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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (04/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 92

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Jueves 4 de diciembre de 2025 El Peruano / del “Proyecto de Modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) 2020 de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur”, con el fi n que sea sometido a revisión, evaluación y aprobación del Consejo Universitario; Que, mediante Proveído N° 01532-2025-UNTELS-R, de fecha 15 de octubre de 2025, dirigido a la Secretaría General, el Rectorado traslada el Ofi cio N° 01814-2025-UNTELS-R-OPP , que contiene el “ Proyecto de Modi fi cación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) 2020 de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur” , para su tratamiento en sesión del Consejo Universitario; Que, en sesión ordinaria de fecha 20 de noviembre de 2025 continuada con fecha 26 de noviembre de 2025, los integrantes del Consejo Universitario acuerdan por unanimidad: Aprobar la modi fi cación sustancial del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) 2020 de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur; Que, en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria N° 30220, de fecha 09 de julio de 2014, la Resolución N° 002-2023-CEU-UNTELS, de fecha 12 de mayo de 2023, y el Estatuto de la UNTELS al Consejo Universitario; RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR la modi fi cación sustancial del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) 2020 de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur, conformado por dos (2) títulos, seis (6) capítulos y noventa y siete (97) artículos, que en cuarenta y siete (47) folios se anexa y forma parte integrante de la presente Resolución, siendo de acceso a través de la Página Web Institucional: https://www.untels.edu.pe. Artículo Segundo.- DISPONER que la Secretaría General gestione la publicación del texto íntegro de la presente Resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”, debiéndose publicar en el Portal Institucional de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur, en cumplimiento del artículo 3 de la Ley N° 29091 y demás normas sobre transparencia y acceso a la información pública. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Unidad de Recursos Humanos la actualización del Manual de Clasi fi cación de Cargos (MCC) de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur, en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, para su posterior aprobación por el Titular del Pliego, conforme a las disposiciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Unidad de Recursos Humanos la actualización del Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P) de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur, una vez aprobado el Manual de Clasi fi cación de Cargos (MCC), para su aprobación por el Consejo Universitario, conforme a las disposiciones de la Autoridad Nacional del Servicio Civil – SERVIR. Artículo Quinto.- DISPONER que la Secretaría General remita copia de la presente Resolución a la Dirección General de Educación Superior Universitaria del Ministerio de Educación – MINEDU, para los fi nes pertinentes. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaría General la noti fi cación de la presente Resolución a todas las dependencias de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur, para su conocimiento y cumplimiento. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la O fi cina de Plani fi cación y Presupuesto la adopción de las acciones necesarias para la difusión, implementación, ejecución y seguimiento del cumplimiento del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y del Organigrama aprobados mediante la presente Resolución. Artículo Octavo.- DISPONER que los Vicerrectorados, las Facultades y la Escuela de Posgrado adecúen y actualicen sus respectivos reglamentos, en un plazo no mayor de ciento veinte (120) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución, previo informe técnico y legal correspondiente, para su aprobación por el Consejo Universitario.Artículo Noveno. - ESTABLECER que el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) y el Organigrama de la Universidad Nacional Tecnológica de Lima Sur, aprobados mediante la presente Resolución, entran en vigencia al día siguiente de la publicación de la presente en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo Décimo.- ENCARGAR al Despacho Rectoral la emisión de los actos administrativos para la implementación del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la UNTELS. Artículo Décimo Primero.- DEJAR SIN EFECTO todas las disposiciones que se opongan a lo establecido en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. GLADYS MARCIONILA CRUZ YUPANQUI Rectora de la UNTELS MARLY KARINA URIBE ALLAUCA Secretaria General de la UNTELS 2464765-1 Otorgan diploma de duplicado de Título Profesional en Ingeniería Agroindustrial UNIVERSIDAD NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ RESOLUCIÓN Nº 1513-2025-CU-GYT/ UNCP Huancayo, 18 de noviembre de 2025 Visto, el expediente S/N-2025 de fecha 13.11.2025, seguido por doña DEYSI MARIBEL ABANTO BASUALDO, mediante el cual solicita DUPLICADO DE DIPLOMA DE TITULO PROFESIONAL EN INGENIERIA AGROINDUSTRIAL, por pérdida. CONSIDERANDO: De conformidad a los artículos 13° y 14° de la Constitución Política del Perú, la Educación es un deber y un derecho que todo ciudadano está inmerso, asimismo, promueve el desarrollo del país; De conformidad al Congreso de la República dio la Ley Nº 28626, de fecha 28.10.2005, publicada en el diario ofi cial El Peruano con fecha 18.11.2005, que autoriza a las Universidades Públicas y Privadas a expedir duplicados de diplomas de Grados y Títulos Profesionales a solicitud del interesado, por motivos de pérdida, deterioro o mutilación del título original, siempre que cumpla con las formalidades y requisitos de seguridad previstos por cada Universidad; De conformidad al Congreso a la Resolución Nº 1525- 06-ANR, modi fi cada con Resolución Nº 1895-2006-ANR, publicadas en el diario o fi cial El Peruano, con fechas 21.01.2006 y 14.06.2006 respectivamente, la Asamblea Nacional de Rectores, aprobó el Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; De conformidad a la Resolución Nº 1503- 2011-ANR, de fecha 15.12.2011, modi fi cada con Resoluciones N° 1256 y 1634-2013-ANR, de fechas 26.08.2013 y 22.10.2013 respectivamente, emitidas por la Comisión de Coordinación Interuniversitaria de la Asamblea Nacional de Rectores, se aprobó el Texto Único Ordenado del Reglamento de la Ley Nº 28626, Reglamento de Duplicados de Diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales expedidos por las universidades del país; De conformidad a la Ley 30220, y al Art. 14 del Reglamento del Registro Nacional de Grados y Títulos de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria – SUNEDU, en la cual se anula la inscripción primigenia, y autoriza la inscripción del duplicado de diploma; De conformidad a la Resolución Nº 3723-CU-2018 del 25.04.2018, la Universidad Nacional del Centro del Perú,