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10 NORMAS LEGALES Sábado 6 de diciembre de 2025 El Peruano / Supremo, presidido por el Jefe de la Región Policial Madre de Dios e integrado por los Jefes de las Fuerzas Armadas (EP, MGP y FAP) de Madre de Dios, el Secretario Técnico del Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC) de Madre de Dios, el Jefe de la División de Inteligencia de la Región Policial Madre de Dios, un representante del Ministerio Público, un representante del Poder Judicial, el Alcalde Provincial de la Municipalidad Provincial de Tambopata y el Alcalde Provincial de la Municipalidad Provincial de Manu. En forma facultativa se convoca al Gobernador Regional de Madre de Dios como representante del Comité Regional de Seguridad Ciudadana (CORESEC) de Madre de Dios. El CCO elige a su secretario técnico, convoca a los funcionarios y expertos que requiera, los mismos que están obligados a guardar reserva sobre la información, bajo responsabilidad. El CCO lidera las acciones integradas con el objetivo de restablecer y mantener el orden interno, reduciendo signi fi cativamente los índices de criminalidad, y garantizando los derechos fundamentales de las personas en las provincias de Tambopata y de Manu del departamento de Madre de Dios. El CCO para el cumplimiento de su objetivo contará con el apoyo de: 1. Comité de Coordinación Distrital - CCD 2. Comité de Inteligencia - CI3. Comité de Fiscalización - CF 4. Fuerzas Integradas (PNP, FFAA y Serenazgo Municipal) de las provincias de Tambopata y del Manu del departamento de Madre de Dios. Los Comités de apoyo informan diariamente al CCO acerca de las acciones, patrullajes y operativos que realicen dentro del marco de sus competencias. El Gobierno Regional de Madre de Dios y gobiernos locales involucrados ponen a disposición del CCO la infraestructura, equipamiento y logística disponibles, en la forma y el plazo que se establezca mediante el protocolo aprobado por dicho Comando para el patrullaje y los diversos operativos de las fuerzas integradas. El CCO triplica los objetivos y metas de la región y unidades policiales de las jurisdicciones declaradas en estado de emergencia; establece los protocolos de coordinación, evaluación y seguimiento multisectorial aplicables durante el citado estado de emergencia, así como los planes operativos de cada Comité; consolida la información remitida por el CCD, CI y el CF, la analiza, evalúa y propone medidas correctivas. El CCO designa un supervisor para el cumplimiento de sus disposiciones y lo establecido por el CCD. 5.1.1. Comité de Coordinación Distrital - CCDSe conforma el Comité de Coordinación Distrital (CCD) presidido operativamente por el Comisario de más antigüedad de la jurisdicción de la Policía Nacional del Perú e integrado por los comisarios de la jurisdicción, un representante de las Fuerzas Armadas responsable de la jurisdicción y el gerente de seguridad ciudadana de la municipalidad. Los alcaldes ejercen la función de responsables políticos y de enlace con el CCO y demás Comités. El CCD elige a su secretario técnico y establece los protocolos de coordinación, los patrullajes y operativos de las fuerzas integradas en función a lo dispuesto por el CCO y comités de apoyo establecidos en el presente Decreto Supremo y lo acordado por ellos. Durante el Estado de Emergencia las Comisarías que forman parte del CCD triplican o intensi fi can el número de acciones previstas en su Plan de Operaciones. El CCD solicita al CCO se le destinen recursos humanos, logísticos y equipamiento en caso las operaciones a realizar así lo requieran. El CCD establece una red de información municipal con apoyo de la sociedad civil y proporciona al CCO información relevante para la realización de acciones que conduzcan a la desarticulación y captura de miembros de bandas u organizaciones criminales; dicha información será de carácter reservado.EL CCD remite al CCO diariamente los resultados de los patrullajes y operativos que ejecuta. 5.1.2. Comité de Inteligencia – CISe conforma el Comité de Inteligencia (CI), el cual es presidido por el jefe de la División Regional de Inteligencia de la Región Policial Madre de Dios e integrado además por un representante de la Sección de Inteligencia de la FAP con sede en Puerto Maldonado y un representante de la Sección de Inteligencia y Contrainteligencia del Ejercito del Perú. Se conforma en el Centro de Coordinación Permanente del CI, el Equipo Técnico Especializado de Integración Tecnológica para contrastar en tiempo real los datos de inteligencia policial, penitenciaria, fi nanciera y predictiva que permitan realizar los operativos con mayor precisión. El CI produce inteligencia estratégica y táctica para la conducción de las acciones diarias de las fuerzas integradas del CCO y CCD. La Dirección Nacional de Inteligencia habilita un canal de comunicación exclusivo y reservado para recopilar información sobre hechos delictivos que tienen conocimiento las juntas vecinales de seguridad ciudadana y las autoridades políticas dependientes de la Dirección General de Gobierno Interior del Ministerio del Interior; lo cual, previo análisis, servirá de insumo para las operaciones de las fuerzas integradas y otra información que puedan proporcionar los gobiernos locales. El CI elige a su secretario técnico y establece los protocolos de acciones coordinadas aplicables durante el estado de emergencia conforme lo establece el CCO. 5.1.3. Comité de Fiscalización – CFSe conforma el Comité de Fiscalización (CF), presidido por el jefe de la División de Investigación Criminal de la Región Policial Madre de Dios, e integrado por un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), un representante del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL), un representante del Ministerio Público con capacidad de decisión, un representante de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital de la PCM, un representante del Instituto Nacional Penitenciario (INPE), un representante de la Superintendencia Nacional de Migraciones (MIGRACIONES), un representante de la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (SUCAMEC), un representante de la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías (SUTRAN), un representante del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil (RENIEC), un representante de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), un representante del Gobierno Regional de Madre de Dios y un representante por cada uno de los gobiernos locales de la jurisdicción. Los presidentes del CORESEC, COPROSEC y CODISEC, u otras autoridades involucradas en el marco del presente Decreto Supremo proporcionan información sobre actividades irregulares e ilícitas al CF, de acuerdo con su jurisdicción. Asimismo, solicitan y apoyan las acciones conjuntas de fi scalización en sus jurisdicciones con respaldo de las fuerzas integradas. El Comité de Fiscalización elige a su secretario técnico, plani fi ca y ejecuta los operativos diarios de fi scalización, bajo los lineamientos que establece el CCO, así como establece los protocolos de actuación conjunta aplicables durante el estado de emergencia e implementa un registro de fi scalización y reportes con indicadores de cumplimiento y sanciones aplicadas. Cuando la Policía Nacional del Perú realice operativos de fi scalización debe informar al OSIPTEL las características de los chips y aparatos móviles incautados para que proceda conforme al Decreto Legislativo Nº 1338 en lo que respecta al Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad (RENTESEG). La Policía Nacional del Perú cuando reciba denuncias por vía telefónica u otros medios digitales de posibles delitos de extorsión, sicariato, u otros, informará al OSIPTEL, los números de los dispositivos móviles