la entidad de la Administración Pública; y iv) la o fi cina de la entidad de la Administración Pública encargada de recibir, sistematizar y analizar los comentarios; Que, los numerales 21.1 y 21.2 del artículo 21 del Reglamento antes mencionado, establecen que la publicación de un proyecto normativo se aprueba mediante resolución ministerial o resolución del titular de la entidad de la Administración Pública, la cual se publica en el diario o fi cial “El Peruano”, y precisa, además, que el proyecto normativo y la exposición de motivos se publican en la sede digital de la entidad de la Administración Pública. Asimismo, en el caso de una entidad del Poder Ejecutivo adscrita a un ministerio, aquella entidad debe comunicar a este ministerio la publicación del proyecto normativo, y dicha comunicación debe incluir el proyecto normativo, la exposición de motivos y la norma que dispone la publicación; Que, el artículo 22 del Reglamento de Organización y Funciones del Archivo General de la Nación, aprobado por el Decreto Supremo N° 005-2018-MC, establece que: “la Dirección de Desarrollo de Políticas Archivísticas está encargada de proponer las políticas y normas relativas a los procesos archivísticos”. En tanto, el inciso a) del artículo 23 del citado ROF establece que son funciones de la Dirección Desarrollo de Políticas Archivísticas: “elaborar propuestas de políticas y normas relativas a los procesos archivísticos”; Que, a través del inciso a) del artículo 20 de la Resolución Jefatural N° 000042- 2023-AGN/JEF, y modi fi catorias, se precisa que la Unidad Funcional de Normativas e Innovación Archivística tiene como función: “proponer políticas y normas conducentes al desarrollo archivístico mediante anteproyectos para los integrantes del Sistema Nacional de Archivos”; Que, siendo así, mediante el Informe N° 000127-2025- AGN/DDPA-UNIA, la Unidad Funcional de Normativas e Innovación Archivística, dependiente de la Dirección de Desarrollo de Políticas Archivísticas, propone el proyecto normativo denominado: “Protocolo para la gestión de riesgos de desastres y siniestros en Archivos” para consulta pública en el Diario O fi cial “El Peruano” y la sede digital del Archivo General de la Nación, con la fi nalidad de recabar comentarios, aportes u opiniones por parte de las entidades públicas, ciudadanía e interesados, en atención a lo dispuesto por el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; Que, por su parte, con el Informe N° 000152-2025- AGN/SG-OPP, la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto comunica a la O fi cina de Asesoría Jurídica, que el proyecto denominado “Protocolo para la gestión de riesgos de desastres y siniestros en Archivos” se encuentra en el marco de las funciones y competencias del órgano proponente y cumple con la estructura establecida en la Directiva N° 001-2023-AGN; por lo que corresponde continuar el trámite de publicación para consulta pública; Que, a través del Informe N° 000546-2025-AGN/SG- OAJ, la O fi cina de Asesoría Jurídica opina que, en el marco de lo establecido por el artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, resulta pertinente disponer la publicación de la propuesta, a fi n de que las personas interesadas formulen comentarios, aportes u opiniones sobre el documento técnico-normativo, conforme a lo dispuesto por los artículos 19, 20 y 21 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; Con los visados de la Dirección de Desarrollo de Políticas Archivísticas, de la O fi cina de Planeamiento y Presupuesto, de la O fi cina de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 25323, Ley que crea el Sistema Nacional de Archivos; el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; y el Decreto Supremo N° 005-2018-MC que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del AGN; SE RESUELVE: Artículo 1.- Publicación del proyecto Disponer la publicación del proyecto normativo denominado: “Protocolo para la gestión de riesgos de desastres y siniestros en Archivos”; así como la exposición de motivos, en el portal institucional del AGN (www.agn. gob.pe), el mismo día de la publicación de la presente