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22 NORMAS LEGALES Sábado 6 de diciembre de 2025 El Peruano / - Grupos Tácticos Conjuntos e Integrados de inteligencia, de operaciones de información, de operaciones especiales y de otras necesarias. - Personal de enlace de los órganos de control y fi scalización. 7.4 El CU-PUMA articula y coordina las acciones de los órganos de control y fi scalización que actúan en las provincias de Putumayo y Mariscal Ramón Castila del departamento de Loreto, para el logro del objetivo. Artículo 8.- Grupos Tácticos Conjuntos e Integrados 8.1 Se crea el Grupo Táctico de Inteligencia (GRUTI) conjunta e integrada, como unidad asignada al CU-PUMA y liderado por un O fi cial Superior de la especialidad de Inteligencia de ese Comando Uni fi cado, conformado por Órganos Desconcentrados de Inteligencia, con capacidades de Inteligencia, Vigilancia y Reconocimiento (IVR); así como, por equipos de Análisis y Procesamiento del Ejército, Marina de Guerra, Fuerza Aérea y Policía Nacional del Perú; con el objetivo de realizar operaciones de inteligencia, vigilancia y reconocimiento; y proporcionar inteligencia táctica oportuna al CU-PUMA. 8.2 Se crea el Grupo Táctico de Operaciones de Información (GRUTOINF), conjunto e integrado, como unidad asignada al CU-PUMA y liderado por un O fi cial Superior de la especialidad de Operaciones de Información de ese Comando Uni fi cado; conformado por Equipos de Operaciones de Información del Ejército, Marina de Guerra, Fuerza Aérea y Policía Nacional del Perú; con el objetivo de realizar operaciones de información en apoyo a las operaciones y acciones militares y contribuir al logro del objetivo del CU-PUMA. 8.3 Se crea el Grupo Táctico de Operaciones Especiales (GRUTOE), conjunto e integrado, como unidad asignada del CU-PUMA y liderado por un O fi cial Superior de la especialidad de Operador Especial de este Comando Uni fi cado; conformado por Grupos de Operadores Especiales de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional del Perú; con el objetivo de realizar operaciones y acciones militares especiales de intervención contra grupos hostiles (GAOR), organizaciones y bandas criminales y amenazas conexas, según corresponda, a fi n de permitir el logro del objetivo del CU-PUMA. Artículo 9.- Órganos de control y fi scalización Los órganos de control y fi scalización, contribuyen con el CU-PUMA en el logro del objetivo, intensi fi cando y realizando de manera sostenida, coordinada, articulada, sincronizada y, de ser necesario, integrada con las siguientes acciones: - Policía Nacional del Perú (PNP): Control del orden público en apoyo a las fuerzas armadas, operaciones de interdicción contra el narcotrá fi co, minería ilegal y actividades conexas; así como, operaciones de intervención a organizaciones y bandas criminales, el control migratorio y fronterizo y otras de su competencia. - Dirección de Capitanías y Guardacostas (DICAPI): Control y vigilancia de los ríos y lagos, operaciones de interdicción contra el narcotrá fi co, minería ilegal y actividades conexas; así como, operaciones de intervención a organizaciones y bandas criminales; y otras de su competencia. - Ministerio Público - Fiscalías Especializadas: investigación y persecución del delito; así como, participación en operativos para combatir el narcotrá fi co, minería ilegal, criminalidad organizada y otras amenazas conexas; y otras de su competencia. - Ministerio de Energía y Minas (MINEM): Supervisión, seguimiento y veri fi cación del estado de inscripción en el Registro Integral de Formalización Minera (REINFO); verifi cación de la información declarada en el Instrumento de Gestión Ambiental Correctivo (IGAC), en el Instrumento de Gestión Ambiental para la Formalización Minera (IGAFOM) y respecto de la producción minera obtenida o declarada proveniente de un lugar geográ fi co distinto al declarado.- Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT): Fiscalización tributaria y aduanera de maquinaria, equipos, productos e insumos químicos, así como validación de comprobantes de pagos y de guías de remisión. - Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil (SUCAMEC): Control, fi scalización y trazabilidad de armas, municiones, explosivos y materiales relacionados. - Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (SUNAFIL): Supervisión y fi scalización de cumplimiento del ordenamiento jurídico socio laboral y de seguridad y salud en el trabajo. - Gobierno Regional (GORE): Supervisión, fi scalización y participación en operativos de interdicción a través de la Dirección Regional de Energía y Minas (DREM) para combatir las actividades de minería ilegal. - Servicio Nacional Forestal y Fauna Silvestre (SERFOR): Supervisión y fi scalización para combatir la minería ilegal y la tala ilegal; así como, el comercio ilegal de fl ora y fauna silvestre. - Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas (SERNANP): Supervisión y fi scalización para conservar y proteger las áreas naturales protegidas. - Proyecto Especial CORAH: Operativos para reducir los cultivos ilegales de coca y almácigos. Artículo 10.- Informe El CU-PUMA, por conducto regular, informa al titular del Ministerio de Defensa los resultados obtenidos durante la declaratoria del Estado de Emergencia y a su culminación. El informe fi nal es elevado a la Presidencia de la República y al Congreso de la República. Artículo 11.- Financiamiento La implementación de las acciones previstas en el presente Decreto Supremo se fi nancia con cargo a las demandas adicionales que apruebe el Ministerio de Economía y Finanzas, conforme al procedimiento que prevé el artículo 53 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. Artículo 12.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa, la Ministra de Economía y Finanzas, el Ministro del Interior y el Ministro de Justicia y Derechos Humanos. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES PRIMERA.- Gobierno Regional y autoridades locales El gobierno regional de Loreto, las autoridades locales y todas las entidades del Estado de las provincias del Putumayo y Mariscal Ramón Castilla ponen a disposición del CU-PUMA la infraestructura, equipamiento y logística disponible exclusivamente para el desarrollo de las operaciones y acciones militares conjuntas e integradas que permitan el logro del objetivo establecido. SEGUNDA.- Reconocimiento e incentivos La Presidencia de la República, mediante Resolución Suprema, otorga reconocimientos e incentivos al personal de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú que realice una acción sobresaliente, a propuesta del CU-PUMA. TERCERA.- Puestos de Control Multisectorial Fronterizo El CEOI - PUMA adopta las acciones necesarias para implementar los siguientes Puestos de Control Multisectorial Fronterizos: - En el sector del Río Putumayo: Gueppí, Soplín Vargas, Nueva Esperanza-Yubineto, Puerto Arturo, Flor de Agosto, El Estrecho, Puerto Franco, El Álamo, Santa Rosa.