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296 NORMAS LEGALES Miércoles 17 de diciembre de 2025 El Peruano / de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 01 de enero de cada ejercicio; Que, por medio de la Ordenanza N° 340-2023- MDL de fecha 30 de octubre del 2023 y publicada en el diario O fi cial El Peruano el 28 de diciembre del 2023, se aprobó la “Ordenanza Municipal que determina el monto por el servicio del derecho de emisión mecanizada de actualización de los valores tributarios, determinación del impuesto predial y arbitrios municipales y la distribución a domicilio correspondiente para el ejercicio fi scal 2024 en el distrito de Lurigancho - Chosica”, rati fi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima con Acuerdo de Concejo N° 559, publicados en el diario O fi cial El Peruano el 28 de diciembre de 2023; Que, mediante Informe Nº 000430-2025-MDL/SGROC, la Subgerencia de Registro y Orientación al Contribuyente señala que, para la emisión de la cuponera 2026, resulta indispensable contar con los instrumentos legales y administrativos que otorguen validez a la liquidación de la deuda tributaria aprobada mediante Ordenanza Nº 376, que aprueba el régimen tributario de los arbitrios municipales de barrido de calles, recolección de residuos sólidos, parques y jardines y serenazgo para el ejercicio 2026 en el distrito de Lurigancho-Chosica. No obstante, a fi n de completar el marco normativo, se requiere disponer del instrumento que establezca el monto correspondiente al derecho de emisión mecanizada, por lo que es necesario prorrogar la Ordenanza Nº 340-MDL “Ordenanza que determina el monto por el servicio de derecho de emisión mecanizada de actualización de los valores tributarios, determinación del impuesto predial y arbitrios municipales y la distribución a domicilio correspondiente para el ejercicio fi scal 2026 en el distrito de Lurigancho Chosica”. Ello permitirá contar con el sustento normativo complementario para la liquidación de arbitrios 2026 y garantizar el inicio oportuno de las acciones de cobranza el primer día hábil del ejercicio fi scal 2026; Que, con el Informe N° 000219-2025-MDL/GAT la Gerencia de Administración Tributaria solicita elevar al Concejo Municipal el proyecto de ordenanza que aprueba la prórroga de la Ordenanza N° 340-MDL “Ordenanza que determina el monto por el servicio de derecho de emisión mecanizada de actualización de los valores tributarios de los valores tributarios, determinación del impuesto predial y arbitrios municipales y la distribución a domicilio correspondiente para el ejercicio fi scal 2024 en el distrito de Lurigancho Chosica” para el ejercicio fi scal 2026, para su deliberación y posterior aprobación, ello en conformidad al Informe técnico de Costos; Que, con el Informe N° 000668-2025-MDL/OGAJ la O fi cina General de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable respecto a la aprobación del proyecto de Ordenanza Municipal que prorroga para el ejercicio fi scal 2026 la Ordenanza que determina el monto por el servicio del derecho de emisión mecanizada de actualización de los valores tributarios, determinación del impuesto predial y arbitrios municipales y la distribución a domicilio, aprobado con la Ordenanza N° 340-MDL, en aplicación de lo dispuesto en la Séptima Disposición Final de la Ordenanza N° 2386-2021 “Ordenanza que sustituye la Ordenanza Nº 2085, que aprueba el Procedimiento de Ratifi cación de Ordenanzas Tributarias en el ámbito de la provincia de Lima”; debiendo ser puesto a consideración del Concejo Municipal para su aprobación, de conformidad con el numeral 8 del artículo 9º, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, concordante con lo estipulado en el artículo 40º de la misma Ley Orgánica; Que, con el Memorándum N° 003423-2025-MDL/GM la Gerencia Municipal remite los actuados a la O fi cina General de Secretaria General para ponerlo a disposición del Concejo Municipal para su pronunciamiento; Que, con el Dictamen Nº D0010-2025-COEPPyAT/MDL- CM, la Comisión Ordinaria de Economía, Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Tributarios, recomienda al Concejo Municipal la aprobación de la prórroga de para el ejercicio fi scal 2026, la Ordenanza N° 340-MDL “Ordenanza que determina el monto por el servicio de derecho de emisión mecanizada de actualización de los valores tributarios, determinación del impuesto predial y arbitrios municipales y la distribución a domicilio correspondiente para el ejercicio fi scal 2024 en el distrito de Lurigancho Chosica”; Estando a lo expuesto y de conformidad con el numeral 8) y 9) del artículo 9 y el primer párrafo del artículo 39 y 40 de la Ley N° 29792, Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Distrital de Lurigancho por UNANIMIDAD aprobó lo siguiente: ORDENANZA QUE PRORROGA PARA EL 2026, LA ORDENANZA N° 340-MDL “ ORDENANZA QUE DETERMINA EL MONTO POR EL SERVICIO DE DERECHO DE EMISIÓN MECANIZADA DE ACTUALIZACIÓN DE LOS VALORES TRIBUTARIOS, DETERMINACIÓN DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES Y LA DISTRIBUCIÓN A DOMICILIO CORRESPONDIENTE PARA EL EJERCICIO FISCAL 2026 EN EL DISTRITO DE LURIGANCHO CHOSICA” Artículo Primero.- PRORROGAR para el ejercicio fi scal 2026, la Ordenanza N° 340-MDL “Ordenanza que determina el monto por el servicio de derecho de emisión mecanizada de actualización de los valores tributarios, determinación del impuesto predial y arbitrios municipales y la distribución a domicilio correspondiente para el ejercicio fi scal 2026 en el distrito de Lurigancho Chosica”, ratifi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima con Acuerdo de Concejo Nº 559. Artículo Segundo.- ESTABLECER para el ejercicio fi scal 2026, el importe por concepto del derecho de emisión mecanizada por cada predio en S/ 6.47 (Seis con 47/100 Soles) y por predio adicional en S/ 1.50 (Un sol con 50/100 Soles) conforme a lo dispuesto en la Ordenanza N° 340-MDL, rati fi cada por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Acuerdo de Concejo N° 559. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La presente Ordenanza entrará en vigencia el 1 de enero de 2026, previa publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Segunda.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria, a la O fi cina de Gestión y Gobierno Digital, a la ofi cina de Comunicaciones e Imagen Institucional y a las unidades orgánicas involucradas el cumplimiento de la presente ordenanza. Tercera.- Déjese sin efecto toda disposición normativa que se oponga a lo establecido en la presente Ordenanza. Cuarta.- Facúltese al Señor Alcalde para que, mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias y reglamentarias que fuesen necesarias para la adecuada aplicación de la presente Ordenanza. Quinta.- En atención a lo señalado en el Artículo 19° de la Ordenanza N° 2386-MML, la presente ordenanza, así como los anexos que forman parte integrante de la misma podrán ser consultados en el Portal Web de la Municipalidad de Lurigancho: (www.munichosica.gob.pe), así como en la dirección electrónica establecida por el Servicio de Administración Tributaria de la Municipalidad Metropolitana de Lima: www.sat.gob.pe. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSWALDO HERNÁN VARGAS CUELLAR Alcalde 2467721-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO Designan y acreditan Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Provincial del Callao RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 285-2025-ALC/MPC Callao, 12 de diciembre de 2025EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DEL CALLAO