Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2025 (17/12/2025)

CANTIDAD DE PAGINAS: 300

TEXTO PAGINA: 298

298 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de diciembre de 2025 El Peruano / siempre que no desnaturalice el orden previsto, si así lo estima conveniente para mejorar las posibilidades de participación de los administrados. Que, en tal sentido, la autoridad se encuentra impedida, bajo sanción de nulidad de la noti fi cación, de suplir una modalidad con otra y modi fi car el orden de prelación establecido en el precitado artículo, que es el siguiente: “Artículo 20. Modalidades de noti fi cación 20.1 Las noti fi caciones son efectuadas a través de las siguientes modalidades, según este respectivo orden de prelación: (…). 20.1.3 Por publicación en el Diario O fi cial el Peruano o en uno de los diarios de mayor circulación en el territorio nacional, salvo disposición distinta de la ley. Adicionalmente, la autoridad competente dispone la publicación del acto en el respectivo Portal Institucional, en caso la entidad cuente con este mecanismo”. Que, por consiguiente al amparo del numeral 18.1 del TUO de la LPAG que señala (…) La noti fi cación del acto será practicada de o fi cio y su debido diligenciamiento será competencia de la entidad que lo dictó (…) que en el presente caso, se tiene RESOLUCIONES GERENCIALES que declaran la EXISTENCIA DE LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA, existiendo la posibilidad latente de que estas al no ser noti fi cadas, puedan prescribir si su notifi cación y publicación no se realiza oportunamente; por lo que, conforme a lo dispuesto por el numeral 20.1.3 del TUO de la LPAG el cual mani fi esta que las noti fi cación se podrán realizar mediante publicación en el Diario Ofi cial El Peruano o en uno de mayor circulación en el territorio nacional. Qué, en ese orden de ideas, cuando resulte impracticable otra modalidad de noti fi cación preferente por ignorarse el domicilio del administrado, pese a la indagación realizada, se procederá a realizar la publicación de los actos administrativos de manera excepcional. la misma que conlleva un gasto presupuestal que deberá ser requerido por la GTVT ante la O fi cina de Presupuesto de la Entidad Edil a efectos de materializar la notifi cación (vía publicación) conforme se detallará en la parte resolutiva del presente acto administrativo. Que, de conformidad a lo establecido por la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; Decreto Supremo N°004-2019-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N°27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial del Cusco, aprobado por Ordenanza Municipal N° 034-2013-MPC de fecha 19 de diciembre de 2013; SE RESUELVE: Primero.- DECLARAR, EL CUMPLIMIENTO DE LA NOTIFICACIÓN de las tres (03) RESOLUCIONES GERENCIALES que declaran la EXISTENCIA DE LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA vía publicación a través de la publicación en el Diario O fi cial el Peruano o en uno de mayor circulación en el territorio nacional y en el Portal Web Institucional de la Municipalidad Provincial del Cusco; en conformidad con el orden de prelación de noti fi caciones establecido en el Art 20° del Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley del Procedimiento Administrativo General (LPAG), conforme al detalle adjunto RELACIÓN DE RESOLUCIONES GERENCIALES que declaran la EXISTENCIA DE LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA: NRO.NRO RESOL.NRO. PAPELETACONDUCTOR CODIGO FECHA 1. 14886-2025 0037117FJORGE LUIS QUISPE SUSAYAM-02 21/07/2025 14886-2025 0037117FVALERIA ALEJANDRINA VILLACORTA QUISPEM-02 21/07/2025 2. 14885-2025 395982EJULIO CESAR GAMARRA AUCCACUSIM-02 18/12/2021 3. 14884-2025 023129FJOSE CLAUDIO JAIME CHOQUEM-02 06/04/2025Segundo.- PUBLICAR en el Diario O fi cial el Peruano o en uno de los diarios de mayor circulación, las RESOLUCIONES GERENCIALES que declaran la EXISTENCIA DE LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA ello en aplicación del principio de efi cacia del acto administrativo y la potestad sancionadora del Estado. Tercero.- DISPONER el cumplimiento de la presente resolución a la División de Administración de Infracciones y Sanciones (DAIS), debiendo esta instancia, a través de la Gerencia de Tránsito, Vialidad y Transporte, realizar las acciones necesarias ante las o fi cinas competentes (ofi cina de presupuesto) que permitan materializar las notifi caciones por vía publicación. Regístrese, notifíquese cúmplase. REYNALDO BELLIDO MERIDA Gerente 2468587-1 Declaran el cumplimiento de la notificación de resoluciones gerenciales que declaran la caducidad e inicio de nuevo procedimiento administrativo sancionador de papeletas de infracción al tránsito GERENCIA DE TRÁNSITO, VIALIDAD Y TRANSPORTE RESOLUCIÓN GERENCIAL Nº 15129-2025- GTVT/MPC Cusco, 16 de diciembre de 2025 VISTOS: El Informe N°4363-2025-DAIS-GTVT-MPC de fecha 11 de diciembre del 2025, Resolución Gerencial N°15082-2025-GTVT/MPC, Proveído N°6373 de fecha 15 de diciembre del 2025, Informe N°4367-2025-DAIS-GTVT-MPC de fecha 11 de diciembre del 2025, Resolución Gerencial N°15083-2025-GTVT/MPC, Proveído N°6374 de fecha 15 de diciembre del 2025, Dictamen Nº 432-2025- MPC/GTVT/AL de fecha 15 de diciembre del 2025, y; CONSIDERANDO:Que, el artículo 194° de la Constitución Política del Perú modi fi cado por la Ley N°30305 señala que las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno local, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con el ARTÍCULO II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 Orgánica de Municipalidades. Que, la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N°27972, en el artículo 81° establece las funciones de las municipalidades provinciales en el ámbito de transporte terrestre, servicio público, transporte terrestre urbano e interurbano de su jurisdicción, entre otras, en el marco de las leyes y reglamentos nacionales sobre la materia. Que, mediante Informe N°4363-2025-DAIS-GTVT- MPC de fecha 11 de diciembre del 2025, el jefe de la División de Administración de Infracciones y Sanciones adjunta 60 copias de papeletas, con el Informe legal N°10965-2025- MPC-GTVT-DAIS-AL, en donde se resuelve DECLARAR LA CADUCIDAD E INICIO DE NUEVO PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR. Que, mediante Resolución Gerencial N° 15082- 2025-GTVT/MPC el Gerente de la Gerencia de Tránsito, Vialidad y Transporte, RESUELVE DECLARAR la CADUCIDAD E INICIO DEL NUEVO PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO SANCIONADOR (PAS) de sesenta (60) Papeletas de Infracción al Tránsito. Que, mediante Proveído N° 6373 de fecha 15 de diciembre del 2025, el Gerente de la Gerencia de Tránsito, Vialidad y Transporte, remite el Informe N°4363-2025-DAIS-GTVT-MPC para su atención. Que, mediante Informe N° 4367-2025-DAIS-GTVT- MPC de fecha 11 de diciembre del 2025, el jefe de la División